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Documento BOE-A-2006-11269

Resolución de 9 de junio de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del V Convenio colectivo de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 2006, páginas 23956 a 23957 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-11269
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/06/09/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la Revisión Salarial del V Convenio Colectivo de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados (publicado en el BOE de 18.1.2006) (Código de Convenio n.º 9910715) que fue suscrito con fecha 22 de mayo de 2006 de una parte por las organizaciones empresariales ACADE y CECE en representación de las empresas del sector y de otra por las centrales sindicales USO, FETE-UGT y CC.OO en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 9 de junio de 2006.-El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera.

TABLAS SALARIALES 2006

Categoría

Complemento Funcional - Euros

Rector

7,451.51

Vicerrector

4,470.90

Secretario General

5,216.04

Director Decano

3,722.11

Jefe de estudios

2,831.49

Director de Departamento

2,608.03

Jefe de Área o gestión/Departamento no docente .

2,235.45

Director de Residencia

2,235.45

Jefe Laboratorios

2,980.60

Grupo I: Personal docente

Categoría

Retribución Anual - Euros

Salario Base - Euros

Plus transporte - Euros

Complemento específico docente/hora - Euros

Jornada completa exclusiva

a) Facultades y Escuelas Técnicas Superiores:

Profesor Director

31,040.53

28,499.57

2,540.97

13.42

Profesor Agregado

27,160.34

24,619.38

2,540.97

13.42

Profesor Adjunto

21,239.76

18,698.80

2,540.97

13.42

Profesor Asociado

20,079.33

17,538.36

2,540.97

13.42

Profesor Ayudante

17,855.85

15,314.89

2,540.97

13.42

Profesor Colaborador

15,691.22

13,150.25

2,540.97

13.42

b) Escuelas Universitarias o centros de Educación Superior y otros:

Profesor Agregado

26,710.28

24,169.31

2,540.97

11.17

Profesor Adjunto

20,991.48

18,450.52

2,540.97

11.17

Profesor Colaborador

19,400.31

16,859.34

2,540.97

11.17

Profesor Auxiliar

15,691.22

13,150.25

2,540.97

11.17

Jornada completa ordinaria

a) Facultades y Escuelas Técnicas Superiores:

Profesor Director

15,520.25

12,979.29

2,540.97

13.42

Profesor Agregado

13,580.18

11,039.21

2,540.97

13.42

Profesor Adjunto

10,619.88

8,078.92

2,540.97

13.42

Profesor Asociado

10,039.67

7,498.71

2,540.97

13.42

Profesor Ayudante

8,927.93

6,386.96

2,540.97

13.42

Profesor Colaborador

7,845.61

5,304.64

2,540.97

13.42

b) Escuelas Universitarias o centros de Educación Superior y otros:

Profesor Agregado

13,355.14

10,814.17

2,540.97

11.17

Profesor Adjunto

10,495.72

7,954.75

2,540.97

11.17

Profesor Colaborador

9,700.16

7,159.19

2,540.97

11.17

Profesor Auxiliar

7,846.78

5,305.82

2,540.97

11.17

c) Profesores Especiales:

Profesor visitante

s/c

Grupo II: Personal no docente

Categoría

Retribución Anual - Euros

Salario Base - Euros

Plus transporte - Euros

Subgrupo 1:

Titulado Superior

19,400.31

16,859.34

2,540.97

Titulado Medio

16,294.02

13,753.05

2,540.97

Subgrupo 2:

Investigador principal

27,160.35

24,619.39

2,540.97

Ayudante de investigación

17,848.32

15,307.35

2,540.97

Subgrupo 3:

Orientador residencia

15,613.36

13,072.40

2,540.97

Vigilante/empleado de Residencia

10,248.41

7,707.45

2,540.97

Oficial de primera

14,061.36

11,520.40

2,540.97

Oficial de segunda

12,416.24

9,875.28

2,540.97

Técnico informático

17,072.25

14,531.29

2,540.97

Informático

14,501.60

11,960.64

2,540.97

Operador informático

13,192.24

10,651.27

2,540.97

Subgrupo 4:

Técnico de Laboratorio

15,602.17

13,061.21

2,540.97

Ayudante de Laboratorio

10,864.15

8,323.18

2,540.97

Empleado de Biblioteca

10,864.15

8,323.18

2,540.97

Auxiliar de Biblioteca

10,248.41

7,707.45

2,540.97

Personal de Servicios Generales

10,248.41

7,707.45

2,540.97

Auxiliar de clínica

10,248.41

7,707.45

2,540.97

Auxiliar

10,248.41

7,707.45

2,540.97

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/06/2006
  • Fecha de publicación: 23/06/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 27 de diciembre de 2005 (Ref. BOE-A-2006-743).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Formación profesional
  • Universidades

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