Advertidos errores en el texto de las tablas salariales revisadas de 2007, del Convenio Colectivo general de trabajo para la industria textil y de la confección, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 1 de abril de 2008 en el BOE n.º 92 de 16 de abril de 2008. Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores:
En la página 20142, Anexo IX, Confección, Tabla III. Donde dice: «En aplicación desde el: 31.01.2008». Debe decir: «En aplicación desde el: 01.01.2008».
En la página 20142, Anexo IX, Confección, Tabla IV <<A>> (salario diario). Donde dice: «En aplicación desde el: 31.01.2008». Debe decir: «En aplicación desde el: 01.01.2008».
En la página 20142, Anexo IX, Confección, Tabla IV <<B>> (salario mensual). Donde dice: «En aplicación desde el: 31.01.2008». Debe decir: «En aplicación desde el: 01.01.2008».
Madrid, 2 de junio de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
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