La Obra Pía de los Santos Lugares de Jerusalén es una institución estatal centenaria ligada a la presencia de España en Tierra Santa que sirve a la cooperación religiosa y humanitaria y contribuye a la difusión de España y su cultura entre los pueblos del Mediterráneo y Oriente. Su gobierno corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación por medio de una Junta de Patronato cuya presidencia ostenta el Ministro. La Ley de 3 de junio de 1940 por la que la Obra Pía se constituye en institución autónoma dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores prevé en su artículo cuarto la facultad del Ministro de delegar la presidencia en el Subsecretario del Departamento. Los principios de descentralización funcional, eficacia y agilidad aconsejan delegar la presidencia en la Subsecretaria de Asuntos Exteriores y de Cooperación. La presente Orden se aprueba de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con el artículo cuarto de la Ley de 3 de junio de 1940 por la que se constituye en Institución autónoma a la Obra Pía de los Santos Lugares de Jerusalén. En su virtud dispongo:
Artículo único. Delegación de la Presidencia de la Junta de Patronato.
Delegar la presidencia de la Junta de Patronato de la Obra Pía de los Santos Lugares de Jerusalén en la Subsecretaria de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta Orden tendrá efectos desde el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de diciembre de 2007.-El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid