El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, pretende potenciar la calidad de la formación, así como su evaluación, estableciendo en sus artículos 36 y 37 que el Servicio Público de Empleo Estatal promoverá y garantizará la calidad de las iniciativas de formación que integran el subsistema de formación profesional para el empleo y llevará a cabo un seguimiento y evaluación de tales acciones al objeto de asegurar su eficacia y adecuación permanente a las necesidades del mercado de trabajo. En desarrollo del citado Real Decreto, en materia de formación de oferta, la Orden TAS/2388/2007, de 2 de agosto, del Servicio Público de Empleo Estatal, que contempla las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación mediante convenios, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, establece en su artículo 36.3 que el Servicio Público de Empleo Estatal fomentará y garantizará la implantación de sistemas y dispositivos de mejora continua de la calidad en los centros que impartan las acciones formativas a través de la evaluación de la calidad y que para medir dicha calidad fijará criterios e indicadores de acuerdo con el «cuestionario de evaluación de calidad», que se publicará mediante Resolución del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, establece dicho precepto que los propios centros y entidades impartidoras evaluarán la calidad de la formación que ejecuten e informarán al Servicio Público de Empleo Estatal sobre los resultados de la misma. En virtud de lo expuesto, y previa propuesta del Patronato de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, dispongo:
Artículo 1.
La presente resolución tiene por objeto la publicación del «cuestionario de evaluación de calidad», por el que se fijan los criterios e indicadores para medir la calidad de la formación en los centros y entidades que impartan las acciones formativas de oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.3 de la Orden TAS/2388/2007, de 2 de agosto, por la que se regula la formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito de la Administración General del Estado.
Artículo 2.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de octubre 2007.-El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Eduardo González López.
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