Visto el texto de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2006 del Convenio colectivo de la empresa de desinfección, desinsectación y desratización, (Código de convenio n.º 9907605), que fue suscrito con fecha 28 de marzo de 2007, de una parte por las Asociaciones empresariales ANECPLA y FAECPE, en representación de las empresas del Sector y de otra por las Organizaciones Sindicales FES-UGT, FEAA.DD-CC.OO y FESUSO, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 3 de mayo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
D. Vicente San Segundo-Congosto (FeS UGT).
D. José Luis Segura (FeS -UGT). D. Antonio Moruno (FeS -UGT). D. Jesús Martínez (FE AA.DD -CCOO). D.ª Eva María Soria (FES -USO). D. José Manuel González (ANECPLA). D.ª Milagros Fdez. de Lezeta (ANECPLA). D. Angel Manuel Sereno (FAECPE). D. Manuel Abolafio (FAECPE).
En Madrid, a 28 de marzo de 2007, siendo las 11,00 horas, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo estatal de las empresas de desinfección, desinsectación y desratización, formada por los al margen reseñados, en la sede de ANECPLA, Pol. Ind. Vallecas ctra. Villaverde-Vallecas Km. 1'8. Edif. Hormigueras 3.º izqda. 28031 Madrid.
Actúa como Secretaria D.ª Eva María Soria de USO, siendo el orden del día el siguiente: revisión definitiva de las tablas salariales del convenio correspondientes al año 2006, en aplicación del art. 26.b del convenio colectivo estatal. En aplicación del art. 26.b del convenio, las partes proceden en este acto a la revisión de las tablas salariales correspondientes al año 2006, llegando al siguiente acuerdo:
Tablas salariales para el año 2006
Categorías |
Salario base mensual |
Salario anual |
Plus de antigüedad 1 quinquenio |
Plus limpieza ropa (11 meses) |
Jefe superior |
1.125,87 |
15.762,18 |
45,03 |
- |
Técnico garante |
1.125,87 |
15.762,18 |
45,03 |
- |
Jefe 1.ª |
963,86 |
13.494,04 |
38,55 |
- |
Jefe 2.ª |
963,86 |
13.494,04 |
38,55 |
- |
Supervisor de servicio |
842,93 |
11.801,02 |
33.71 |
- |
Oficial 1.ª |
842,93 |
11.801,02 |
33.71 |
- |
Chofer aplicador de 1.ª |
730,23 |
10.223,22 |
29,20 |
20 |
Oficial de 2.ª |
730,23 |
10.223,22 |
29,20 |
- |
Ayudante de laboratorio |
730,23 |
10.223,22 |
29,20 |
20 |
Chofer aplicador de 2.ª |
682,10 |
9.549,40 |
27,28 |
20 |
Ayudande de aplicador |
641,00 |
8.974,00 |
25,64 |
20 |
Auxiliar |
641,00 |
8.974,00 |
25,64 |
- |
Se faculta a doña Eva María Soria para el registro de la documentación de la presente revisión salarial.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid