Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa Puntocash, S. A. (publicado en el BOE de 31 de agosto de 2005) (Código de Convenio n.º 9014062) que fue suscrito con fecha 19 de enero de 2006 por la Comisión Paritaria del Convenio, integrada por los representantes de la Dirección de la empresa y la sección sindical de FETICO firmantes de dicho convenio en representación de las partes empresarial y trabajadora y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 9 de febrero de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE PUNTOCASH
Por la representación de los trabajadores: FETICO:
Don Jorge Molina.
Don José Miguel Castillo. Don Domingo Solano. Doña Martina Benítez. Doña Sandra Gimeno. Don Elías Prellezco. Doña Yolanda Leal (Asesora).
Por la empresa:
Don Jorge de San José Torija.
Don Emilio Ruiz-Rosa Moyano.
En Madrid, a 19 de enero de 2006, siendo las 10,00 horas, en los locales de la Sede de Puntocash, en Madrid, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Puntocash constituida al amparo del artículo 68 del mismo.
Asisten a la reunión la organización sindical firmante del convenio colectivo y la dirección de la empresa, previa convocatoria realizada al efecto, con el objeto de tratar los temas que conforman el contenido del siguiente orden del día:
Único.-Revisión Salarial y aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en el artículo 29 del Convenio Colectivo de Puntocash. Aprobación de la nueva Tabla Salarial.
En primer lugar tras constatar que, dado que el IPC real oficial del año 2005 ha sido del 3,7%, se procede a efectuar la revisión salarial a que se refiere el artículo 29, aplicando un 1,4% sobre los conceptos previstos en los puntos 1 y 2 del mismo con efectos del día 1 de enero de 2005.
Asimismo, en relación con la previsión oficial de crecimiento del IPC para el año 2006, fijada por el Gobierno en la Ley General de Presupuestos del Estado, es del 2%, la Comisión Paritaria, según lo dispuesto en el artículo 30 1, 2 y 3 del Convenio Colectivo de Puntocash.
ACUERDA
Primero.-Aplicar, con efectos de a partir del primero de enero del 2005, los siguientes porcentajes de revisión salarial que se calcularán sobre las bases de diciembre del año 2004: Salario base de Grupo: 1,4%.
Complementos del artículo 29,B: 1,4%.
Por tanto, la tabla salarial del año 2005 será:
Tablas salariales año 2005 |
|
Grupo |
Salario anual Euros |
Profesional |
10.829,02 |
Especialistas |
11.262,17 |
Tecnicos o Gestores Equipo |
12.050,54 |
Mandos |
12.894,07 |
Los atrasos de la revisión deberán liquidarse antes del 28 de febrero de 2006.
Segundo.-Aplicar, con efectos de primero de enero del 2006 los siguientes incrementos salariales sobre las bases de diciembre de 2005, una vez efectuada la revisión a que se refiere el punto anterior:
Salario base de Grupo: 2,3%.
Complementos del artículo 30, 2: 1,7%.
Tablas salariales año 2006 |
|||
Grupo |
Salario anual Euros |
Hora Euros |
|
Profesional |
11.078,09 |
6,199267 |
|
Especialistas |
11.521,15 |
6,447202 |
|
Tecnicos o Gestores Equipo |
12.327,70 |
6,898545 |
|
Mandos |
13.190,63 |
7,381438 |
Tercero.-Facultar a doña Eva Marín Oliaga para que realice las gestiones y trámites precisos en orden al depósito, registro y publicación de lo aquí acordado.
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