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Documento BOE-A-2007-184

Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.Ver texto consolidado

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2007, páginas 465 a 473 (9 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-184
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2006/12/29/1629

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula en sus artículos 59, 60, 61 y 62 las enseñanzas de idiomas de régimen especial y establece que estas enseñanzas se organizarán en tres niveles: Básico, intermedio y avanzado. En consonancia con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley, el Gobierno debe fijar los aspectos básicos del currículo que constituyen las respectivas enseñanzas mínimas, con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los certificados correspondientes. El artículo 59.1 establece que las enseñanzas del nivel básico de idiomas tendrán las características y la organización que las Administraciones educativas determinen y el artículo 60.1 establece que las enseñanzas de idiomas correspondientes a los niveles intermedio y avanzado serán impartidas en las escuelas oficiales de idiomas. En fin, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.1, en la definición de los aspectos básicos del currículo de las distintas lenguas deben determinarse los efectos de los certificados acreditativos de la superación de las exigencias académicas correspondientes a los diferentes niveles.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de 29 de diciembre de 2006,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto.

1. Este real decreto tiene por objeto fijar las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación y las enseñanzas mínimas que deberán formar parte de los currículos que las Administraciones educativas establezcan para los niveles intermedio y avanzado, de los idiomas siguientes: Alemán, árabe, chino, danés, finés, francés, griego, inglés, irlandés, italiano, japonés, neerlandés, portugués, rumano, ruso, sueco, lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas y español como lengua extranjera.

2. Este real decreto tiene también por objeto establecer los efectos de los certificados acreditativos de la superación de los niveles básico, intermedio y avanzado de estas enseñanzas, así como determinar los requisitos mínimos de la documentación académica necesaria para garantizar la movilidad del alumnado respectivo.

Artículo 2. Nivel básico.

1. Las enseñanzas del nivel básico de los idiomas a los que se refiere este real decreto tendrán las características y la organización que las Administraciones educativas determinen.

2. En la determinación del currículo de las enseñanzas del nivel básico y en la regulación de las respectivas certificaciones acreditativas de haber superado dicho nivel, las Administraciones educativas tendrán como referencia las competencias propias del nivel A2 del Consejo de Europa según se define este nivel en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

3. Los certificados acreditativos expedidos por las Administraciones educativas surtirán efecto en todo el territorio nacional y permitirán el acceso a las enseñanzas del nivel intermedio del idioma para el que han sido expedidos.

4. Las Administraciones educativas determinarán la valoración del certificado de nivel básico en los procesos de reconocimiento de méritos que gestionen.

5. Los certificados de nivel básico valdrán para acreditar competencia en idiomas, propia de ese nivel, en los procedimientos que a tales efectos establezcan las Administraciones públicas u otros organismos.

6. Los certificados de nivel básico deberán incluir, como mínimo, los datos siguientes: Órgano que lo expide, datos del alumno (nombre y apellidos, DNI o NIE o en su defecto número de pasaporte, fecha y lugar de nacimiento), idioma y nivel (básico), nivel del Marco Común Europeo de Referencia y fecha de expedición.

Artículo 3. Ordenación de los niveles intermedio y avanzado.

1. Las enseñazas mínimas de los niveles intermedio y avanzado, que constituyen los aspectos básicos de los currículos respectivos, son las que se incluyen en el anexo I de este real decreto y tienen como referencia, respectivamente, las competencias propias de los niveles B1 y B2 del Consejo de Europa según estos niveles se definen en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos respectivos, de los que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas fijadas en este real decreto.

3. Las enseñanzas correspondientes al conjunto de los niveles intermedio y avanzado se organizarán en tres cursos como mínimo y cuatro como máximo, en los términos que dispongan las Administraciones educativas. El límite de cuatro cursos podrá ampliarse en un curso más en el caso de los idiomas árabe, chino y japonés.

4. Los alumnos tendrán derecho a cursar enseñanzas en régimen presencial, en el conjunto de los niveles intermedio y avanzado, un número máximo de años equivalente al doble de los ordenados para el idioma del que se trate por la Administración educativa correspondiente.

5. El certificado acreditativo de haber superado el nivel intermedio permitirá el acceso a las enseñanzas de nivel avanzado del idioma correspondiente, en todo el territorio nacional.

6. El título de bachiller habilitará para acceder directamente a los estudios del idioma de nivel intermedio de la primera lengua extranjera cursada en el bachillerato.

7. Las Administraciones educativas regularán las condiciones en las que puedan incorporarse a cualquier curso de los niveles intermedio o avanzado de un idioma quienes acrediten el dominio de las competencias suficientes en dicho idioma.

8. Los documentos oficiales que deben ser utilizados en la evaluación para las enseñanzas de los niveles intermedio y avanzado son el expediente académico y las actas de calificación, en los términos que se explicitan en el anexo II de este real decreto.

Artículo 4. Certificados de los niveles intermedio y avanzado.

1. Para obtener los certificados de los niveles intermedio y avanzado será necesaria la superación de unas pruebas terminales específicas de certificación.

2. Las Administraciones educativas regularán la organización de las pruebas a las que se refiere el apartado anterior, que deberán ser evaluadas tomando como referencia los objetivos, competencias y criterios de evaluación establecidos para cada nivel en los currículos de los idiomas respectivos.

3. Las Administraciones educativas organizarán, al menos, una convocatoria anual de pruebas para la obtención de los certificados correspondientes a los niveles intermedio y avanzado.

4. Con el fin de seguir las recomendaciones del Consejo de Europa para el uso del Portfolio Europeo de las Lenguas, a los alumnos que no obtengan el certificado del nivel intermedio o del nivel avanzado se les podrá expedir, a petición de los mismos, una certificación académica de haber alcanzado el dominio requerido en algunas de las destrezas que las pruebas correspondientes evalúen, de acuerdo con las condiciones que las Administraciones educativas determinen.

5. El diseño, la administración y la evaluación de las pruebas para la obtención de los certificados por parte del alumnado con discapacidad se basarán en los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y compensación de desventajas. Los procedimientos de evaluación contendrán las medidas que resulten necesarias para su adaptación a las necesidades especiales de este alumnado.

6. Los certificados de nivel intermedio y de nivel avanzado deberán incluir, como mínimo, los datos siguientes: Órgano de la Comunidad Autónoma que lo expide, datos del alumno (nombre y apellidos, DNI o NIE o en su defecto número de pasaporte, fecha y lugar de nacimiento), idioma y nivel, indicación del nivel del Marco Común Europeo de Referencia, fecha de expedición, firma y sello.

7. Las Administraciones educativas determinarán la valoración de los certificados de nivel intermedio y de nivel avanzado en los procesos de reconocimiento de méritos que gestionen.

8. A los titulares de los certificados de los niveles intermedio y avanzado se les podrá eximir de las pruebas de competencia en idiomas que establezcan las Administraciones públicas u otros organismos y que correspondan a los niveles de competencia consignados.

Artículo 5. Traslado de centro.

1. El alumno que se traslade a otro centro sin haber concluido el curso académico deberá aportar una certificación académica expedida por el centro de origen, el cual remitirá al centro de destino, a petición de éste, el expediente académico del alumno. La matriculación se considerará definitiva a partir de la recepción del expediente académico por parte de la Escuela de destino junto con la comunicación de traslado.

2. Con el fin de garantizar la movilidad del alumnado entre las distintas comunidades autónomas, las Administraciones educativas regularán las condiciones de los traslados de centro en, al menos, lo que respecta a la determinación de plazas vacantes en los centros, la incorporación del alumno que se traslada al curso pertinente y el pago de los precios públicos establecidos.

Disposición adicional primera. Equivalencia de estudios.

El régimen de equivalencias entre las enseñanzas reguladas por el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre, las reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio, y las enseñanzas a las que se refiere este real decreto es el que se especifica en el anexo III.

Disposición adicional segunda. Cursos de actualización y especialización.

Las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán, en los términos que dispongan las respectivas Administraciones educativas, organizar e impartir cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas, tanto en los niveles básico, intermedio y avanzado como en los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa según estos niveles se definen en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Disposición adicional tercera. Correspondencia con otras enseñanzas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y además de lo previsto en el artículo 3.6 de este real decreto, las Administraciones educativas facilitarán la realización de pruebas homologadas para obtener la certificación oficial del conocimiento de las lenguas cursadas por los alumnos de educación secundaria y formación profesional.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

En la medida en que se vaya implantando la nueva ordenación de las enseñanzas de idiomas establecida en este real decreto, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, quedará sin efecto el contenido del Real Decreto 1523/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueban los contenidos mínimos del primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas extranjeros, del Real Decreto 47/1992, de 24 de enero, por el que se aprueban los contenidos mínimos correspondientes a las enseñanzas especializadas de las lenguas españolas, impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas, del Real Decreto 944/2003, de 18 de julio, por el que se establece la estructura de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, y del Real Decreto 423/2005, de 18 de abril, por el que se fijan las enseñanzas comunes del nivel básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 20/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.

Disposición final primera. Carácter básico.

Este real decreto, a excepción de su disposición adicional segunda, tiene el carácter de norma básica, en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución, y se dicta al amparo de la habilitación que confiere al Gobierno el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en uso de la competencia estatal para la fijación de las enseñanzas mínimas recogida en la disposición adicional primera, 2, c) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

Disposición final segunda. Desarrollo normativo.

El Ministro de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, podrá dictar cuantas disposiciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo establecido en este real decreto.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dado en Madrid, el 29 de diciembre de 2006.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Ciencia,

MERCEDES CABRERA CALVO-SOTELO

ANEXO I

PREÁMBULO

Las enseñanzas especializadas de idiomas van dirigidas a aquellas personas que, habiendo adquirido las competencias básicas en las enseñanzas de régimen general, necesitan, a lo largo de su vida adulta, adquirir o perfeccionar sus competencias en una o varias lenguas extranjeras, ya sea con fines generales o específicos, así como obtener un certificado de su nivel de competencia en el uso de dichas lenguas.

Por ello, las presentes enseñanzas mínimas parten de un modelo de lengua entendida como uso de la misma, lo que supone el desarrollo y la activación conjunta de competencias tanto generales como lingüísticas, sociolingüísticas y pragmáticas. De este concepto de lengua, y en consonancia con los niveles de referencia desarrollados por el Consejo de Europa, se derivan los objetivos, contenidos y criterios de evaluación recogidos en el presente Anexo. Los contenidos, que son referencias básicas para todos los idiomas, se han de adaptar a los objetivos de cada uno de los niveles, intermedio y avanzado, y ser evaluados en función de los criterios propios de cada uno de estos niveles.

I. Nivel intermedio

1. Definición del nivel

El Nivel intermedio presentará las características del nivel de competencia B1, según este nivel se define en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Este nivel supone:

Utilizar el idioma con cierta seguridad y flexibilidad, receptiva y productivamente, tanto en forma hablada como escrita, así como para mediar entre hablantes de distintas lenguas, en situaciones cotidianas y menos corrientes que requieran comprender y producir textos en una variedad de lengua estándar, con estructuras habituales y un repertorio léxico común no muy idiomático, y que versen sobre temas generales, cotidianos o en los que se tiene un interés personal.

2. Objetivos generales por destrezas

2.1 Comprensión oral.-Comprender el sentido general, la información esencial, los puntos principales y los detalles más relevantes en textos orales claramente estructurados y en lengua estándar, articulados a velocidad lenta o media y transmitidos de viva voz o por medios técnicos, siempre que las condiciones acústicas sean buenas y se pueda volver a escuchar lo dicho.

2.2 Expresión e interacción oral.-Producir textos orales bien organizados y adecuados al interlocutor y propósito comunicativo, y desenvolverse con una corrección, fluidez y espontaneidad que permitan mantener la interacción, aunque a veces resulten evidentes el acento extranjero, las pausas para planear el discurso o corregir errores y sea necesaria cierta cooperación por parte de los interlocutores.

2.3 Comprensión de lectura.-Comprender el sentido general, la información esencial, los puntos principales y los detalles más relevantes en textos escritos claros y bien organizados, en lengua estándar y sobre temas generales, actuales o relacionados con la propia especialidad.

2.4 Expresión e interacción escrita.-Escribir textos sencillos y cohesionados, sobre temas cotidianos o en los que se tiene un interés personal, y en los que se pide o transmite información; se narran historias; se describen experiencias, acontecimientos, sean éstos reales o imaginados, sentimientos, reacciones, deseos y aspiraciones; se justifican brevemente opiniones y se explican planes.

3. Contenidos generales básicos

Los contenidos corresponden a las competencias parciales de diversos tipos que el alumno habrá de desarrollar para alcanzar los objetivos reseñados en el apartado anterior.

Estos contenidos se relacionan a continuación en apartados independientes, aunque en situaciones reales de comunicación todas las competencias parciales se activan simultáneamente. Por ello, en el proceso de enseñanza y aprendizaje deberán integrarse en un todo significativo a partir de los objetivos propuestos para cada destreza, de manera que el alumno adquiera las competencias necesarias a través de las actividades y tareas comunicativas que se propongan.

3.1 Competencias generales.

3.1.1 Contenidos nocionales.-El siguiente listado de contenidos nocionales incluye los conceptos básicos de los que se desglosarán las subcategorías correspondientes con sus exponentes lingüísticos para el nivel y para cada idioma.

3.1.1.1 Entidades: Expresión de las entidades y referencia a las mismas.

3.1.1.2 Propiedades: Existencia, cantidad, cualidad y valoración.

3.1.1.3 Relaciones: Espacio (ubicación absoluta y relativa en el espacio); tiempo (situación absoluta y relativa en el tiempo); estados, procesos y actividades (aspecto, modalidad, participantes y sus relaciones); relaciones lógicas (entre estados, procesos y actividades): conjunción, disyunción; oposición; comparación; condición, causa; finalidad; resultado; relaciones temporales (anterioridad, simultaneidad, posterioridad).

3.1.2 Contenidos socioculturales.-El alumno deberá adquirir un conocimiento de la sociedad y la cultura de las comunidades en las que se habla el idioma objeto de estudio, ya que una falta de competencia en este sentido puede distorsionar la comunicación. Se tendrán en cuenta las áreas siguientes:

Vida cotidiana (festividades, horarios, etc.).

Condiciones de vida (vivienda, trabajo, etc.).

Relaciones personales (estructura social y relaciones entre sus miembros).

Valores, creencias y actitudes (instituciones, arte, humor, etc.).

Lenguaje corporal (gestos, contacto visual, etc.).

Convenciones sociales (convenciones y tabúes relativos al comportamiento).

Comportamiento ritual (celebraciones, ceremonias, etc.).

3.2 Competencias comunicativas.

3.2.1 Competencias lingüísticas.

3.2.1.1 Contenidos léxico-semánticos: Repertorios léxicos y utilización (producción y comprensión) adecuada de los mismos en los contextos a los que se refieren los objetivos especificados para el nivel. Estos repertorios se desarrollarán teniendo en cuenta las siguientes áreas:

Identificación personal.

Vivienda, hogar y entorno.

Actividades de la vida diaria.

Tiempo libre y ocio.

Viajes.

Relaciones humanas y sociales.

Salud y cuidados físicos.

Educación.

Compras y actividades comerciales.

Alimentación.

Bienes y servicios.

Lengua y comunicación.

Clima, condiciones atmosféricas y medio ambiente.

Ciencia y tecnología.

3.2.1.2 Contenidos gramaticales.

3.2.1.2.1 Oración compuesta: Expresión de relaciones lógicas: Conjunción; disyunción; oposición; concesión; comparación; condición; causa; finalidad; resultado; relaciones temporales (anterioridad, posterioridad, simultaneidad).

3.2.1.2.2 Oración simple: Tipos de oración, elementos constituyentes y su posición. Fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.3 El sintagma nominal.

3.2.1.2.3.1 Núcleo: Sustantivo y pronombre (clases, género, número, caso).

3.2.1.2.3.2 Modificación del núcleo: Mediante determinantes (artículos, demostrativos, posesivos, cuantificadores), aposición, sintagma (nominal, adjetival, verbal, adverbial, preposicional), frase de relativo u oración.

3.2.1.3.2.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.3.2.4 Funciones sintácticas del sintagma (sujeto, objeto directo, etc.).

3.2.1.2.4 El sintagma adjetival.

3.2.1.2.4.1 Núcleo: Adjetivo (clases, género, número, caso, grado).

3.2.1.2.4.2 Modificación del núcleo: Mediante sintagma (nominal, adjetival, verbal, adverbial, preposicional) u oración.

3.2.1.3.4.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.3.4.4 Funciones sintácticas del sintagma (atributo, etc.).

3.2.1.2.5 El sintagma verbal.

3.2.1.2.5.1 Núcleo: Verbo (clases, tiempo, aspecto, modalidad, voz).

3.2.1.2.5.2 Modificación del núcleo: Negación, etc.

3.2.1.2.5.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.5.4 Funciones sintácticas del sintagma (verbo, sujeto, etc.).

3.2.1.2.6 El sintagma adverbial.

3.2.1.2.6.1 Núcleo: Adverbio y locuciones adverbiales (clases, grado).

3.2.1.2.6.2 Modificación del núcleo: Mediante sintagma adverbial, preposicional, etc.

3.2.1.2.6.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.6.4 Funciones sintácticas del sintagma (complemento circunstancial, etc.).

3.2.1.2.7 El sintagma preposicional.

3.2.1.2.7.1 Núcleo: Preposición y locuciones preposicionales (clases).

3.2.1.2.7.2 Modificación del núcleo: Mediante sintagma adverbial, preposicional, etc.

3.2.1.2.7.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.7.4 Funciones sintácticas del sintagma (complemento de régimen, etc.).

3.2.1.3 Contenidos ortográficos.

3.2.1.3.1 El alfabeto/los caracteres.

3.2.1.3.2 Representación gráfica de fonemas y sonidos.

3.2.1.3.3 Ortografía de palabras extranjeras.

3.2.1.3.4 Uso de los caracteres en sus diversas formas (mayúsculas, minúsculas, cursiva, etc.).

3.2.1.3.5 Signos ortográficos (acento, apóstrofo, diéresis, guión, etc.).

3.2.1.3.6 División de palabras al final de línea. Estructura silábica.

3.2.1.4 Contenidos fonéticos.

3.2.1.4.1 Sonidos y fonemas vocálicos y sus combinaciones.

3.2.1.4.2 Sonidos y fonemas consonánticos y sus agrupaciones.

3.2.1.4.3 Procesos fonológicos (ensordecimiento, sonorización, asimilación, elisión, palatalización, nasalización, epéntesis, alternancia vocálica, etc.).

3.2.1.4.4 Acento fónico / tonal de los elementos léxicos aislados.

3.2.1.4.5 Acento y atonicidad / patrones tonales en el sintagma y la oración.

3.2.2 Competencia sociolingüística. Un enfoque centrado en el uso del idioma supone necesariamente su dimensión social. Los alumnos deberán adquirir las competencias sociolingüísticas que les permitan comunicarse con efectividad al nivel especificado.

3.2.2.1 Contenidos sociolingüísticos: Marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía, estereotipos y modismos populares, registros, dialectos y acentos.

3.2.3 Competencias pragmáticas.

3.2.3.1 Contenidos funcionales.

3.2.3.1.1 Funciones o actos de habla asertivos, relacionados con la expresión del conocimiento, la opinión, la creencia y la conjetura: Afirmar; anunciar; asentir; clasificar; confirmar la veracidad de un hecho; describir; expresar acuerdo y desacuerdo; expresar desconocimiento; expresar duda; expresar una opinión; formular hipótesis; identificar e identificarse; informar; predecir; recordar algo a alguien.

3.2.3.1.2 Funciones o actos de habla compromisivos, relacionados con la expresión de ofrecimiento, intención, voluntad y decisión: Expresar la intención o voluntad de hacer algo; invitar; ofrecer algo; ofrecer ayuda; ofrecerse a hacer algo; prometer.

3.2.3.1.3 Funciones o actos de habla directivos, que tienen como finalidad que el destinatario haga o no haga algo, tanto si esto es a su vez un acto verbal como una acción de otra índole: Aconsejar; advertir; dar instrucciones; dar permiso; ordenar; pedir algo, ayuda, confirmación, información, instrucciones, opinión, permiso, que alguien haga algo; prohibir; proponer; recordar algo a alguien.

3.2.3.1.4 Funciones o actos de habla fáticos y solidarios, que se realizan para establecer o mantener el contacto social y expresar actitudes con respecto a los demás: invitar; aceptar y declinar una invitación; agradecer; atraer la atención; dar la bienvenida; despedirse; expresar aprobación; expresar condolencia; felicitar; interesarse por alguien o algo; lamentar; pedir disculpas; presentarse; presentar a alguien; saludar.

3.2.3.1.5 Funciones o actos de habla expresivos, con los que se expresan actitudes y sentimientos ante determinadas situaciones: Expresar admiración, alegría o felicidad, aprecio o simpatía, aprobación y desaprobación, decepción, desinterés e interés, disgusto, dolor, duda, esperanza, preferencia, satisfacción, sorpresa, temor, tristeza.

3.2.3.2 Contenidos discursivos: Un enfoque centrado en el uso del idioma supone considerar el texto como la unidad mínima de comunicación. Para que un texto sea comunicativamente válido, debe ser coherente con respecto al contexto en que se produce o se interpreta y ha de presentar una cohesión u organización interna que facilite su comprensión y que refleje, asimismo, la dinámica de comunicación en la que se desarrolla.

Los alumnos deberán adquirir, por tanto, las competencias discursivas que les permitan producir y comprender textos atendiendo a su coherencia y a su cohesión.

3.2.3.2.1 Coherencia textual: Adecuación del texto al contexto comunicativo.

3.2.3.2.1.1 Tipo y formato de texto.

3.2.3.2.1.2 Variedad de lengua.

3.2.3.2.1.3 Registro.

3.2.3.2.1.4 Tema. Enfoque y contenido: Selección léxica; selección de estructuras sintácticas; selección de contenido relevante.

3.2.3.2.1.5 Contexto espacio-temporal: Referencia espacial y referencia temporal.

3.2.3.2.2 Cohesión textual: Organización interna del texto. Inicio, desarrollo y conclusión de la unidad textual.

3.2.3.2.2.1 Inicio del discurso: Mecanismos iniciadores (toma de contacto, etc.); introducción del tema; tematización.

3.2.3.2.2.2 Desarrollo del discurso.

3.2.3.2.2.2.1 Desarrollo temático.

3.2.3.2.2.2.1.1 Mantenimiento del tema: Correferencia (uso del artículo, pronombres, demostrativos; concordancia de tiempos verbales). Elipsis. Repetición (eco léxico; sinónimos, antónimos, hiperónimos, hipónimos, campos léxicos). Reformulación. Énfasis.

3.2.3.2.2.2.1.2 Expansión temática: Ejemplificación. Refuerzo. Contraste. Introducción de subtemas.

3.2.3.2.2.2.2 Cambio temático: Digresión. Recuperación de tema.

3.2.3.2.2.3 Conclusión del discurso: Resumen/recapitulación, indicación de cierre textual y cierre textual.

3.2.3.2.2.4 Mantenimiento y seguimiento del discurso oral: Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra. Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc. La entonación como recurso de cohesión del texto oral: Uso de los patrones de entonación.

3.2.3.2.2.5 La puntuación como recurso de cohesión del texto escrito: Uso de los signos de puntuación.

4. Criterios de evaluación

Se considerará que el alumno ha adquirido las competencias propias de este nivel, para cada destreza, cuando sea capaz de lo siguiente:

Comprensión oral.

Comprender instrucciones con información técnica sencilla, como, por ejemplo, instrucciones de funcionamiento de aparatos de uso frecuente, y seguir indicaciones detalladas.

Comprender generalmente las ideas principales de una conversación o discusión informal siempre que el discurso esté articulado con claridad y en lengua estándar.

En conversaciones formales y reuniones de trabajo, comprender gran parte de lo que se dice si está relacionado con su especialidad y siempre que los interlocutores eviten un uso muy idiomático y pronuncien con claridad.

Seguir generalmente las ideas principales de un debate largo que tiene lugar en su presencia, siempre que el discurso esté articulado con claridad y en una variedad de lengua estándar.

Comprender, en líneas generales, conferencias y presentaciones sencillas y breves sobre temas cotidianos siempre que se desarrollen con una pronunciación estándar y clara.

Comprender las ideas principales de muchos programas de radio o televisión que tratan temas cotidianos o actuales, o asuntos de interés personal o profesional, cuando la articulación es relativamente lenta y clara.

Comprender las ideas principales de los informativos radiofónicos y otro material grabado sencillo que trate temas cotidianos articulados con relativa lentitud y claridad.

Comprender muchas películas que se articulan con claridad y en un nivel de lengua sencillo, y donde los elementos visuales y la acción conducen gran parte del argumento.

Expresión e interacción oral.

Hacer declaraciones públicas breves y ensayadas, sobre un tema cotidiano dentro de su campo, que son claramente inteligibles a pesar de ir acompañadas de un acento y entonación inconfundiblemente extranjeros.

Hacer una presentación breve y preparada, sobre un tema dentro de su especialidad, con la suficiente claridad como para que se pueda seguir sin dificultad la mayor parte del tiempo y cuyas ideas principales estén explicadas con una razonable precisión, así como responder a preguntas complementarias de la audiencia, aunque puede que tenga que pedir que se las repitan si se habla con rapidez.

Desenvolverse en transacciones comunes de la vida cotidiana como son los viajes, el alojamiento, las comidas y las compras. Intercambiar, comprobar y confirmar información con el debido detalle. Enfrentarse a situaciones menos corrientes y explicar el motivo de un problema.

Iniciar, mantener y terminar conversaciones y discusiones sencillas cara a cara sobre temas cotidianos, de interés personal, o que sean pertinentes para la vida diaria (por ejemplo, familia, aficiones, trabajo, viajes y hechos de actualidad).

En conversaciones informales, ofrecer o buscar puntos de vista y opiniones personales al discutir sobre temas de interés; hacer comprensibles sus opiniones o reacciones respecto a las soluciones posibles de problemas o cuestiones prácticas, o a los pasos que se han de seguir (sobre adónde ir, qué hacer, cómo organizar un acontecimiento; por ejemplo, una excursión), e invitar a otros a expresar sus puntos de vista sobre la forma de proceder; describir experiencias y hechos, sueños, esperanzas y ambiciones; expresar con amabilidad creencias, opiniones, acuerdos y desacuerdos, y explicar y justificar brevemente sus opiniones y proyectos.

Tomar parte en discusiones formales y reuniones de trabajo habituales sobre temas cotidianos y que suponen un intercambio de información sobre hechos concretos o en las que se dan instrucciones o soluciones a problemas prácticos, y plantear en ellas un punto de vista con claridad, ofreciendo breves razonamientos y explicaciones de opiniones, planes y acciones.

Tomar la iniciativa en entrevistas o consultas (por ejemplo, para plantear un nuevo tema), aunque dependa mucho del entrevistador durante la interacción, y utilizar un cuestionario preparado para realizar una entrevista estructurada, con algunas preguntas complementarias.

Comprensión de lectura.

Comprender instrucciones sencillas y escritas con claridad relativas a un aparato.

Encontrar y comprender información relevante en material escrito de uso cotidiano, por ejemplo en cartas, catálogos y documentos oficiales breves.

Comprender la descripción de acontecimientos, sentimientos y deseos en cartas personales.

Reconocer ideas significativas de artículos sencillos de periódico que tratan temas cotidianos.

Expresión e interacción escrita.

Escribir notas en las que se transmite o requiere información sencilla de carácter inmediato y en las que se resaltan los aspectos que le resultan importantes.

Escribir cartas personales en las que se describen experiencias, impresiones, sentimientos y acontecimientos con cierto detalle, y en las que se intercambian información e ideas sobre temas tanto abstractos como concretos, haciendo ver los aspectos que se creen importantes, preguntando sobre problemas o explicándolos con razonable precisión.

Escribir informes muy breves en formato convencional con información sobre hechos comunes y los motivos de ciertas acciones.

Tomar notas, haciendo una lista de los aspectos importantes, durante una conferencia sencilla, siempre que el tema sea conocido y el discurso se formule de un modo sencillo y se articule con claridad.

Resumir breves fragmentos de información de diversas fuentes, así como realizar paráfrasis sencillas de breves pasajes escritos utilizando las palabras y la ordenación del texto original.

II. Nivel avanzado

1. Definición del nivel

El Nivel avanzado presentará las características del nivel de competencia B2, según este nivel se define en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Este nivel supone:

Utilizar el idioma con soltura y eficacia en situaciones habituales y más específicas que requieran comprender, producir y tratar textos orales y escritos conceptual y lingüísticamente complejos, en una variedad de lengua estándar, con un repertorio léxico amplio aunque no muy idiomático, y que versen sobre temas generales, actuales, o propios del campo de especialización del hablante.

2. Objetivos generales por destrezas

2.1 Comprensión oral.-Comprender textos extensos, bien organizados y lingüísticamente complejos que traten de temas tanto concretos como abstractos, incluso si son de carácter técnico siempre que estén dentro del propio campo de especialización, en una variedad de lengua estándar, articulados a velocidad normal, e incluso cuando las condiciones acústicas no sean buenas.

2.2 Expresión e interacción oral.-Producir textos claros y detallados, bien organizados y adecuados al interlocutor y propósito comunicativo, sobre temas diversos, así como defender un punto de vista sobre temas generales o relacionados con la propia especialidad, indicando los pros y los contras de las distintas opciones, y tomar parte activa en conversaciones extensas, incluso en un ambiente con ruidos, desenvolviéndose con un grado de corrección, fluidez y naturalidad que permita que la comunicación se realice sin esfuerzo por parte del hablante y sus interlocutores, aunque aquel aún cometa errores esporádicos.

2.3 Comprensión de lectura.-Leer con un alto grado de independencia textos extensos y complejos, adaptando el estilo y la velocidad de lectura a los distintos textos y finalidades y utilizando fuentes de referencia apropiadas de forma selectiva, y contar con un amplio vocabulario activo de lectura, aunque tenga alguna dificultad con expresiones poco frecuentes.

2.4 Expresión e interacción escrita.-Escribir textos claros y detallados sobre una amplia serie de temas relacionados con los propios intereses y especialidad, o sobre temas diversos, así como defender un punto de vista sobre temas generales, indicando los pros y los contras de las distintas opciones, o sintetizando y evaluando información y argumentos procedentes de varias fuentes.

3. Contenidos generales básicos

Los contenidos corresponden a las competencias parciales de diversos tipos que el alumno habrá de desarrollar para alcanzar los objetivos reseñados en el apartado anterior.

Estos contenidos se relacionan a continuación en apartados independientes, aunque en situaciones reales de comunicación todas las competencias parciales se activan simultáneamente. Por ello, en el proceso de enseñanza y aprendizaje deberán integrarse en un todo significativo a partir de los objetivos propuestos para cada destreza, de manera que el alumno adquiera las competencias necesarias a través de las actividades y tareas comunicativas que se propongan.

3.1 Competencias generales.

3.1.1 Contenidos nocionales.-El siguiente listado de contenidos nocionales incluye los conceptos básicos de los que se desglosarán las subcategorías correspondientes con sus exponentes lingüísticos para el nivel y para cada idioma.

3.1.1.1 Entidades: Expresión de las entidades y referencia a las mismas

3.1.1.2 Propiedades: Existencia, cantidad, cualidad y valoración

3.1.1.3 Relaciones: Espacio (ubicación absoluta y relativa en el espacio); tiempo (situación absoluta y relativa en el tiempo); estados, procesos y actividades (aspecto, modalidad, participantes y sus relaciones); relaciones lógicas (entre estados, procesos y actividades): conjunción, disyunción; oposición; comparación; condición, causa; finalidad; resultado; relaciones temporales (anterioridad, simultaneidad, posterioridad).

3.1.2 Contenidos socioculturales.-El alumno deberá adquirir un conocimiento de la sociedad y la cultura de las comunidades en las que se habla el idioma objeto de estudio, ya que una falta de competencia en este sentido puede distorsionar la comunicación. Se tendrán en cuenta las áreas siguientes:

Vida cotidiana (festividades, horarios, etc.).

Condiciones de vida (vivienda, trabajo, etc.).

Relaciones personales (estructura social y relaciones entre sus miembros).

Valores, creencias y actitudes (instituciones, arte, humor, etc.).

Lenguaje corporal (gestos, contacto visual, etc.).

Convenciones sociales (convenciones y tabúes relativos al comportamiento).

Comportamiento ritual (celebraciones, ceremonias, etc.).

3.2 Competencias comunicativas.

3.2.1 Competencias lingüísticas.

3.2.1.1 Contenidos léxico-semánticos: Repertorios léxicos y utilización (producción y comprensión) adecuada de los mismos en los contextos a los que se refieren los objetivos especificados para el nivel. Estos repertorios se desarrollarán teniendo en cuenta las siguientes áreas:

Identificación personal.

Vivienda, hogar y entorno.

Actividades de la vida diaria.

Tiempo libre y ocio.

Viajes.

Relaciones humanas y sociales.

Salud y cuidados físicos.

Educación.

Compras y actividades comerciales.

Alimentación.

Bienes y servicios.

Lengua y comunicación.

Clima, condiciones atmosféricas y medio ambiente.

Ciencia y tecnología.

3.2.1.2 Contenidos gramaticales.

3.2.1.2.1 Oración compuesta: Expresión de relaciones lógicas: Conjunción; disyunción; oposición; concesión; comparación; condición; causa; finalidad; resultado; relaciones temporales (anterioridad, posterioridad, simultaneidad).

3.2.1.2.2 Oración simple: Tipos de oración, elementos constituyentes y su posición. Fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.3 El sintagma nominal.

3.2.1.2.3.1 Núcleo: Sustantivo y pronombre (clases, género, número, caso).

3.2.1.2.3.2 Modificación del núcleo: Mediante determinantes (artículos, demostrativos, posesivos, cuantificadores), aposición, sintagma (nominal, adjetival, verbal, adverbial, preposicional), frase de relativo u oración.

3.2.1.3.2.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.3.2.4 Funciones sintácticas del sintagma (sujeto, objeto directo, etc.).

3.2.1.2.4 El sintagma adjetival.

3.2.1.2.4.1 Núcleo: Adjetivo (clases, género, número, caso, grado).

3.2.1.2.4.2 Modificación del núcleo: Mediante sintagma (nominal, adjetival, verbal, adverbial, preposicional) u oración.

3.2.1.3.4.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.3.4.4 Funciones sintácticas del sintagma (atributo, etc.).

3.2.1.2.5 El sintagma verbal.

3.2.1.2.5.1 Núcleo: Verbo (clases, tiempo, aspecto, modalidad, voz).

3.2.1.2.5.2 Modificación del núcleo: Negación, etc.

3.2.1.2.5.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.5.4 Funciones sintácticas del sintagma (verbo, sujeto, etc.).

3.2.1.2.6 El sintagma adverbial.

3.2.1.2.6.1 Núcleo: Adverbio y locuciones adverbiales (clases, grado).

3.2.1.2.6.2 Modificación del núcleo: Mediante sintagma adverbial, preposicional, etc.

3.2.1.2.6.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.6.4 Funciones sintácticas del sintagma (complemento circunstancial, etc.).

3.2.1.2.7 El sintagma preposicional.

3.2.1.2.7.1 Núcleo: Preposición y locuciones preposicionales (clases).

3.2.1.2.7.2 Modificación del núcleo: Mediante sintagma adverbial, preposicional, etc.

3.2.1.2.7.3 Posición de los elementos del sintagma y fenómenos de concordancia.

3.2.1.2.7.4 Funciones sintácticas del sintagma (complemento de régimen, etc.).

3.2.1.3 Contenidos ortográficos.

3.2.1.3.1 El alfabeto / los caracteres.

3.2.1.3.2 Representación gráfica de fonemas y sonidos.

3.2.1.3.3 Ortografía de palabras extranjeras.

3.2.1.3.4 Uso de los caracteres en sus diversas formas (mayúsculas, minúsculas, cursiva, etc.).

3.2.1.3.5 Signos ortográficos (acento, apóstrofo, diéresis, guión, etc.).

3.2.1.3.6 División de palabras al final de línea. Estructura silábica.

3.2.1.4 Contenidos fonéticos.

3.2.1.4.1 Sonidos y fonemas vocálicos y sus combinaciones.

3.2.1.4.2 Sonidos y fonemas consonánticos y sus agrupaciones.

3.2.1.4.3 Procesos fonológicos (ensordecimiento, sonorización, asimilación, elisión, palatalización, nasalización, epéntesis, alternancia vocálica, etc.).

3.2.1.4.4 Acento fónico / tonal de los elementos léxicos aislados.

3.2.1.4.5 Acento y atonicidad / patrones tonales en el sintagma y la oración.

3.2.2 Competencia sociolingüística.-Un enfoque centrado en el uso del idioma supone necesariamente su dimensión social. Los alumnos deberán adquirir las competencias sociolingüísticas que les permitan comunicarse con efectividad al nivel especificado.

3.2.2.1 Contenidos sociolingüísticos: marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía, estereotipos y modismos populares, registros, dialectos y acentos.

3.2.3 Competencias pragmáticas.

3.2.3.1 Contenidos funcionales.

3.2.3.1.1 Funciones o actos de habla asertivos, relacionados con la expresión del conocimiento, la opinión, la creencia y la conjetura: Afirmar; anunciar; apostillar; asentir; atribuir; clasificar; confirmar la veracidad de un hecho; conjeturar; corroborar; describir; desmentir; disentir; expresar acuerdo y desacuerdo; expresar desconocimiento; expresar duda; expresar escepticismo; expresar una opinión; formular hipótesis; identificar e identificarse; informar; objetar; predecir; rebatir; recordar algo a alguien; rectificar; replicar; suponer.

3.2.3.1.2 Funciones o actos de habla compromisivos, relacionados con la expresión de ofrecimiento, intención, voluntad y decisión: Acceder; admitir; consentir; expresar la intención o voluntad de hacer algo; invitar; jurar; negarse a hacer algo; ofrecer algo; ofrecer ayuda; ofrecerse a hacer algo; prometer; retractarse.

3.2.3.1.3 Funciones o actos de habla directivos, que tienen como finalidad que el destinatario haga o no haga algo, tanto si esto es a su vez un acto verbal como una acción de otra índole: Aconsejar; advertir; alertar; amenazar; animar; autorizar; dar instrucciones; dar permiso; demandar; denegar; desanimar; desestimar; dispensar o eximir a alguien de hacer algo; disuadir; exigir; intimidar; ordenar; pedir algo, ayuda, confirmación, consejo, información, instrucciones, opinión, permiso, que alguien haga algo; negar permiso a alguien; persuadir; prevenir a alguien en contra de algo o de alguien; prohibir; proponer; reclamar; recomendar; recordar algo a alguien; restringir; solicitar; sugerir; suplicar.

3.2.3.1.4 Funciones o actos de habla fáticos y solidarios, que se realizan para establecer o mantener el contacto social y expresar actitudes con respecto a los demás: aceptar y declinar una invitación; agradecer; atraer la atención; compadecerse; dar la bienvenida; despedirse; expresar condolencia; felicitar; hacer cumplidos; insultar; interesarse por alguien o algo; invitar; pedir disculpas; presentarse y presentar a alguien; rehusar; saludar.

3.2.3.1.5 Funciones o actos de habla expresivos, con los que se expresan actitudes y sentimientos ante determinadas situaciones: Acusar; expresar admiración, alegría o felicidad, aprecio o simpatía, aprobación y desaprobación, confianza y desconfianza, decepción, desinterés e interés, desprecio, disgusto, dolor, duda, escepticismo, esperanza y desesperanza, estima, insatisfacción, preferencia, resignación, satisfacción, sorpresa, temor, tristeza; defender; exculpar; lamentar; reprochar.

3.2.3.2 Contenidos discursivos: Un enfoque centrado en el uso del idioma supone considerar el texto como la unidad mínima de comunicación. Para que un texto sea comunicativamente válido, debe ser coherente con respecto al contexto en que se produce o se interpreta y ha de presentar una organización interna o cohesión que facilite su comprensión y que refleje, asimismo, la dinámica de comunicación en la que se desarrolla.

Los alumnos deberán adquirir, por tanto, las competencias discursivas que les permitan producir y comprender textos atendiendo a su coherencia y a su cohesión.

3.2.3.2.1 Coherencia textual: Adecuación del texto al contexto comunicativo.

3.2.3.2.1.1 Tipo y formato de texto.

3.2.3.2.1.2 Variedad de lengua.

3.2.3.2.1.3 Registro.

3.2.3.2.1.4 Tema. Enfoque y contenido: Selección léxica; selección de estructuras sintácticas; selección de contenido relevante.

3.2.3.2.1.5 Contexto espacio-temporal: Referencia espacial. Referencia temporal.

3.2.3.2.2 Cohesión textual: Organización interna del texto. Inicio, desarrollo y conclusión de la unidad textual.

3.2.3.2.2.1 Inicio del discurso: Mecanismos iniciadores (toma de contacto, etc.); introducción del tema; tematización.

3.2.3.2.2.2 Desarrollo del discurso.

3.2.3.2.2.2.1 Desarrollo temático.

3.2.3.2.2.2.1.1 Mantenimiento del tema: Correferencia (uso del artículo, pronombres, demostrativos; concordancia de tiempos verbales). Elipsis. Repetición (eco léxico; sinónimos, antónimos, hiperónimos, hipónimos, campos léxicos). Reformulación. Énfasis.

3.2.3.2.2.2.1.2 Expansión temática: Ejemplificación. Refuerzo. Contraste. Introducción de subtemas.

3.2.3.2.2.2.2 Cambio temático: Digresión. Recuperación de tema.

3.2.3.2.2.3 Conclusión del discurso: Resumen/recapitulación, indicación de cierre textual y cierre textual.

3.2.3.2.2.4 Mantenimiento y seguimiento del discurso oral: Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra. Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc. La entonación como recurso de cohesión del texto oral: Uso de los patrones de entonación.

3.2.3.2.2.5 La puntuación como recurso de cohesión del texto escrito: Uso de los signos de puntuación.

4. Criterios de evaluación

Se considerará que el alumno ha adquirido las competencias propias de este nivel, para cada destreza, cuando sea capaz de lo siguiente:

Comprensión oral.

Comprender declaraciones y mensajes, avisos e instrucciones detalladas sobre temas concretos y abstractos, en lengua estándar y con un ritmo normal.

Comprender discursos y conferencias extensos, e incluso seguir líneas argumentales complejas siempre que el tema sea relativamente conocido y el desarrollo del discurso se facilite con marcadores explícitos.

Comprender las ideas principales de conferencias, charlas e informes, y otras formas de presentación académica y profesional lingüísticamente complejas.

Comprender la mayoría de los documentales radiofónicos y otro material grabado o retransmitido en lengua estándar, e identificar el estado de ánimo y el tono del hablante.

Comprender la mayoría de las noticias de la televisión y de los programas sobre temas actuales.

Comprender documentales, entrevistas en directo, debates, obras de teatro y la mayoría de las películas en lengua estándar.

Comprender con todo detalle lo que se le dice directamente en conversaciones y transacciones en lengua estándar, incluso en un ambiente con ruido de fondo.

Captar, con algún esfuerzo, gran parte de lo que se dice a su alrededor.

Comprender las discusiones sobre asuntos relacionados con su especialidad y entender con todo detalle las ideas que destaca el interlocutor.

Expresión e interacción oral.

Hacer declaraciones públicas sobre la mayoría de temas generales con un grado de claridad, fluidez y espontaneidad que no provoca tensión o molestias al oyente.

Realizar con claridad y detalle presentaciones preparadas previamente sobre una amplia serie de asuntos generales o relacionados con su especialidad, explicando puntos de vista sobre un tema, razonando a favor o en contra de un punto de vista concreto, mostrando las ventajas y desventajas de varias opciones, desarrollando argumentos con claridad y ampliando y defendiendo sus ideas con aspectos complementarios y ejemplos relevantes, así como responder a una serie de preguntas complementarias de la audiencia con un grado de fluidez y espontaneidad que no supone ninguna tensión ni para sí mismo ni para el público.

En una entrevista, tomar la iniciativa, ampliar y desarrollar sus ideas, bien con poca ayuda, bien obteniéndola del entrevistador si la necesita.

En transacciones e intercambios para obtener bienes y servicios, explicar un problema que ha surgido y dejar claro que el proveedor del servicio o el cliente debe hacer concesiones.

Participar activamente en conversaciones y discusiones formales, debates y reuniones de trabajo, sean habituales o no, en las que esboza un asunto o un problema con claridad, especulando sobre las causas y consecuencias y comparando las ventajas y desventajas de diferentes enfoques, y en las que ofrece, explica y defiende sus opiniones y puntos de vista, evalúa las propuestas alternativas, formula hipótesis y responde a éstas, contribuyendo al progreso de la tarea e invitando a otros a participar.

Participar activamente en conversaciones informales que se dan en situaciones cotidianas, haciendo comentarios; expresando y defendiendo con claridad sus puntos de vista; evaluando propuestas alternativas; proporcionando explicaciones, argumentos, y comentarios adecuados; realizando hipótesis y respondiendo a éstas; todo ello sin divertir o molestar involuntariamente a sus interlocutores, sin exigir de ellos un comportamiento distinto del que tendrían con un hablante nativo, sin suponer tensión para ninguna de las partes, transmitiendo cierta emoción y resaltando la importancia personal de hechos y experiencias.

Comprensión de lectura.

Comprender instrucciones extensas y complejas que estén dentro de su especialidad, incluyendo detalles sobre condiciones y advertencias, siempre que pueda volver a leer las centro_cursivaes difíciles.

Identificar con rapidez el contenido y la importancia de noticias, artículos e informes sobre una amplia serie de temas profesionales.

Leer correspondencia relativa a su especialidad y captar fácilmente el significado esencial.

Comprender artículos e informes relativos a asuntos actuales en los que los autores adoptan posturas o puntos de vista concretos.

Comprender prosa literaria contemporánea.

Expresión e interacción escrita.

Escribir notas en las que se transmite o requiere información sencilla de carácter inmediato y en las que se resaltan los aspectos que le resultan importantes.

Escribir cartas en las que se expresan noticias y puntos de vista con eficacia, se transmite cierta emoción, se resalta la importancia personal de hechos y experiencias, y se comentan las noticias y los puntos de vista de la persona a la que escribe y de otras personas.

Escribir informes que desarrollan un argumento, razonando a favor o en contra de un punto de vista concreto y explicando las ventajas y las desventajas de varias opciones.

Escribir reseñas de películas, de libros o de obras de teatro.

Tomar notas sobre aspectos que le parecen importantes en una conferencia estructurada con claridad sobre un tema conocido, aunque tienda a concentrarse en las palabras mismas y pierda por tanto alguna información.

Resumir textos tanto factuales como de ficción, comentando y analizando puntos de vista opuestos y los temas principales, así como resumir fragmentos de noticias, entrevistas o documentales que contienen opiniones, argumentos y análisis, y la trama y la secuencia de los acontecimientos de películas o de obras de teatro.

ANEXO II
Documentos de evaluación

Los documentos oficiales que deben ser utilizados en la evaluación para las enseñanzas de idiomas de régimen especial serán los siguientes: El expediente académico y las actas de calificación.

a) De los documentos reseñados en el párrafo anterior, el expediente académico se considera el documento básico que garantiza el traslado de los alumnos entre los distintos centros, y deberá incluir los datos de identificación del centro y los datos personales del alumno, los datos de matrícula: Número, modalidad de enseñanza, idioma, nivel y curso, año académico y las calificaciones obtenidas.

b) El expediente académico recogerá información referida al acceso directo a cursos y niveles, renuncia de matrícula, superación del número de convocatorias establecido, traslado a otro centro y cambio de modalidad.

c) El expediente académico incluirá información sobre la propuesta de expedición del certificado del nivel correspondiente.

d) En el expediente académico se hará constar la estructura de niveles y cursos, así como el número mínimo de horas lectivas por curso, de acuerdo con lo que hayan establecido las distintas Administraciones educativas.

e) La custodia y archivo de los expedientes académicos corresponden a los centros, y se realizarán de acuerdo con el procedimiento que determinen las diferentes Administraciones educativas.

f) Los alumnos podrán solicitar certificación de los datos recogidos en su expediente académico, que será firmado por el secretario del centro con el visto bueno del director del mismo.

g) Las actas de calificación se extenderán al término de cada uno de los cursos de cada nivel. Estas actas incluirán la relación nominal de alumnos junto con la calificación del curso, de acuerdo con lo que determinen las Administraciones educativas; serán firmadas por los profesores del departamento didáctico correspondiente y deberán contar con el visto bueno del Jefe del Departamento.

h) Las calificaciones en las enseñanzas de idiomas de régimen especial se expresarán en los siguientes términos: Apto o No Apto.

ANEXO III
Equivalencias entre las enseñanzas reguladas por el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre, las reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio, y las enseñanzas a las que se refiere este real decreto

Enseñanzas reguladas por el RD 967/1988, de 2 de septiembre

Enseñanzas reguladas por el RD 944/2003, de 18 de julio

Enseñanzas reguladas por el presente RD

1.er curso del Ciclo Elemental.

1.er curso de Nivel Básico.

Nivel Básico (A2).

2.º curso del Ciclo Elemental.

2.º curso de Nivel Básico.

Certificado de Nivel Básico

3.er curso del Ciclo Elemental y certificación académica del Ciclo Elemental.

Nivel Intermedio (B1) y Certificado de Nivel Intermedio.

1.er curso del Ciclo Superior.

Nivel Avanzado (B2).

2.º curso del Ciclo Superior.

Certificado de Aptitud.*

Certificado de Nivel Avanzado.*

* El Certificado de Aptitud y el de Nivel Avanzado serán equivalentes a efectos académicos.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 29/12/2006
  • Fecha de publicación: 04/01/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 05/01/2007
  • Fecha de derogación: 24/12/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15367).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 3.6 y se fija el currículo, estructura y pruebas del nivel básico e intermedio de alemán, en régimen especial a distancia, en el ámbito MEC: Orden ECD/1800/2015, de 1 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-9674).
    • con el art. 3.2 y regula la enseñanza de nivel intermedio del español com lengua extranjera en el ámbito MECD: Orden ECD/1308/2015, de 8 de junio (Ref. BOE-A-2015-7357).
    • regulando las características correspondientes al nivel avanzado de las enseñanzas de inglés adaptadas a la modalidad de educación a distancia: Orden ECD/1211/2014, de 8 de julio (Ref. BOE-A-2014-7411).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 1.1, por Real Decreto 426/2013, de 14 de junio (Ref. BOE-A-2013-7325).
    • el art. 1.1, por Real Decreto 999/2012, de 29 de junio (Ref. BOE-A-2012-9367).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre las especialidades de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: Real Decreto 336/2010, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2010-5663).
    • regulando las características correspondientes al nivel básico e intermedio de las enseñanzas de inglés adaptadas a la modalidad de eduación a distancia: Orden ESD/1742/2008, de 17 de junio (Ref. BOE-A-2008-10441).
    • regulando las características correspondientes al nivel básico de las enseñanzas de inglés adaptadas a la modalidad de eduación a distancia: Orden ECI/2908/2007, de 2 de octubre (Ref. BOE-A-2007-17583).
    • regulando las características correspondientes al nivel básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de alemán de las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla: Orden ECI/2891/2007, de 2 de octubre (Ref. BOE-A-2007-17494).
    • regulando las características y la organización del nivel básico de las enseñanzas de árabe, francés e inglés de las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla y los currículos respectivos: Orden ECI/1457/2007, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-2007-10660).
    • estableciendo los currículos y las pruebas correspondientes a los niveles intermedio y avanzado de árabe, francés e inglés de las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla: Orden ECI/1456/2007, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-2007-10659).
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO:
    • En la forma indicada el Real Decreto 423/2005, de 18 de abril (Ref. BOE-A-2005-7030).
    • En la forma indicada el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio (Ref. BOE-A-2003-15366).
    • En la forma indicada el Real Decreto 47/1992, de 24 de enero (Ref. BOE-A-1992-2508).
    • En la forma indicada el Real Decreto 1523/1989, de 1 de diciembre (Ref. BOE-A-1989-29640).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 59 a 62 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-2006-7899).
  • CITA Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-21208).
Materias
  • Currículo
  • Enseñanza de Idiomas
  • Escuelas de Idiomas

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