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Documento BOE-A-2007-6099

Resolución de 7 de marzo de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial definitiva para 2006 y la provisional para 2007, del Convenio colectivo para la industria de alimentos compuestos para animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2007, páginas 12519 a 12520 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-6099
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/03/07/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial definitiva para el año 2006 y la provisional para el 2007 del Convenio Colectivo para la Industria de Alimentos Compuestos para Animales (Código de Convenio n.º 9900275), publicado en el B.O.E. de 18.1.2007, revisión que fue suscrita, con fecha 26 de enero de 2007, de una parte por la organización empresarial CESFAC, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero: Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 7 de marzo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

CONVENIO COLECTIVO LABORAL

Fabricación de alimentos compuestos para animales. Año 2006 (definitivo)

Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

Euros

Salario base

Salario base + pagas extras año

Euros/día

Euros/mes

A) Personal técnico

1. Titulado Superior

914,46

14.631,36

2. Titulado Grado Medio

884,57

14.153,12

3. No Titulado

827,13

13.234,08

B) Personal auxiliar de laboratorio

1. Auxiliar de Laboratorio

745,58

11.929,28

2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio

587,55

9.400,80

C) Personal de informática

1. Jefe de Equipo de Informática

884,57

14.153,12

2. Analista

827,13

13.234,08

3. Jefe de Explotación

812,50

13.000,00

4. Programador de Ordenador

793,16

12.690,56

5. Operador de Ordenador

762,91

12.206,56

D) Personal administrativo

1. Jefe Administrativo

884,57

14.153,12

2. Oficial Administrativo de 1.ª

827,13

13.234,08

3. Oficial Administrativo de 2.ª

793,16

12.690,56

4. Auxiliar Administrativo

745,58

11.929,28

5. Aspirante Administrativo

587,55

9.400,80

E) Personal comercial

1. Jefe de Ventas y/o Compras

884,57

14.153,12

2. Jefe de Zona

827,13

13.234,08

3. Promotor de Ventas

793,16

12.690,56

F) Personal de producción

1. Jefe de fábrica

884,57

14.153,12

2. Encargado

26,57

12.886,45

3. Oficial de 1.ª

25,72

12.474,20

4. Oficial de 2.ª

25,25

12.246,25

5. Especialista

24,85

12.052,25

6. Peón

24,41

11.838,85

G) Personal de mantenimiento y transporte

1. Encargado

26,57

12.886,45

2. Oficial de 1.ª (Chofer)

26,04

12.629,40

3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades)

25,72

12.474,20

4. Oficial de 2.ª

25,25

12.246,25

5. Ayudante

24,85

12.052,25

6. Aprendiz

19,29

9.355,65

H) Personal subalterno

1. Ordenanza

745,58

11.929,28

2. Vigilante

740,47

11.847,52

3. Botones

587,55

9.400,80

4. Personal de Limpieza

24,41

11.838,85

5. Personal de Limpieza (1/2 jornada)

12,21

5.921,85

Fórmula de cálculo valor hora:

Salario base año + pagas extraordinarias + Antigüedad año

Horas anuales de trabajo(*)

(*) 2006 y 2007 -1767 horas; 2008 -1760 horas

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda

2006

definitivo

Artículo 22.º Prima de asistencia

6,19

Artículo 41.º Gastos de desplazamiento

Comida

10,46

Cena

10,46

Alojamiento

18,95

Desayuno

2,98

Artículo 42.º Quebrando de moneda

19,48

CONVENIO COLECTIVO LABORAL

Fabricación de alimentos compuestos para animales. Año 2007 (provisional)

Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

Euros

Salario base

Salario base + pagas extras año

Euros/día

Euros/mes

A) Personal técnico

1. Titulado Superior

932,75

14.924,00

2. Titulado Grado Medio

902,26

14.436,16

3. No Titulado

843,67

13.498,72

B) Personal auxiliar de laboratorio

1. Auxiliar de Laboratorio

760,49

12.167,84

2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio

599,30

9.588,80

C) Personal de informática

1. Jefe de Equipo de Informática

902.26

14.436,16

2. Analista

843,67

13.498,72

3. Jefe de Explotación

828,75

13.260,00

4. Programador de Ordenador

809,02

12.944,32

5. Operador de Ordenador

778,17

12.450,72

D) Personal administrativo

1. Jefe Administrativo

902,26

14.436,16

2. Oficial Administrativo de 1.ª

843,67

13.498,72

3. Oficial Administrativo de 2.ª

809,02

12.944,32

4. Auxiliar Administrativo

760,49

12.167,84

5. Aspirante Administrativo

599,30

9.588,80

E) Personal comercial

1. Jefe de Ventas y/o Compras

902,26

14.436,16

2. Jefe de Zona

843,67

13.498,72

3. Promotor de Ventas

809,02

12.94,32

F) Personal de producción

1. Jefe de fábrica

902,26

14.436,16

2. Encargado

27,10

13,143,50

3. Oficial de 1.ª

26,23

12.721,55

4. Oficial de 2.ª

25,76

12.493,60

5. Especialista

25,35

12.29475

6. Peón

24,90

12.076,50

G) Personal de mantenimiento y transporte

1. Encargado

27,10

13,143,50

2. Oficial de 1.ª (Chofer)

26,56

12.881,60

3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades)

26,23

12.721,55

4. Oficial de 2.ª

25,76

12.493,60

5. Ayudante

25,35

12.294,75

6. Aprendiz

19,68

9.544,80

H) Personal subalterno

1. Ordenanza

760,49

12.167,84

2. Vigilante

755,28

12.084,48

3. Botones

599,30

9.588,80

4. Personal de Limpieza

24,90

12.076,50

5. Personal de Limpieza (1/2 jornada)

12,45

6.038,25

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda

2007

provisional

Artículo 22.º Prima de asistencia

6,31

Artículo 41.º Gastos de desplazamiento

Comida

10,67

Cena

10,67

Alojamiento

19,33

Desayuno

3,04

Artículo 42.º Quebrando de moneda

19,87

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/2007
  • Fecha de publicación: 22/03/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 1 de diciembre de 2006 (Ref. BOE-A-2007-1098).
Materias
  • Alimentos para animales
  • Convenios colectivos
  • Piensos

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