Advertidos errores en el texto del Acuerdo sobre pacto de mejora salarial correspondiente a la Comunidad Autónoma de Aragón, del XII Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 30 de agosto de 2006 en el BOE n.º 223 de 18 de septiembre de 2006. Esta Dirección General de Trabajo resuelve proceder a la rectificación de los citados errores:
En la página 32799, Anexo I, Tablas salariales anuales centros asistenciales 2006-2007-2008, Grupo II. Personal titulado de Grado Medio, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72».
En el Anexo I, Grupo II. Logopeda, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En el Anexo I. Grupo II. Fisioterapeuta, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En el Anexo I, Grupo II. Trabajador/a social, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En el Anexo I, Grupo II. Diplomado/a Universitario de Enfermería, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En el Anexo I, Grupo II. Terapeuta ocupacional, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En el Anexo I, Grupo II. Psicomotricista, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En la página 32799, Anexo II. Tablas salariales anuales centros especiales de empleo 2006-2007-2008. Grupo II. Trabajador social, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En el Anexo II, Grupo II. Terapeuta ocupacional, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72». En el Anexo II, Grupo II. Personal titulado de grado medio, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72».
En el Anexo II, Grupo II. Técnicos de grado medio, en el año 2006, donde dice: «15.691,48». Debe decir: «15.841,00». En el año 2007, donde dice: «16.476,04». Debe decir: «16.633,12». En el año 2008 donde dice: «17.299,80». Debe decir: «17.464,72».
Madrid, 9 de octubre de 2006.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid