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Documento BOE-A-2007-21760

Resolución de 23 de noviembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para el desarrollo del programa Ciudadanía digital, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2007, páginas 51908 a 51912 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-21760

TEXTO ORIGINAL

Suscrita adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo del programa Ciudadanía digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 23 de noviembre de 2007.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CIUDADANÍA DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 16 de noviembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

Y de otra, D. Carles Manera Erbina, Conseller d'Economia, Hisenda i Innovació del Gobierno de las Illes Balears, nombrado por decreto del Presidente del Gobierno de las Illes Balears 10/2007, de 6 de julio, con competencia para autorizar convenios y acuerdos que le han sido atribuidos según los artículos 11.b) y c) en relación con el articulo 80.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en nombre y representación de la misma, con sede en Palma de Mallorca, Baleares.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 21 de julio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Consejería de Economía, Hacienda e Innovación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el articulo 30 del Estatuto de Autonomía de la Illes Balears (Ley Orgánica 1/2007 de 28 de febrero de reforma Estatuto de Autonomía de la Illes Balears) en cuanto a investigación, innovación y desarrollo científico y técnico.

Que en el Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas IV. Las tecnologías relacionadas con el tratamiento de la información están experimentando un proceso de transformación e implantación enorme. Se está transformando la relación entre la administración y los ciudadanos. El Govern de les Illes Balears no puede eludir su responsabilidad de actuar como dinamizador de tales transformaciones y orientador de los cambios. El desarrollo de la Sociedad de la Información representa un importante instrumento para superar las desigualdades consecuencia de las barreras geográficas, sociales y económicas que tradicionalmente han restringido el acceso a multitud de servicios, ofreciendo un ilimitado potencial para promover la igualdad de oportunidades a los ciudadanos. En este sentido la Administración de las Illes Balears ha elaborado el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears 2005-2008, promovido por la Dirección General de Recerca, Desarrollo Tecnológico e Innovación que contempla el desarrollo de investigaciones en el campo de las TICs como eje transversal del plan, en áreas estratégicas para el desarrollo de Baleares en Turismo, Medio Ambiente y Ciencias de la Salud. V. Que el Programa Ciudadanía Digital enmarcado en el área de actuación de «Hogar e Inclusión de Ciudadanos» del Plan Avanza, se orienta a incrementar el número de usuarios de Internet. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (EBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet. Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua. Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma. Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo. Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares. Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Ciudadanía Digital en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Autónoma de las Illes Balears se compromete por la presente adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa Ciudadanía Digital en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Ciudadanía Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears con fecha 21 de julio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular:

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público, una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma o un centro tecnológico especializado en TIC debidamente reconocido. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho ente de Derecho Público, Empresa Pública o centro tecnológico de la Comunidad Autónoma deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Financiadores

Aportaciones Económicas - (€) 2007

Aportaciones Económicas - (€) 2008

Total - €

MITYC

393.312

-

393.312

CA

297.189

292.779

589.968

Total Administraciones Públicas

690.501

292.779

983.280

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 400.372 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

Referencia de la CA a la partida presupuestaria de la que extrae los fondos aportados cuando sea necesario La Comunidad Autónoma de les Illes Balears aportará las cantidades que se detallan a continuación:

87.834 euros de la partida presupuestaria 14901 542A01 44401 del ejercicio 2007.

204.945 euros de la partida presupuestaria 14901 542A01 74401 del ejercicio 2007. 4.410 euros de la partida presupuestaria 14801 521B01 64000 00 del ejercicio de 2007. 178.595 euros de la partida presupuestaria 14901 542A01 44401 o la correspondiente al ejercicio 2008. 114.184 euros de la partida presupuestaria 14901 542A0174401 o la correspondiente al ejercicio 2008.

Estas partidas podrán ser modificadas como consecuencia de la naturaleza del beneficiario.

Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el Anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa Ciudadanía Digital, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

Programa Ciudadanía digital

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Apoyo a la publicación de fondos documentales de particulares y asociaciones.

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Esta actuación se dirige a facilitar la publicación de fondos documentales en manos de particulares o asociaciones. El objetivo es contribuir a la publicación electrónica y al mantenimiento de estos archivos en su forma digital de modo que pasen a formar parte del dominio público y del acervo cultural común en lugar de permanecer en el ámbito privado del conocimiento. El modo en el que se articula este objetivo es a través de proporcionar financiación para equipamiento, servicios ISP, servicios de asesoría, formación, dinamización de uso y mantenimiento de espacios web.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de proyectos de publicación completados.

Número de asociaciones involucradas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias Aportaciones económicas o acciones complementarias:

2007 - Euros

2008 - Euros

MITYC

164.372

CA

123.279

123.279

Total ejercicio

287.651

123.279

Total proyecto

410.930

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Euros

CA

410.930

Total

410.930

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Un funcionario de carrera de la CCAA de las Illes Balears.

6. Periodo de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 2. Uso seguro de internet entre jóvenes.

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-El objetivo es dar a conocer a los jóvenes, padres y educadores aspectos relativos al uso seguro de Internet. Además, se realizará un estudio sociológico (el primero de estas características en Baleares) sobre el comportamiento y hábitos de uso de Internet entre los jóvenes de Baleares.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de visitas a la web (cifras absolutas y crecimiento relativo).

Número de empresas adheridas al sello. Incremento en el número de páginas incorporadas a la web (contenidos). Actividades de difusión del proyecto. Número de entidades adheridas al proyecto. Número de colegios que participan en las charlas dentro del taller de «red segura». Número de charlas en asociaciones de padres. Número de apariciones en medios de comunicación. Número de artículos académicos e índice de impacto sobre Internet y menores. Número de docentes a los que alcanza la guía para docentes de primaria y secundaria.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

2007 - Euros

2008 - Euros

MITYC

18.000

CA

13.500

13.500

Total ejercicio

31.500

13.500

Total proyecto

45.000

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Euros

CA

45.000

Total

45.000

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Un funcionario de carrera de la CCAA de las Illes Balears.

6. Periodo de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 3. Tercera edad e internet. 1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-El objetivo es dar continuidad y profundizar en las tareas iniciadas en 2006, creando un mayor número de telecentros para la tercera edad, y proporcionando a este colectivo formación en el uso de las TIC. El objetivo es llegar a 70 cursos presenciales y conseguir el equipamiento de 15 nuevos centros.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

a) Celebración de 70 cursos presenciales.

b) Equipar 15 nuevos centros.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias Aportaciones económicas o acciones complementarias:

2007 - Euros

2008 - Euros

MITYC

90.000

CA

67.500

67.500

Total ejercicio

157.500

67.500

Total proyecto

225.000

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Euros

CA

225.000

Total

225.000

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Un funcionario de carrera de la CCAA de las Illes Balears.

6. Periodo de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 4. Alfabetización digital a través de asociaciones ciudadanas y agencias de desarrollo local.

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-El objetivo es crear telecentros que se irán trasladando entre distintos barrios, para evitar la brecha digital. La actuación se desarrollará en colaboración con las asociaciones ciudadanas y agencias de desarrollo local. Para la reducción de esta brecha es necesaria la realización de campañas de alfabetización digital en la utilización de estas nuevas tecnologías y paliar que la aparición de nuevos sistemas y nuevas tecnologías cada vez más complejas de utilizar sea limitante para todas aquellas personas de mediana o avanzada edad.

El objetivo es llegar a 70 cursos presenciales y conseguir el equipamiento de 10 nuevos centros itinerantes. 2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Estudio de análisis de las necesidades formativa de la población.

Plan de formación. Creación de espacios de formación itinerantes. Número de cursos de formación realizados. Número de ciudadanos que han asistido a la formación.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias Aportaciones económicas o acciones complementarias:

2007 - Euros

2008 - Euros

MITYC

88.000

CA

66.000

66.000

Total ejercicio

154.000

66.000

Total proyecto

220.000

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Euros

CA

220.000

Total

220.000

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Un funcionario de carrera de la CCAA de las Illes Balears.

6. Periodo de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 5. Discapacitados.

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Tras el proyecto realizado en el marco del plan avanza 2006 en el ámbito de discapacidad consistente en la implantación de un ratón facial y su adaptación personalizada para los usuarios, hemos detectado que este colectivo, al igual que otros en riesgo de exclusión de la sociedad de la información, necesita en muchos casos no una adaptación a las TICs, sino, simplemente, acceder a ellas. Muchos miembros adultos de este colectivo no han tenido la oportunidad de acercarse a las TICs, lo que supone una doble barrera de entrada a la sociedad de la información. En muchos centros que trabajan con personas con discapacidad, -física, psíquica o sensorial-, en edad escolar ya se está trabajando con las TICs como una herramienta más para el aprendizaje de los niños. Sin embargo, para muchos adultos con discapacidad la primera barrera la constituye el hecho mismo de no encontrar cursos dirigidos específicamente a ellos.

El objetivo de esta actuación, por tanto, será crear aulas de aprendizaje especialmente equipadas para personas con discapacidad física, sensorial, y psíquica respectivamente, de modo que el equipamiento ya contemple las especiales necesidades de los usuarios (pizarras interactivas, teclados adaptados, etc). Además. Los cursos que se organicen incidirán en el colectivo al que se dirigen tanto para incentivar su incorporación a la sociedad de la información como para motivarles en el uso continuado y las ventajas que ello reporta a su calidad de vida diaria. En nuestra experiencia, el colectivo de personas con discapacidad se agrupa en torno a multitud de asociaciones, lo que hace que, en la práctica, consideremos más eficiente crear aulas para cada tipo de discapacidad en lugar de crear telecentros en cada asociación. Cada centro dará servicio a todas las personas con la discapacidad correspondiente, es decir, se creará el centro para físicos, etc., y lo que se hará es completar tantas series de cursos como sean necesarias. De este modo se maximiza la inversión dirigiéndola al objetivo final de servir para ayudar en un primer acceso y toma de contacto para tantos miembros de este colectivo como sea necesario. Por otra parte, se prevé abrir una línea de ayudas para la compra de material adaptado por parte de las diferentes asociaciones interesadas. 2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de aulas creadas y puestos de trabajo en cada aula.

Número de cursos impartidos (+ número de horas de clase). Número de usuarios que han seguido el curso.

Actividades desarrolladas por cada asociación para sus miembros tras el curso (específicas)

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin. 3. Aportaciones económicas o acciones complementarias Aportaciones económicas o acciones complementarias:

2007 - Euros

2008 - Euros

MITYC

30.000

CA

22.500

22.500

Total ejercicio

52.500

22.500

Total proyecto

75.000

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2008

Euros

CA

75.000

Total

75.000

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Un funcionario de carrera de la CCAA de las Illes Balears.

6. Periodo de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 6. Formación en TIC a colectivos en riesgo de exclusión de la SI.

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Incluye tres acciones concretas orientadas a facilitar a los grupos de población con menos posibilidades de acceder a las nuevas tecnologias (mayores, mujeres e inmigrantes) un mayor conocimiento de las mismas: Proyecto mayores en red. Durante el mes de febrero se puso en funcionamiento el proyecto piloto de formación para iniciar a las personas mayores en el uso de internet durante los viajes de Imserso.

Se trata de una experiencia pionera a todas las Comunidades Autónomas, que facilita el acceso de las nuevas tecnologías a las personas mayores. Gracias a la colaboración de Imserso con el Instituto Tecnológico Hotelero, un grupo de hoteles con posibilidad de equipar un aula informáticamente ofertan cursos prácticos de una hora diaria (durante el tiempo de su estancia) a cargo de un instructor. Otras comunidades autónomas esperan conocer la respuesta de esta iniciativa pionera para implantarla. Jornadas de divulgación y de formación para el colectivo de mujeres. Estas jornadas se llevaron a cabo durante el mes de marzo. Se trata de una serie de sesiones de interés divulgador sobre el uso de las Nuevas Tecnologías, que se pudieron completar con cursos gratuitos de iniciación a internet. Para llevar a término estas iniciativas, Fundetec pondrá a disposición del Govern de las Illes Balears sus páginas web especializadas y sus contenidos temáticos orientados a colectivos en situación de exclusión digital con la finalidad de impulsar los proyectos que se lleven a término para evitar la llamada «brecha digital» Cabe destacar que esta serie de acciones se encuentran dentro de las actuaciones previstas que la Conselleria d'Economia, Hisenda i Innovació, mediante la Dirección General de Tecnología y Comunicaciones, lleva a término para poder potenciar y fomentar el uso de las nuevas tecnologías en las islas. Desde la Conselleria se establecen todas las medidas para proporcionar también estos avances a los diferentes sectores de la sociedad y realizar actuaciones para evitar la «brecha digital», es decir favorecer el acceso a las nuevas tecnologías a la población mas desfavorecida al respecto, como es, la tercera edad, amas de casa y emigrantes.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de personas mayores que disfrutarán de la formación (objetivo = 200).

Número de horas de formación por curso (objetivo = 12). Número de mujeres que disfrutarán de la formación (objetivo = 200). Número de horas de formación por curso (objetivo = 12).

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Euros 2007

MITYC

2.940

CA

4.410

Total ejercicio

7.350

Total proyecto

7.350

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2007

Euros

CA

7.350

Total

7.350

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Un funcionario de carrera de la CCAA de las Illes Balears.

6. Periodo de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

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