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Documento BOE-A-2006-3341

Resolución de 9 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2006, páginas 7696 a 7696 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-3341
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/02/09/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 18 de enero de 2006 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial para el año 2006 del Convenio Colectivo Estatal de Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulados de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares (Código de Convenio n.º 9900355), acuerdos alcanzados por la Comisión Mixta de Interpretación de la que forman parte la Federación Empresarial de Industrias Gráficas de España -FEIGRAF-, la Asociación Española de Fabricantes de Envases y Embalajes de Cartón Ondulado -AFCO- y la Federación de Gremios de Editores de España -FGEE- y, de otro lado, las Organizaciones sindicales FCT-CC.OO. y FES-UGT en representación de las empresas y los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 9 de febrero de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

SALARIOS VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2006

Módulo salarial

Salario base del Convenio (por día y punto de calificación): 13,218491 euros1

Distribución anual del módulo salarial para el año 2006 (Calificación 1,00)

365 días naturales a 13,218491

4.824,75 euros/año

60 días Pagas Junio y Navidad a 13,218491

793,11 euros/año

34 días (8% Paga Beneficios sobre 425 días a 13,218491)

449,43 euros/año

459 días a 13,218491 M

6.067,29 euros/año

M = Módulo Salarial anual.

1 Este módulo salarial se expresa con 6 decimales por aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo 11 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, modificada por Ley 9/2001 de 4 de junio, BOE de 5 de junio de 2001.

Según el artículo 7.3.2 del texto del Convenio, se establece un Complemento Lineal, igual para todas las categorías, excepto para los trabajadores con contrato de formación, de 3.678,25 euros anuales distribuidos en la forma y en el tiempo que, de común acuerdo, se adopte en cada empresa. Los trabajadores contratados bajo la modalidad de contrato en prácticas percibirán el Complemento Lineal previsto con carácter general, de acuerdo con los porcentajes señalados en el artículo 6.4.3.2 de este Convenio.

Según el artículo 7.3.6 los trabajadores con calificación 1,16 y 1,22, exclusivamente, percibirán un Complemento de puesto de trabajo, por Menor Calificación profesional, de un importe anual de 262,06 euros y 181,22 euros, respectivamente.

TABLAS SALARIALES 2006

Personal con retribución mensual (Módulo salarial 13,218491 × 30 = 396,55 euros al mes por punto de calificación)

Personal con retribución diaria (Módulo salarial: 13,218491 euros diarios por punto de calificación)

Calificación

Base Convenio (Euros)

Calificación

Base Convenio (Euros)

1,16

460,00

1,16

15,33

1,22

483,79

1,22

16,13

1,28

507,58

1,28

16,92

1,34

531,38

1,34

17,71

1,40

555,17

1,40

18,51

1,47

582,93

1,47

19,43

1,55

614,65

1,55

20,49

1,63

646,38

1,63

21,55

1,70

674,14

1,70

22,47

1,80

713,79

1,80

23,79

1,90

753,45

1,90

25,12

2,00

793,10

2,00

26,44

2,10

832,76

2,10

27,76

2,20

872,41

2,20

29,08

2,30

912,07

2,30

30,40

2,40

951,72

2,60

1.031,03

2,80

1.110,34

3,00

1.189,65

3,10

1.229,31

3,90

1.546,55

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/02/2006
  • Fecha de publicación: 24/02/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido y aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de julio de 2004 (Ref. BOE-A-2004-15654).
Materias
  • Artes Gráficas
  • Convenios colectivos
  • Industria papelera

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