Advertido error en el texto del Convenio Colectivo de la empresa 3M España, S. A., registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 16 de junio de 2006 en el BOE n.º 161, de 7 de julio de 2006, Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación del citado error.
En la página 25526, columna izquierda, apartado j, 2.º párrafo, 4.ª línea. Donde dice: «... computándose respectivamente el período de devengo desde los meses de julio, octubre, enero y abril», debe decir: «computándose respectivamente el período de devengo de cada paga desde el 1 de abril al 31 de marzo, desde el 1 de agosto hasta el 31 de julio, desde el 1 de noviembre hasta el 31 de octubre y desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre».
Madrid, 17 de mayo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
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