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Documento BOE-A-2007-11432

Resolución de 25 de mayo de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial definitiva para 2006 y provisional para 2007, así como las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo de Docks Comerciales de Valencia, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 8 de junio de 2007, páginas 25179 a 25181 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-11432
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/05/25/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta donde se contienen los acuerdos de revisión salarial definitiva para el año 2006 y provisional para el año 2007, así como las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo de la empresa Docks Comerciales de Valencia, S.A. (Código de Convenio n.º 9015662), publicado en el BOE de 13-9-2005, que fueron suscritos con fecha 20 de abril de 2007, por la Comisión Paritaria del Convenio, en la que están integradas la Dirección de la empresa y el Comité de empresa, en representación, respectivamente, de la empresa y de los trabajadores de la misma, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas acta y tablas salariales, en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 25 de mayo de 2007.-El Director general de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA «DOCKS COMERCIALES DE VALENCIA, S.A.»

Firmantes:

Por la representación de los trabajadores: Comité de empresa: D. Mariano Soler Botella.

D. Vicente March Zaragoza. D. Ángel Vidal Abril. D.ª Ana Gil Pérez. D.ª Gema Gavela Rodríguez.

Por la empresa:

Apoderado: D. Pablo Mouro García.

Letrado-asesor: D. Juan Carlos Romero Esteve.

Reunidos en Valencia, a veinte de abril de dos mil siete, en el domicilio social de la empresa sito en Valencia, ampliación muelle sur, edificio fríopuerto 3.º, 46024, de una parte los miembros integrantes de la parte empresarial de la comisión paritaria del convenio citado, y de otra los miembros representantes de la parte trabajadora de dicha comisión paritaria, al objeto de tratar sobre los siguientes puntos que conforman el orden del día:

1.º Revisión salarial año 2.006 [art. 46.b), del convenio].

2.º Tablas atrasos año 2.006. 3.º Tablas salariales año 2.007 [art. 46.c), del convenio].

Ambas partes se reconocen capacidad mutua para pactar y comprometer. y en uso de sus respectivas representaciones, acuerdan:

Primero.-actualizar con carácter retroactivo los salarios correspondientes al año 2006, aplicándoles el I.P.C. real publicado para dicho año, según lo dispuesto en el art. 46.b) del convenio. Diferencia del 1,7 %.

Dichos atrasos serán abonados por la empresa a sus trabajadores dentro del mes siguiente a la publicación de la presente acta en el Boletín Oficial del Estado.

Tablas definitivas año 2006

Sal. base

PP Extra

PP Benef.

H. extra

5 años

10 años

15 años

20 años

Grupo I

Personal superior y técnico

Director sucursal y/o departamento

1.336,74

222,79

111,39

14,31

51,20

102,38

153,59

204,79

Técnico de grado superior

1.269,61

211,60

105,80

13,60

48,11

96,26

144,37

192,51

Técnico de grado medio

1.021,56

170,26

85,12

10,72

37,02

74,05

111,10

148,12

Jefe de servicio

1.336,74

222,79

111,39

14,31

51,20

102,38

153,59

204,79

Jefe de sección

1.091,36

181,90

90,94

11,14

39,93

79,86

119,77

159,71

Jefe de negociado

1.046,54

174,42

87,21

10,60

37,87

75,69

113,55

151,38

Jefe de taller

1.118,46

186,41

93,20

11,79

41,17

82,33

123,50

164,66

Inspector principal

1.225,87

204,31

102,16

13,05

46,10

92,18

138,29

184,38

Encargado general

1.035,10

172,51

86,26

10,79

37,33

74,66

112,03

149,37

Contramaestre o encargado taller

1.023,63

170,61

85,31

10,68

36,77

73,55

110,33

147,09

Jefe de tráfico 1.ª

1.035,10

172,51

86,26

10,79

37,33

71,34

112,03

149,37

Jefe de tráfico 2.ª

1.005,86

167,64

83,83

10,54

35,98

71,98

107,95

143,94

Inspector visitador

1.005,86

167,64

83,83

10,56

35,98

71,98

107,95

143,94

Grupo II

Personal administrativo

Oficial de primera

1.000,67

166,78

83,39

10,12

35,77

71,54

107,31

143,12

Oficial de segunda

979,84

163,31

81,65

9,90

34,79

69,57

104,39

139,20

Agente comercial

979,84

163,31

81,65

9,90

34,79

69,57

104,39

139,20

Encargado almacén y/o garaje

996,51

166,09

83,04

10,30

35,56

71,14

106,70

142,26

Auxiliar adm.-Telefonista

948,55

158,09

79,04

9,81

33,38

66,78

100,19

133,57

Aspirante

755,04

125,84

62,91

Grupo III

Personal de movimiento

Cond. Mecánico-máq. Pesad. Grúas

1.017,35

169,55

84,78

10,30

35,86

71,72

107,60

143,44

Conductor máquinas elevadoras

1.017,35

169,55

84,78

10,12

35,21

70,43

105,61

140,82

Conductor

1.004,31

167,38

83,69

10,12

35,21

70,43

105,61

140,82

Cond. Furgón y veh. Lig., Mozo esp.

968,92

161,49

80,73

9,89

33,84

67,68

101,54

135,36

Capataz-factor

982,88

163,81

81,91

10,11

34,37

68,74

103,11

137,49

Capitonista

959,94

159,99

79,99

9,83

33,65

67,27

100,92

134,54

Ayudante

962,05

160,34

80,17

9,79

33,65

67,27

100,92

134,54

Auxiliar almacén y basculero

954,85

159,13

79,57

9,79

33,66

67,30

100,96

134,65

Grupo IV

Personal de servicios auxiliares

Ordenanza-cobranza facturas

933,95

155,66

77,84

9,65

32,72

65,44

98,15

130,87

Guardia-vigilante-portero

933,95

155,66

77,84

9,65

32,72

65,44

98,15

130,87

Personal limpieza:

Jefe equipo taller

985,41

164,24

82,12

10,30

35,06

70,09

105,16

140,22

Oficial 1.º oficios

973,23

162,20

81,10

10,12

34,44

68,87

103,32

137,75

Oficial 2.º oficios

963,22

160,54

80,27

9,90

33,84

67,68

101,54

135,36

Mozo taller

961,69

160,28

80,14

9,79

33,65

67,27

100,92

134,54

Aprendiz

796,25

132,71

66,36

Dietas:

Plaza: 14,62. Nacional: Comida: 19,48.

Cena: 19,48. Comida+cena: 27,83. Dieta con pernocta: 55,66.

Tabla de atrasos 2006

Atrasos 2006 _ Euros

Grupo I

Personal superior y técnico

Director sucursal y/o departamento

135,35

Técnico de grado superior

128,55

Técnico de grado medio

103,44

Jefe de servicio

135,35

Jefe de sección

110,50

Jefe de negociado

105,97

Jefe de taller

113,25

Inspector principal

124,12

Encargado general

104,81

Contramaestre o encargado taller

103,65

Jefe de tráfico 1.ª

104,81

Jefe de tráfico 2.ª

101,85

Inspector visitador

101,85

Grupo II

Personal administrativo

Oficial de primera

101,32

Oficial de segunda

99,21

Agente comercial

99,21

Encargado almacén y/o garaje

100,90

Auxiliar adm.-Telefonista

96,04

Aspirante

76,45

Grupo III

Personal de movimiento

Cond. Mecánico-máq. Pesad. Grúas

103,01

Conductor máquinas elevadoras

103,01

Conductor

101,69

Cond. Furgón y veh. Lig., Mozo esp.

98,11

Capataz-factor

99,52

Capitonista

97,20

Ayudante

97,41

Auxiliar almacén y basculero

96,68

Grupo IV

Personal de servicios auxiliares

Ordenanza-cobranza facturas

94,57

Guardia-vigilante-portero

94,57

Personal limpieza

Jefe equipo taller

99,78

Oficial 1.º oficios

98,54

Oficial 2.º oficios

97,53

Mozo taller

97,37

Aprendiz

80,62

Segundo.-Aprobar la tabla salarial que estará vigente para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007, calculada incrementando al I.P.C. previsto por la administración (2%), un 1 % según lo dispuesto en el art. 46.c) del convenio, y tomando como base los salarios ya actualizados del año 2006, que figuran en la tabla anterior.

Tablas provisionales año 2007

Tablas definitivas 2006 + 2% IPC previsto+1%

Sal. base

PP Extra

PP Benef.

H. extra

5 años

10 años

15 años

20 años

Grupo I

Personal superior y técnico

Director sucursal y/o departamento

1.376,85

229,48

114,73

14,74

52,73

105,45

158,19

210,94

Técnico de grado superior

1.307,70

217,95

108,98

14,01

49,56

99,15

148,71

198,28

Técnico de grado medio

1.052,20

175,37

87,68

11,04

38,13

76,27

114,43

152,56

Jefe de servicio

1.376,85

229,48

114,73

14,74

52,73

105,45

158,19

210,94

Jefe de sección

1.124,10

187,35

93,67

11,47

41,13

82,25

123,36

164,50

Jefe de negociado

1.077,94

179,65

89,82

10,92

39,00

77,96

116,95

155,92

Jefe de taller

1.152,01

192,00

96,00

12,14

42,40

84,80

127,21

169,60

Inspector principal

1.262,65

210,44

105,22

13,44

47,48

94,95

142,44

189,92

Encargado general

1.066,15

177,69

88,85

11,12

38,45

76,90

115,39

153,85

Contramaestre o encargado taller

1.054,34

175,73

87,87

11,00

37,87

75,75

113,64

151,51

Jefe de tráfico 1.ª

1.066,15

177,69

88,85

11,12

38,45

73,48

115,39

153,85

Jefe de tráfico 2.ª

1.036,04

172,67

86,34

10,86

37,06

74,14

111,19

148,26

Inspector visitador

1.036,04

172,67

86,34

10,88

37,06

74,14

111,19

148,26

Grupo II

Personal administrativo

Oficial de primera

1.030,70

171,78

85,89

10,42

36,84

73,69

110,53

147,41

Oficial de segunda

1.009,24

168,21

84,10

10,19

35,84

71,66

107,53

143,38

Agente comercial

1.009,24

168,21

84,10

10,19

35,84

71,66

107,53

143,38

Encargado almacén y/o garaje

1.026,40

171,07

85,53

10,61

36,63

73,27

109,90

146,53

Auxiliar adm.-Telefonista

977,01

162,83

81,41

10,10

34,38

68,78

103,19

137,58

Aspirante

777,69

129,61

64,80

Grupo III

Personal de movimiento

Cond. Mecánico-máq. Pesad.-Grúas

1.047,87

174,64

87,33

10,61

36,94

73,88

110,82

147,74

Conductor máquinas elevadoras

1.047,87

174,64

87,33

10,42

36,26

72,54

108,78

145,05

Conductor

1.034,44

172,40

86,21

10,42

36,26

72,54

108,78

145,05

Cond. Furgón y veh. Lig., Mozo esp.

997,99

166,33

83,16

10,18

34,85

69,71

104,58

139,42

Capataz-factor

1.012,37

168,72

84,37

10,41

35,40

70,81

106,20

141,61

Capitonista

988,74

164,79

82,39

10,12

34,66

69,29

103,95

138,57

Ayudante

990,92

165,15

82,58

10,08

34,66

69,29

103,95

138,57

Auxiliar almacén y basculero

983,49

163,91

81,95

10,08

34,67

69,32

103,99

138,69

Grupo IV

Personal de servicios auxiliares

Ordenanza-cobranza facturas

961,97

160,33

80,17

9,93

33,70

67,41

101,10

134,80

Guardia-vigilante-portero

961,97

160,33

80,17

9,93

33,70

67,41

101,10

134,80

Personal limpieza:

Jefe equipo taller

1.014,97

169,17

84,59

10,61

36,11

72,20

108,31

144,42

Oficial 1.º oficios

1.002,43

167,07

83,53

10,42

35,48

70,94

106,42

141,88

Oficial 2.º oficios

992,12

165,36

82,68

10,19

34,85

69,71

104,58

139,42

Mozo taller

990,54

165,09

82,55

10,08

34,66

69,29

103,95

138,57

Aprendiz

820,14

136,69

68,35

Dietas:

Plaza: 15,06. Nacional: Comida: 20,07.

Cena: 20,07. Comida+cena: 28,66. Dieta con pernocta: 57,33.

Tercera.-A la vista de que a fecha de hoy no se han publicado todavía las tablas salariales actualizadas y correspondientes al año 2.007 y referentes al convenio colectivo de agencias marítimas de la provincia de Cádiz, los integrantes de esta comisión paritaria acuerdan volverse a reunir en cuanto sean publicadas, a fin de incorporarlas al presente convenio colectivo, y ello habida cuenta que serán las de aplicación para el personal de la empresa adscrito al centro de trabajo del P.I.F. de Algeciras.

Cuarta.-Dar traslado de estos acuerdos a la dirección general de trabajo (subdirección general de relaciones laborales), a efectos de su registro y publicación en el diario oficial correspondiente, facultando al abogado de la empresa «Docks Comerciales de Valencia, S.A.» antes indicada, d. Juan Carlos Romero Esteve, para que realice los trámites oportunos ante la citada autoridad a tales efectos.

Y en prueba de conformidad, firman las partes intervinientes indicadas anteriormente en este escrito en el lugar y fecha indicados al comienzo del mismo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/05/2007
  • Fecha de publicación: 08/06/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de agosto de 2005 (Ref. BOE-A-2005-15218).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Transporte de mercancías
  • Transportes por carretera

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