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Documento BOE-A-2008-11269

Resolución de 16 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, relativo a la delegación de competencias para iniciar, instruir y resolver expedientes de deslinde administrativo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 2 de julio de 2008, páginas 29155 a 29156 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2008-11269
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/06/16/(4)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adoptó por unanimidad, en su sesión de 30 de mayo de 2008, el Acuerdo por el que aprueba la Resolución del Presidente de ADIF de 30 de mayo de 2008, por la que se delega en el Director de Patrimonio y Urbanismo de ADIF la competencia para iniciar, instruir y resolver expedientes de deslinde administrativo.

Procede por tanto, según determina el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación de dicho Acuerdo, que figura como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 16 de junio de 2008.-La Secretaria de Estado de Infraestructuras, Josefina Cruz Villalón.

ANEXO Acuerdo de 30 de mayo de 2008 del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias por el que se aprueba la Resolución del Presidente de ADIF, de 30 de mayo de 2008, por la que se delega en el Director de Patrimonio y Urbanismo de ADIF la competencia para iniciar, instruir y resolver expedientes de deslinde administrativo

El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en su sesión celebrada el 30 de mayo de 2008, ha adoptado, por unanimidad, el siguiente Acuerdo:

Aprobar la Resolución del Presidente de ADIF, de 30 de mayo de 2008, por la que se delega en el Director de Patrimonio y Urbanismo de ADIF la competencia para iniciar, instruir y resolver expedientes de deslinde administrativo, en los siguientes términos: «Resolución de la Presidencia de ADIF por la que se delega en la dirección de patrimonio y urbanismo la competencia de iniciar, instruir y resolver expedientes de deslinde administrativo

ADIF es una entidad pública empresarial que dispone de un patrimonio propio y tiene asimismo encomendada la gestión y administración de los bienes titularidad del Estado afectados al servicio público ferroviario. La gestión patrimonial de dichos bienes se ajusta a lo dispuesto en la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario y el Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, así como a las disposiciones de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. De acuerdo con dicho marco normativo, ADIF dispone para la defensa del citado patrimonio de dominio público de las facultades y prerrogativas contempladas en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y, en particular, de la facultad de deslinde administrativo de dichos bienes respecto de los pertenecientes a terceros colindantes, facultad que se regula en los artículos 50 y siguientes de dicha Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Conforme con lo dispuesto artículo 51.3 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, la competencia para el ejercicio de dicha facultad le corresponde al Presidente de la Entidad, no obstante lo anterior, por razones operativas, es conveniente que dicha facultad sea residenciada en el órgano interno de ADIF que específicamente se encarga de la gestión patrimonial, en este caso, la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF. En tal sentido, el artículo 23.3 del Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias establece que, podrán ser objeto de delegación en el Vicepresidente, en el personal directivo o en los restantes órganos internos de la entidad, las competencias que correspondan al Presidente, salvo las previstas en los apartados b, c, e, f -en lo referente a la propuesta de estructura de organización- y l -cuando el importe del contrato exceda de 6.000.000 de euros-, del punto 2 del citado artículo 23, debiendo dicha delegación de competencias ser publicada en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por todo ello, el Presidente de la Entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, previa su aprobación por el Consejo de Administración de la entidad, en su sesión celebrada el día 30 de mayo de 2008, acordada al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 6/1997, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, viene a adoptar la siguiente resolución:

Delegar en el Director de Patrimonio y Urbanismo de ADIF la competencia para acordar el inicio, instrucción y resolución de expedientes tramitados de conformidad con la Instrucción de procedimiento interno de deslinde administrativo tanto sobre bienes demaniales titularidad de ADIF como sobre aquellos titularidad del Estado cuya gestión tiene encomendada, de acuerdo con lo que al efecto dispone la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 30 de mayo de 2008.-El Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Antonio González Marín.»

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/06/2008
  • Fecha de publicación: 02/07/2008
  • Fecha de derogación: 12/06/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13.3 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
  • Delegación de atribuciones

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