En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b de la Ley 10/1990, de 15 de octubre del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su sesión de 6 de junio de 2008, ha aprobado definitivamente la modificación del artículo 19 de los Estatutos de la Real Federación Española de Gimnasia, y ha autorizado su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de Diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas, esta Secretaría de Estado acuerda disponer la publicación de la modificación del artículo 19 contenido en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 16 de junio de 2008.-El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.
ANEXO Modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Gimnasia
Artículo 19.
1. La Asamblea General estará compuesta en el número que se determine en el reglamento electoral, estableciéndose las proporciones conforme determine la norma electoral vigente al momento de la convocatoria.
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