La Orden Ministerial 124/1995, de 8 de septiembre, por la que se regulan los registros generales existentes en el Ministerio de Defensa especifica en su apartado primero.2 que tienen consideración de registro general, a los efectos del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Registro General del Cuartel General del Ejército de Tierra y los Registros de los Cuarteles Generales de los Mandos Regionales de las Regiones y Zonas Militares. El Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura básica de los Ejércitos establece una organización funcional del Ejército de Tierra, eliminando los Mandos Regionales y la estructura territorial del Ejército de Tierra existente hasta ese momento. Dicha organización funcional se estructura en Cuartel General, Fuerza y Apoyo a la Fuerza. La Fuerza del Ejército de Tierra queda conformada en dicho real decreto por la Fuerza de Maniobra, la Fuerza Terrestre y la Fuerza Logística Operativa. El Apoyo a la Fuerza del Ejército de Tierra se estructura en Mando de Personal, Mando de Apoyo Logístico, Mando de Adiestramiento y Doctrina e Inspección General del Ejército de Tierra. La Orden DEF/3537/2003, de 10 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica básica de los Ejércitos, incluye en la Fuerza al Mando de Canarias y en la Fuerza Terrestre a las Fuerzas de Defensa de Área no incluidas en otras estructuras de la Fuerza. El Real Decreto 1551/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, no contradice lo expuesto en las anteriores disposiciones. Por razón de la nueva estructura del Ejército de Tierra implantada por la reglamentación anteriormente mencionada es necesario proceder a actualizar los registros que se entienden como registros generales en el ámbito del Ejército de Tierra. En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
El punto 2 del apartado primero de la Orden Ministerial 124/1995, de 8 de septiembre, por la que se regulan los registros generales existentes en el Ministerio de Defensa, queda redactado en los siguientes términos:
«2. En el Ejército de Tierra: 2.1 El Registro General del Cuartel General del Ejército de Tierra.
2.2 El Registro General de la Fuerza de Maniobra. 2.3 El Registro General de la Fuerza Terrestre. 2.4 El Registro General de la Fuerza Logística Operativa. 2.5 El Registro General de la Inspección General del Ejército de Tierra. 2.6 El Registro General del Mando de Adiestramiento y Doctrina. 2.7 El Registro del Mando de Canarias.»
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de marzo de 2006.
Bono Martínez
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid