Visto el texto del acta de fecha 22 de febrero de 2006 donde se recogen los acuerdos de regularización salarial del año 2005 y la revisión salarial para el año 2006 del Convenio Colectivo Nacional para la Industria de Pastas Alimenticias (Código de Convenio n.º 9903945), acuerdos alcanzados de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las empresas del sector y de otra por las Federaciones Agroalimentarias de UGT y CC.OO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero: Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 8 de mayo de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.
Acta de acuerdo de la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo Nacional para la Industria de las Pastas Alimenticias
Asistentes:
Representación de los trabajadores: Doña M.ª Teresa Vidal Creus (CC.OO.).
Don Juan José García Martín (Asesor U.G.T.). Don Cristóbal Coronado rincón (CC.OO). Don Pedro Fortes Villadres (U.G.T.). Don José Carlos García Ribas (UGT).
Representación empresarial:
Doña María José Abella Mestanza (Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias).
Don Fernando Beltrán Aparicio (AEFPA)
En Barcelona, siendo las 18 horas del día 22 de febrero de 2006, se reúnen las personas indicadas en el encabezamiento de esta Acta, miembros de la comisión paritaria del V Convenio Colectivo Nacional para la Industria de Pastas Alimenticias, a fin de revisar las tablas salariales del Convenio.
Se inicia la reunión dando lectura de las revisiones salariales previstas, y que corresponden a la diferencia del IPC año 2005 e incremento a cuenta 2006. Visto por ambas partes que se da cumplimiento a lo estipulado, se alcanza acuerdo respecto a la revisión salarial en los siguientes puntos:
Se regularizan los incrementos salariales para el año 2005: se mantiene el IPC real más un incremento de 0.35 puntos.
Se aplica la previsión del IPC para el 2006, más un incremento de 0.30 puntos.
Y en los precedentes términos, se deja acordada la regularización salarial del año 2005 y la revisión salarial para el año 2006 del Convenio Colectivo Nacional para la Industria de Pastas Alimenticias.
En prueba de conformidad, las partes comparecientes firman la presente Acta en la ciudad y fecha indicados en el encabezamiento.
ANEXO 1 Tablas salariales vigentes a partir del 1.º de enero 06
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