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Documento BOE-A-2007-12496

Resolución de 8 de junio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo para la industria de granjas avícolas y otros animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2007, páginas 27291 a 27293 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-12496
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/06/08/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo para la Industria de Granjas Avícolas y otros Animales (Código de Convenio n.º 9902415), que fue suscrito, con fecha 17 de enero de 2007, de una parte, por las Asociaciones Empresariales ASEPRHU y APPE en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las Organizaciones Sindicales UGT y CC.OO. en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de junio de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales, celebrada el día 17 de enero de 2007

Asistentes:

Por UGT: D. Sebastián Serena.

Por CC.OO.:

D. Carlos González.

Por ASEPRHU:

D.ª María del Mar Fernández.

Por APPE:

D. Ángel Martín.

En Madrid, siendo las trece horas del día diecisiete de enero de dos mil siete, se reúne en la sede de APPE, calle Diego de León, n.º 33, 4.º dcha., la Comisión Paritaria del Convenio para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales, con la asistencia de los señores arriba relacionados, componentes de la Comisión Paritaria, al objeto de proceder a la actualización de las Tablas Salariales, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Convenio firmado por las partes el día 31 de marzo de 2006.

Tras las oportunas comprobaciones y cálculos, se confeccionan las tablas salariales y las actualizaciones en los conceptos retributivos que figuran en el Anexo I, que consta de dos páginas (tabla salarial definitiva del año 2006 -revisión al 5,8 % sobre el salario base y 3,2 % para el resto de conceptos sobre las definitivas de 2005- y tabla salarial provisional para el año 2007 -actualización al 5,10 % sobre el salario base y 2,50 % para el resto de los conceptos, sobre las tablas definitivas de 2006), las cuales fueron aprobadas por unanimidad y firmadas, selladas y rubricadas por los asistentes. Se acuerda presentar estos documentos oficialmente al Ministerio de Trabajo en los términos del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», facultando por unanimidad a D. Ángel Martín Ruiz, con D.N.I. n.º 50.141.977, para que realice cuantos actos sean necesarios para ello.

Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, y de ella este Acta, que leída por los presentes fue aprobada por unanimidad y firmada, rubricada y sellada en el lugar y fecha de su encabezamiento.

Tabla salarial definitiva para el período comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2006

(Actualización 5,80 s/salario base y 3,20 % resto conceptos)

Salario base mes

Plus asistencia

Salario base anual

Plus asistencia anual

Salario Convenio

Técnicos:

Titulado Superior

1.166,29

3,50

17.494,35

955,50

18.449,85

Titulados Medios

1.038,43

3,50

15.576,45

955,50

16.531,95

No titulados y diplomados

853,77

3,50

12.806,55

955,50

13.762,05

Administrativos:

Jefe de Primera

853,77

3,50

12.806,55

955,50

13.762,05

Jefe de Segunda

798,16

3,50

11.972,40

955,50

12.927,90

Oficial de Primera

745,81

3,50

11.187,15

955,50

12.142,65

Oficial de Segunda

700,26

3,50

10.503,90

955,50

11.459,40

Auxiliar Administrativo

665,41

3,50

9.981,15

955,50

10.936,65

Aspirante hasta 18 años

533,40

3,50

8.001,00

955,50

8.956,50

Subalternos

Almacenista

665,41

3,50

9.981,15

955,50

10.936,65

Vigilante

665,41

3,50

9.981,15

955,50

10.936,65

Portero

665,41

3,50

9.981,15

955,50

10.936,65

Conserje

665,41

3,50

9.981,15

955,50

10.936,65

Botones

533,40

3,50

8.001,00

955,50

8.956,50

Personal de Limpieza (día)

22,13

3,50

10.069,15

955,50

11.024,65

Personal de Limpieza (hora)

3,47

3,50

955,50

955,50

Ordenanza

665,41

3,50

9.981,15

955,50

10.936,65

Comercial:

Vendedor

24,65

3,50

11.215,75

955,50

12.171,25

Ayudante

23,41

3,50

10.651,55

955,50

11.607,05

Repartidos

22,19

3,50

10.096,45

955,50

11.051,95

Obreros:

Encargado

27,28

3,50

12.412,40

955,50

13.367,90

Oficial Avícola

24,23

3,50

11.024,65

955,50

11.980,15

Especialista

23,01

3,50

10.469,55

955,50

11.425,05

Ayudante Avícola

22,30

3,50

10.146,50

955,50

11.102,00

Aprendiz de primera y de segunda

17,28

3,50

7.862,40

955,50

8.817,90

Varios:

Oficial de primera

24,65

3,50

11.215,75

955,50

12.171,25

Oficial de Segunda

23,64

3,50

10.756,20

955,50

11.711,70

Conductor

24,65

3,50

11.215,75

955,50

12.171,25

Prima de asistencia: 3,50 euros diarios. Dietas:

Desayuno: 3,30.

Comida: 11,01. Cena: 11,01. Dormir: 24,23.

Quebranto moneda:

Cajero: 21,97.

Aux. Caja: 15,71.

Tablas provisionales Convenio Granjas 2007

(Actualización 5,10 % s/salario base y 2,50 % resto conceptos)

Salario Base Mes

Plus Asistencia

Salario Base Anual

Plus Asistencia Anual

Salario Convenio

Técnicos:

Titulado Superior

1.225,77

3,59

18.386,55

980,07

19.366,62

Titulados Medios

1.091,39

3,59

16.370,85

980,07

17.350,92

No titulados y diplomados

897,31

3,59

13.459,65

980,07

14.439,72

Administrativos:

Jefe de Primera

897,31

3,59

13.459,65

980,07

14.439,72

Jefe de Segunda

838,87

3,59

12.583,05

980,07

13.563,12

Oficial de Primera

783,85

3,59

11.757,75

980,07

12.737,82

Oficial de Segunda

735,97

3,59

11.039,55

980,07

12.019,62

Auxiliar Administrativo

699,35

3,59

10.490,25

980,07

11.470,32

Aspirante hasta 18 años

560,60

3,59

8.409,00

980,07

9.389,07

Subalternos:

Almacenista

699,35

3,59

10.490,25

980,07

11.470,32

Vigilante

699,35

3,59

10.490,25

980,07

11.470,32

Portero

699,35

3,59

10.490,25

980,07

11.470,32

Conserje

699,35

3,59

10.490,25

980,07

11.470,32

Botones

560,60

3,59

8.409,00

980,07

9.389,07

Personal de Limpieza (día)

23,26

3,59

10.583,30

980,07

11.563,37

Personal de Limpieza (hora)

3,65

3,59

980,07

980,07

Ordenanza

699,35

3,59

10.490,25

980,07

11.470,32

Comercial:

Vendedor

25,91

3,59

11.789,05

980,07

12.769,12

Ayudante

24,60

3,59

11.193,00

980,07

12.173,07

Repartidos

23,32

3,59

10.610,60

980,07

11.590,67

Obreros:

Encargado

28,67

3,59

13.044,85

980,07

14.024,92

Oficial Avícola

25,47

3,59

11.588,85

980,07

12.568,92

Especialista

24,18

3,59

11.001,90

980,07

11.981,97

Ayudante Avícola

23,44

3,59

10.665,20

980,07

11.645,27

Aprendiz de primera y de segunda

18,16

3,59

8.262,80

980,07

9.242,87

Varios:

Oficial de primera

25,91

3,59

11.789,05

980,07

12.769,12

Oficial de Segunda

24,85

3,59

11.306,75

980,07

12.286,82

Conductor

25,91

3,59

11.789,05

980,07

12.769,12

Prima de asistencia: 3,59 euros diarios. Dietas:

Desayuno: 3,38.

Comida: 11,29. Cena: 11,29. Dormir: 24,84.

Quebranto moneda:

Cajero: 22,52.

Aux. Caja: 16,10.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/06/2007
  • Fecha de publicación: 25/06/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 18 de octubre de 2006 (Ref. BOE-A-2006-19479).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Granjas avícolas

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