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Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 1 de julio de 2006 de conformidad con lo establecido en el artículo VIII b) VII) 2) del Convenio y en el artículo VI del Protocolo de 1988.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 26 de enero de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas
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