Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-11275

Resolución de 20 de junio de 2006, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, sobre delegación de competencias en el Secretario General, en materias de personal, de gestión de gastos y de contratación administrativa, y establecimiento de reglas de actuación para la Mesa de Contratación del Tribunal.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 2006, páginas 23967 a 23967 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2006-11275
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/06/20/(1)

TEXTO ORIGINAL

Por Resoluciones, de 26 de febrero de 1999 (BOE de 10 de marzo) y de 4 de julio de 2003 (BOE de 15 de julio), de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, se delegaron determinadas competencias en su Secretario General, en materias de gestión de personal, de ejecución presupuestaria y de contratación administrativa, y se establecieron reglas de actuación de la Mesa de Contratación del Tribunal. La experiencia adquirida desde la entrada en vigor de las citadas Resoluciones, junto a la agilidad lograda en la tramitación de expedientes, tanto en la gestión de personal como en la contratación administrativa y demás actuaciones inherentes a la misma, permiten afirmar que los resultados alcanzados han sido altamente satisfactorios. Además, en aras de una mayor eficacia, se considera que la delegación en materia de personal debe extenderse a otras áreas de la gestión de recursos humanos; por eso, al tiempo de actualizar algunas competencias ya delegadas, se amplia la delegación a otras, en concordancia con los nuevos derechos que las normas de reciente aparición han concedido a los empleados públicos. Por otra parte, resulta conveniente incrementar las cuantías que, en materia de gestión de gastos y de contratación administrativa, se consignan en la Resolución de 2003, así como adecuarla a la regulación de las sucesivas fases del procedimiento de gestión de gastos que se establecen en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Finalmente, parecía oportuno refundir en una única Resolución todas las competencias delegadas al Secretario General del Tribunal de Cuentas. En virtud de lo anterior, de conformidad con las atribuciones conferidas al Presidente y a la Comisión de Gobierno, en los artículos 20.c) y d) y 22.2 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y 2.1.b), c), e) y j) y 6.h) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora de su Funcionamiento, y considerando lo establecido en el artículo 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Presidencia del Tribunal de Cuentas ha resuelto y la Comisión de Gobierno de este Tribunal ha acordado, acuerdo que esta Presidencia dispone hacer público, lo siguiente:

Primero.-Delegar esta Presidencia en el Secretario General las siguientes competencias en materia de personal funcionario y laboral: a) Concesión de excedencias, en todas sus modalidades.

b) Prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo del personal funcionario. c) Aprobación de las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos de funcionarios del Tribunal de Cuentas y a las distintas categorías de personal laboral. d) Determinación del orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que se celebren durante el año, previo anuncio en el BOE del sorteo público y su realización. Segundo.-Delegar esta Presidencia en el Secretario General, en materia de gestión de gastos, siempre que éstos tengan carácter ordinario y periódico, su importe no exceda de 30.000 euros y no se refieran a las aplicaciones presupuestarias 03.01.911O.226.01 («Atenciones protocolarias y representativas»), 03.01.911O.226.06 («Reuniones, Conferencias y Cursos»), 03.01.911O.230 («Dietas») y 03.01.911O.231 («Locomoción»), salvo que en los dos últimos casos el gasto afecte a conductores de vehículos oficiales o al personal con cometidos de seguridad y escolta, las siguientes competencias:

a) Aprobación y compromiso del gasto.

b) Reconocimiento de las obligaciones derivadas de los actos anteriores. c) Interesar del Director General del Tesoro y Política Financiera la realización de los pagos correspondientes.

Tercero.-Delegar esta Presidencia en el Secretario General, en materia de contratación administrativa, las competencias que la normativa vigente atribuye al Presidente del Tribunal de Cuentas como órgano de contratación, con los límites señalados en el apartado anterior.

Cuarto.-Delegar la Comisión de Gobierno en el Secretario General las siguientes competencias en materia de personal funcionario y laboral:

a) Formalización de tomas de posesión y cese en los puestos de trabajo.

b) Reconocimiento de trienios. c) Reconocimiento de la adquisición y el cambio de grados personales de funcionarios. d) Concesión de vacaciones, permisos y licencias, en todas sus modalidades. e) Reconocimiento de servicios previos. f) Autorización de flexibilidades horarias. g) Autorización de reducciones de jornadas, en su diversas modalidades. h) Autorización de la participación del personal en actividades formativas, organizadas por centros oficiales y otras entidades públicas o promovidas por Organizaciones Sindicales.

Tercero.-Disponer que la Mesa de Contratación del Tribunal de Cuentas asistirá al órgano de contratación, mediante la emisión de las correspondientes propuestas de adjudicación, además de en los supuestos legalmente previstos, en aquellos contratos con presupuesto superior a 30.000 euros que se adjudiquen por el procedimiento negociado.

Cuarto.-La delegación de competencias contenida en la presente Resolución será revocable en cualquier momento por los órganos delegantes, sin perjuicio de que éstos puedan avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos consideren conveniente, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo aconsejen. Quinto.-Las resoluciones administrativas que se adopten por esta delegación de competencias indicarán expresamente tal circunstancia y se considerarán dictadas por los órganos delegantes. Sexto.-Quedan derogadas la Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, de 26 de febrero de 1999, por la que se hace público el acuerdo de la Comisión de Gobierno delegando en el Secretario General determinadas competencias en materia de personal, y la Resolución, también de la Presidencia del Tribunal, de 4 de julio de 2003, por la que se delegan competencias en el Secretario General, en materia de ejecución presupuestaria y contratación administrativa, y se establecen reglas de actuación de la Mesa de Contratación del Tribunal.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 20 de junio de 2006.-El Presidente, Ubaldo Nieto de Alba.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/06/2006
  • Fecha de publicación: 23/06/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 24/06/2006
  • Fecha de derogación: 17/06/2009
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 8 de junio de 2009 (Ref. BOE-A-2009-10049).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 149, de 23 de junio de 2006 (Ref. BOE-A-2007-5228).
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Mesas de Contratación
  • Tribunal de Cuentas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid