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Documento BOE-A-2006-6314

Resolución de 16 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2006, páginas 13752 a 13752 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-6314
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/03/16/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial definitiva para el año 2005 del Convenio Colectivo de Marroquinería, Cueros Repujados y Similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia (Código de Convenio n.º 9903385), publicado en el BOE de 7-8-2003, revisión salarial que fue suscrita con fecha 13 de febrero de 2006, por la Comisión Paritaria del Convenio en la que están integradas, de una parte, la Asociación Empresarial ASEMAVI, en representación de las empresas del sector, y, de otra, las Organizaciones sindicales CC.OO y UGT en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

REVISIÓN SALARIAL Tabla 2005 con revisión 1,7%

Salario mensual

-

Euros

Incentivo Convenio

-

Euros

Grupo Profesional 1

Personal Técnico Titulado

Nivel 1

1253,72

208,96

Nivel 2

1154,73

192,45

Grupo Profesional 2

Personal Técnico no Titulado

Nivel 1 .

1088,74

181,46

Nivel 2 .

923,78

153,97

Nivel 3 (A) .

890,79

148,46

Nivel 3 (B) .

863,26

132,25

Grupo Profesional 3

Personal Administrativo/Mercantil

Nivel 1 (A) .

1088,74

181,46

Nivel 1 (B) .

923,78

153,97

Nivel 1 (C) .

752,21

125,37

Nivel 2 .

857,78

142,96

Nivel 3 .

752,21

125,37

Nivel 4 (A) .

701,06

116,84

Nivel 4 (B) .

692,85

115,47

Nivel 4 (C) .

676,35

112,73

Grupo Profesional 4

Personal Obrero

Nivel 1 .

808,32

134,72

Nivel 2 .

745,63

124,27

Nivel 3 .

692,82

115,47

Nivel 4 .

659,83

109,96

Nivel 5 .

513,00

78,35

Nivel 6 .

513,00

72,69

Grupo Profesional 5

Personal Subalterno

Nivel 1 .

791,79

131,98

Nivel 2 .

676,35

112,73

Nivel 3 .

659,83

109,96

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/03/2006
  • Fecha de publicación: 07/04/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 22 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-15875).
Materias
  • Ávila
  • Burgos
  • Cantabria
  • Castilla La Mancha
  • Convenios colectivos
  • La Rioja
  • Madrid
  • Marroquinería
  • Palencia
  • Segovia
  • Soria
  • Valladolid

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