Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2005 del Convenio Colectivo estatal para las empresas de Gestión y Mediación Inmobiliaria (Código de Convenio n.º 9914585) publicado en el BOE de 15 de julio de 2003 que fue suscrito con fecha 9 de febrero de 2005 de una parte por la Asociación empresarial AEGI en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales COMFIA-CC.OO y UGT en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 14 de marzo de 2006.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.
ACTA DE REUNIÓN DEL DÍA 9 DE FEBRERO DE 2006 DE LA COMISIÓN PARITARIA DE VIGILANCIA E INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE GESTIÓN Y MEDIACIÓN INMOBILIARIA
ACTA N.º 5
Por AEGI:
M.ª del Mar Martínez Gallardo.
Pilar Torregrosa Castellano. Javier Martínez de los Santos.
Por COMFIA-CCOO:
Manuel Sánchez Montero.
Ricardo Torres Núñez.
Por UGT:
José Luís Mazón Lloret.
José Luís Coulouscou Fdez-Villamil.
En Madrid, a las 11 horas de la mañana del día 9 de febrero de 2006, se reúnen las personas que se indican anteriormente, que forman parte de la Comisión Paritaria de vigilancia e interpretación del Convenio Estatal de Empresas de Gestión y Madiación Inmobiliaria, a los efectos de tratar el siguiente orden del día:
1. Revisión tablas salariales 2005.
2. Delegación de facultades.
Las partes reunidas acuerdan:
1.º Una vez constatado que el Indice de Precios al Consumo para el conjunto nacional total en 2005 ha experimentado una variación de 3,7 puntos porcentuales, de conformidad con el artículo 30 del Convenio Colectivo se confeccionan las tablas salariales del 2005 revisadas en un 0,70.
Las tablas salariales de 2005 son las que constan en el anexo que se acompaña a la presente acta debidamente firmado por los comparecientes. Los atrasos salariales derivados de la revisión de tablas de 2005 deberán hacerse efectivo como máximo hasta 30 de abril de 2006. 2. Se faculta a Don Javier Martínez de los Santos para realizar los trámites necesarios para la publicación de las tablas salariales aprobadas en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO I Tabla salarial Salario base (para jornadas completas) |
|
Anual (14 pagas) - Euros |
|
Grupo I. Técnico: |
|
Nivel I. Titulado grado superior |
16.233,90 |
Nivel II. Titulado grado medio |
15.151,63 |
Grupo II. Administrativo, de oficios y auxiliar de servicios: |
|
Administrativo: |
|
Nivel III. Jefe administrativo |
14.069,37 |
Nivel IV. Oficial Administrativo/Secretaria Comer. 1.ª |
12.445,98 |
Nivel V. Oficial Segunda |
11.363,72 |
Nivel VII. Secretaria Comercial 2.ª |
10.282,21 |
Nivel IX. Aux. Administrativo |
9.740,34 |
Oficios: |
|
Nivel VI. Oficial de Oficios |
10.822,59 |
Nivel VI. Conductor |
10.822,59 |
Nivel VIII. Recepcionista/Telefonista |
9.956,79 |
Nivel VIII. Auxiliar de Oficios |
9.956,79 |
Auxiliar de Servicios: |
|
Nivel VIII. Limpiadores |
9.956,79 |
Nivel VIII. Peones/Mozos |
9.956,79 |
Nivel VIII. Conserjes/porteros/ordenanzas |
9.956,79 |
Nivel VIII. Repartidores propaganda |
9.199,21 |
Grupo III. Comercial*: |
|
Nivel IX. Jefe Comercial/Delegado Oficina |
9.740,34 |
Nivel X. Comerciales/Captadores/Visitadores |
9.199,21 |
Nivel X. Comerciales Financieros |
9.199,21 |
* Salario garantizado.
ANEXO II
Plus de polivalencia
(Para jornadas completas)
Grupo II, subgrupo Administrativos, niveles IV, V, VII, IX: 541,13 € (brutos anuales 14 pagas).
ANEXO III
Plus festivos
Grupo II. 50% precio hora ordinaria: Salario base+Plus vinculación+Plus polivalencia.
ANEXO IV
Plus de responsabilidad
1.731,63 € brutos anuales.
ANEXO V
Horas extraordinarias
Nivel I: 13,69 €/hora.
Nivel II: 12,77 €/hora. Nivel III: 11,85 €/hora. Nivel IV: 10,93 €/hora. Nivel V: 10,02 €/hora. Nivel VI: 9,11 €/hora. Nivel VII: 9,10 €/hora. Nivel VIII: 8,39 €/hora. Nivel IX (Sub. Adm.): 8,65 €/hora. Nivel IX: 8,22 €/hora. Nivel X: 7,74 €/hora.
ANEXO VI Plus de vinculación (para jornadas completas) |
||||
Años trabajados |
Total anual - Euros |
|||
3 |
250,67 |
|||
6 |
541,13 |
|||
9 |
811,70 |
|||
12 |
1.082,25 |
|||
15 |
1.352,72 |
|||
18 |
1.623,38 |
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