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Documento BOE-A-2008-11370

Resolución de 23 de junio de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial para el año 2007, del II Convenio colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 4 de julio de 2008, páginas 29498 a 29504 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2008-11370
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/06/23/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2007 del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (Código de Convenio n.º 9909785), publicado en el B.O.E. de 11 de enero de 2006, revisión salarial que fue suscrita, con fecha 13 de marzo de 2008, por la Comisión Paritaria del Convenio, integrada por los designados por el citado ente público y Autoridades Portuarias y por las centrales sindicales UGT, CC.OO. y CIG, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de empresas y trabajadores afectados, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria, y advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, en la ejecución de dicha revisión salarial.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de junio de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta de la reunión extraordinaria de la comisión paritaria del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias celebrada el día 13 de marzo de 2008

Asistentes:

Por Puertos del Estado y Autoridades Portuarias: José Miguel Lubián García.

Ana Gonzalo Bono. Jesús Requena Ojeda. Asesor:

Por UGT: Jorge Morera Padrón.

Antonio Sevilla Gómez. Rodrigo Patiño Gago. Asesor: Ignacio Fernández Verduras.

Por CCOO:

Antonio Escobar Ruiz.

Bernardo Alvarez. Ernesto Gómez. Juan Manuel Trujillo. Asesor: José María Arroyo Benito.

Por C.I.G.: Xurxo Pérez Gómez.

Asesor:

En Madrid, a las 12:00 horas del día 13 de Marzo de 2008, se reúnen previa convocatoria, los miembros de la Comisión Paritaria reseñados al margen, al objeto de abordar el Orden del Día correspondiente a esta convocatoria.

1. Cierre Revisión Salarial 2007.-Recibida la Resolución de la CECIR, por la que se autoriza la Revisión Salarial de 2007, se procede a dar cuenta a ésta Comisión Paritaria sobre el contenido de la misma, en la que se recogen los criterios aplicables para la revisión salarial en función de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007 y los acuerdos alcanzados en la negociación del II Convenio Colectivo, ratificados en el Acta de Comisión Paritaria de 22/2/2007. A efectos de recordar su contenido se aplicaban los siguientes incrementos:

Ley de Presupuestos Generales del Estado, incrementos en Tablas 3,35%.

Porcentaje Adicional para Desarrollo Profesional 0,6%. Porcentaje Adicional para Productividad según el art. 52, 0,5%. Incremento Adicional del 0,21% para Plan de Pensiones.

La parte empresarial manifiesta respecto de éste último porcentaje (0,21% para Planes de Pensiones), que de acuerdo con la Resolución de la CECIR el mismo está integrado en el reparto del art. 52 de la Ley 48/2003.

Las partes acuerdan que el reparto sobre éste último porcentaje, tendrá idéntica aplicación a la establecida para el año 2006, según refleja el acuerdo de la Comisión Paritaria de fecha 28/11/06. Asimismo, se entrega por parte de la Secretaría de ésta Comisión a ambas partes una copia de la Masa Salarial aprobada para el año 2007; reparto por Autoridad Portuaria del art. 52 (separando el 0,5% y el 0,21%) y las Tablas Salariales aplicables en 2007 para su tramitación. Igualmente, se informa que la actualización de los Festivos del art. 20 y del art. 58 del II Convenio Colectivo, se incrementará en el 3,35% sobre lo autorizado en 2006. Cerrado el acuerdo de la Revisión Salarial del año 2007, las partes que conforman la Comisión Paritaria encomienda al Organismo Puertos del Estado la realización de los trámites administrativos oportunos ante los Órganos competentes para su registro y publicación. Sin más asuntos que tratar, se levanta la reunión a las 13:00 horas, firmando las partes la presente Acta en prueba de conformidad.

Por Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.-Por UGT.-Por CCOO.-Por C.I.G.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/06/2008
  • Fecha de publicación: 04/07/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • arts. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 21 de diciembre de 2005 (Ref. BOE-A-2006-375).
Materias
  • Autoridades Portuarias
  • Convenios colectivos
  • Puertos del Estado

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