El Gobierno de la República Francesa declara, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 28 del Convenio, que desde el 12 de marzo de 2004 para París, y el 13 de marzo de 2004 para el resto de Francia, las disposiciones relativas a los mandamientos de detención europeos, cuando éstos puedan ser ejecutados, sustituirán a las disposiciones correspondientes del Convenio Europeo de extradición de 13 de diciembre de 1957 en los procedimientos de entrega entre los Estados miembros de la Unión Europea.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 26 de abril de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fábregas.
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