Con fecha 2 de marzo de 1976 y 22 de febrero de 1995 fueron aprobadas por la Dirección de la OEPM sendas Resoluciones sobre delegación de funciones en el Secretario General del organismo. Con esta medida se pretendía lograr una mayor agilidad en la gestión de los servicios mediante la delegación del ejercicio de aquellas competencias que, reuniendo los requisitos legales, son perfectamente atendibles por la Secretaría General, aliviando de esta forma la excesiva acumulación de funciones de esta Dirección. En particular, por esta vía se ha conseguido acelerar la tramitación de aquellos expedientes de gasto cuyo contenido económico es de escasa cuantía (inferior a los 30.050,61€), y que en la práctica representan un elevado porcentaje dentro del volumen global de la actividad administrativa desarrollada por el Organismo. Con la finalidad de actualizar el régimen de delegación de competencias a los cambios acaecidos hasta la fecha, es por lo que se procede a aprobar la presente Resolución que sustituye a las anteriores. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y previa aprobación por la Presidenta del Organismo, la Sra. Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de diciembre, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:
Primero.-Se delega en el Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas las siguientes funciones en materia de administración financiera: a) Autorizar y disponer los gastos propios del organismo dentro de los créditos autorizados y hasta un límite de 30.050,61€, así como ordenar los pagos correspondientes.
b) Aprobar los expedientes de contratación y el correspondiente gasto dentro del indicado límite de 30.050,61€, así como acordar la adjudicación de los correspondientes contratos. c) Suscribir en nombre del organismo los documentos necesarios para la formalización de los contratos de obras, servicios y suministros por la cuantía máxima indicada en los apartados anteriores. d) Ejercer las funciones atribuidas por la Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado.
Segundo.-La delegación de competencias objeto de la presente Resolución es revocable en cualquier momento y no será obstáculo para que el Director del organismo pueda recabar el conocimiento y resolución de cualquier asunto objeto de esta delegación.
Tercero.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.-La presente Resolución deja sin efecto la Resolución de 22 de febrero de 1995.
Madrid, 6 de septiembre de 2007.-La Directora General de la Oficina Española de Patentes y Marcas, M.ª Teresa Mogin Barquín.
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