Advertidos errores en el texto de la Orden ITC/1977/2006, de 15 de junio, por la que se determinan los ficheros automatizados con datos de carácter personal del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y de los organismos públicos adscritos o dependientes del mismo, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 148, de 22 de junio de 2006, se procede a subsanarlos mediante la siguiente rectificación:
En la página 23692, Anexo II, en el segundo cuadro: Secretaría General de Comercio Exterior, fila cuarta, columna primera, donde dice: «General de Comercio Exterior», debe decir: «Secretaría General de Comercio Exterior».
En la página 23693, Anexo II, en el segundo cuadro: Secretaría General de Comercio Exterior, fila tres, columna cuarta, donde dice: «Tramitación de los Certificados comunitarios agícolas (AGRIM y AGREX) y certificados de ayuda, exención y ayuda en el marco del Régimen Específico de Abastecimiento (REA)», debe decir: «Tramitación de los Certificados comunitarios agícolas (AGRIM y AGREX) y certificados de importación, exención y ayuda en el marco del Régimen Específico de Abastecimiento (REA)». En la página 23693, Anexo II, en el segundo cuadro: Dirección General de Comercio e Inversiones, fila primera, columna siete, donde dice: «No se prevén», debe decir: «Entidades bancarias, MUFACE, Ministerio de Economía y Hacienda, Tesoro Público, Seguridad Social, AEAT». En la página 23694, Anexo II, en el segundo cuadro: Dirección General de Política Energética y Minas, segunda fila, columna siete, donde dice: «Ministerios de Defensa y de Interior, según RD 230/1998, Laboratorios habilitados al efecto de expedir de certificaciones», debe decir: «Ministerios de Defensa y de Interior, según RD 230/1998, Laboratorios habilitados al efecto de expedir certificaciones». En la página 23695, Anexo II, dentro del cuadro: Dirección General de Política Energética y Minas, quinta fila, columna tercera, donde dice: «Datos identificativos de las instalaciones: titularidad, C, características y actas de puesta en servicio», debe decir: «Datos identificativos de las instalaciones: titularidad, características y actas de puesta en servicio». En la página 23695, Anexo II, dentro del cuadro: Dirección General de Política Energética y Minas, quinta fila, columna cuarta, donde dice: «Recoger datos de las instalaciones de transporte. Almacenamiento y regasificación de gas», debe decir: «Recoger datos de las instalaciones de transporte, almacenamiento y regasificación de gas». En la página 23695, Anexo II, dentro del cuadro: Dirección General de Política Energética y Minas, quinta fila, columna séptima, donde dice: «Acceso a los datos mediante petición, sin que se admisible su solicitud genérico según art. 117 del RD 1434/2002», debe decir: «Acceso a los datos mediante petición, sin que sea admisible su solicitud genérica según art. 117 del RD 1434/2002». En la página 23695, Anexo II, dentro del cuadro: Dirección General de Política Energética y Minas, sexta fila, columna séptima, donde dice: «No se prevén», debe decir: «Acceso a los datos mediante petición, sin que sea admisible su solicitud genérica según art. 117 del RD 1434/2002». En la página 23695, Anexo II, dentro del cuadro: Dirección General de Política Energética y Minas, novena fila, columna once, donde dice: « «, debe decir: «Ciudadanos, embajadas o instituciones diversas de otros países que desean conocer los datos relativos a la actividad de investigación y producción de hidrocarburos en España». En la página 23705, Anexo III, en el cuadro: Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, la cuarta línea, donde dice: «Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía», desaparece completa.
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