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Documento BOE-A-2006-14746

Resolución de 28 de julio de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo sobre complemento salarial correspondiente a la Comunidad Autónoma de Navarra en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional sexta del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 15 de agosto de 2006, páginas 30488 a 30490 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-14746
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/07/28/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo sobre complemento salarial correspondiente a la Comunidad Autónoma de Navarra en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Sexta del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (publicado en el BOE de 17-10-2000, modificado por Acta publicada en el BOE de 8-3-2002), (Código de Convenio n.º 9908725), que fue suscrito con fecha 12 de julio de 2006, de una parte por las asociaciones empresariales ANEG y CECE-Navarra en representación de las empresas del sector, y de otra por la central sindical SEPNA-FSIE en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de julio de 2006.-El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera.

Tablas salariales 2006

Código

Categoría Profesional

Mes Navarra

-

Euros

Trienio Navarra

-

Euros

Personal docente

1.1.1.

Profesor Educación Infantil 2.º ciclo integrado

1.429,18

34,20

1.1.1.

Profesor Educación Infantil 2.º ciclo concertado

1.816,03

38,37

1.1.2.

Técnico Superior Educación Infantil

1.091,22

29,61

1.2.1.

Profesor Educación Primaria

1.816,03

38,37

1.3.A.1.

Profesor ESO 1.º ciclo

1.820,20

38,46

1.3.B.1.

Profesor ESO 2.º ciclo

2.117,67

48,04

1.4.1.

Profesor Bachiller

2.117,67

48,04

1.5.1.

Profesor FPII, FPE GM, FPE GS, PGS

2.117,67

46,37

1.5.2.

Agregado FIP, FPE GM, FPE GS, PGS

1.898,89

45,10

Complemento Bachillerato LOGSE

83,52

Complemento 2.º ciclo ESO foral

19,2

Complemento FIP, FPE GM, FPE GS, PGS foral

19,2

Complemento 1.º ciclo ESO foral

40,28

Personal no docente administración

2.2.1.

Jefe Administración o Secretaría

1.419,11

37,66

2.2.2.

Jefe Negociado

1.195,09

32,18

2.2.3.

Oficial. Contable

1.140,22

31,80

2.2.4.

Recepcionista. Telefonista

998,18

31,80

2.2.5.

Auxiliar Administrativo

998,18

31,80

2.2.6.

En formación

625,22

Personal auxiliar

2.3.1.

Cuidador

1.025,13

31,80

Servicios generales

Portería y vigilancia

2.4.A.1.

Conserje

1.175,20

31,80

2.4.A.2.

Portero

1.025,13

31,80

2.4.A.3.

Guarda. Sereno

972,13

31,80

2.4.A.4.

Personal no cualificado

972,13

31,80

2.4.A.4.

Personal no cualificado

625,22

Personal de limpieza

2.4.B.1.

Gobernante

1.175,20

31,80

2.4.B.2.

Empleado servicio limpieza

972,13

31,80

2.4.B.3.

Empleado costura, lavado y plancha

972,13

31,80

2.4.B.4.

Personal no cualificado

972,13

31,80

2.4.B.5.

En formación

625,22

Personal cocina y comedor

2.4.C.1.

Jefe de cocina

1.121,36

31,80

2.4.C.2.

Cocinero

1.068,85

31,80

2.4.C.3.

Ayudante de cocina

1.025,13

31,80

2.4.C.4.

Empleado servicio comedor

972,13

31,80

2.4.C.5.

Personal no cualificado

972,13

31,80

2.4.C.6.

En formación

625,22

Personal mantenimiento y oficios generales

2.4.D.1.

Oficial primera de oficios

1.121,36

31,80

2.4.D.2.

Oficial segunda de oficios

1.025,13

31,80

2.4.D.3.

Mantenimiento, jardín/otros

972,13

31,80

2.4.D.4.

Personal no cualificado

972,13

31,80

2.4.D.5.

En formación

625,22

Conductores

2.4.E.1.

Conductor primera especial

1.121,36

31,80

2.4.E.2.

Conductor segunda

1.025,13

31,80

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/07/2006
  • Fecha de publicación: 15/08/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • con art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de octubre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-18640).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos
  • Navarra

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