Visto el texto de las Tablas salariales definitivas correspondientes al año 2006 del Convenio Colectivo del Sector de Recuperación de Residuos y Materias Primas Secundarias (publicado en el BOE de 24.6.05) (Código de Convenio n.º 9904345) que fue suscrito con fecha 14 de marzo de 2007 de una parte por las asociaciones empresariales FER y REPACAR en representación de las empresas del sector y de otra por las organizaciones sindicales UGT y CC.OO en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo. resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas Tablas Salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 3 de mayo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
Asistentes:
U.G.T. (Federación Estatal de Sevicios F.E.S.): M.ª Luisa Lopez Valencia.
CCOO (Federación Estatal de A.A.D.D.):
Jesús Martínez Dorado.
Palmira Maya Domingo.
F.E.R.-REPACAR:
Alicia García-Franco Zúñiga.
Julio Lorente Gutierrez. Angel Merino Mañero. Luis del Molino García.
En Madrid y en los locales de F.E.R, sitos en la Calle Ferraz n.º 11, siendo las 17.00 horas del día 14 de Marzo de 2007, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Recuperación, Transformación y Venta de Residuos y Materias Primas Secundarias con la asistencia de las personas anteriormente reseñadas, quienes tratan lo siguiente: Las partes presentes se reconocen la capacidad legal necesaria para realizar la revisión salarial conforme marca el artículo 36 del Convenio Colectivo.
En este sentido se informa a los presentes, que según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, el Índice de Precios al Consumo definitivo del año 2006, ha resultado no coincidente con el Índice de Precios al Consumo previsto por el gobierno. Esto es debido a que el Índice de Precios al Consumo real ha resultado con un porcentaje del 2,7%, mientras que el Índice de Precios al Consumo previsto estaba marcado con un porcentaje del 2%. Por lo tanto, las tablas salariales se revisarán incrementando un 0,7% al ser la diferencia entre lo publicado y lo previsto. Acto seguido se procede a la revisión salarial de las tablas correspondientes al año 2006.
Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 18:00 horas, firmando en prueba de su conformidad todos los presentes. U.G.T. (Federación Estatal de Sevicios F.E.S.): M.ª Luisa Lopez Valencia.
CCOO (Federación Estatal de A.A.D.D.):
Jesús Martínez Dorado.
Palmira Maya Domingo.
F.E.R.-REPACAR:
Alicia García-Franco Zúñiga.
Julio Lorente Gutierrez. Angel Merino Mañero. Luis del Molino García.
Tabla salarial 2006*
Salario base |
Plus higiene |
Total |
|
Personal Directivo |
|||
Director Gerente |
1157,05 |
173,56 |
1330,61 |
Director Administrativo |
1041,57 |
156,24 |
1197,81 |
Personal Titulado |
|||
Licenciado Grado Superior |
1064,84 |
159,73 |
1224,56 |
Licenciado Grado Medio |
1041,57 |
156,24 |
1197,81 |
Personal Administrativo |
|||
Jefe de Primera |
911,38 |
136,71 |
1048,08 |
Oficial de Primera |
782,34 |
117,35 |
899,70 |
Oficial de Segunda |
722,76 |
108,41 |
831,17 |
Auxiliar Administrativo-Telefonista |
671,12 |
100,67 |
771,78 |
Asprrante |
491,57 |
73,74 |
565,31 |
Personal Obrero |
|||
Encargado General |
911,38 |
136,71 |
1048,08 |
Encargado General |
829,50 |
124,42 |
953,92 |
Oficial |
738,23 |
110,73 |
848,96 |
Especialista+ |
691,21 |
103,58 |
794,79 |
Carretillero Especialista |
738,23 |
110,73 |
848,96 |
Conductor-Especialista |
738,23 |
110,73 |
848,96 |
Conductor-Especialista de 1.ª |
782,37 |
117,36 |
899,73 |
Mecanico Especialista |
738,23 |
110,73 |
848,96 |
Peón |
671,12 |
100,67 |
771,78 |
Pinche |
558,31 |
83,75 |
642,06 |
Personal Administrativo |
|||
Vigilante y/u ordenanza |
690,54 |
103,58 |
794,12 |
Personal de limpieza |
671,12 |
100,67 |
771,78 |
Nota: Todas las cantidades anteriormente establecidas se refieren a euros. * Actualizada a 31/1/2007 con un IPC de 2006 del 2,7%.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid