El artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, señala que las Cartas de Servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente. Establece igualmente dicho artículo que las mencionadas Cartas de Servicios así como sus actualizaciones, deberán ser previamente informadas por la Secretaría General para la Administración Pública. En su virtud, previo informe favorable de la Secretaría General para la Administración Pública, he resuelto lo siguiente:
Primero.-Aprobar la actualización de la Carta de Servicios correspondiente a los servicios prestados por la Dirección General del Catastro.
Segundo.-Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero.-Ordenar que dicha Carta de Servicios sea objeto de difusión en los términos de los apartados 3 y 4 del citado artículo 11.
Madrid, 19 de marzo de 2007.-La Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid