De conformidad con el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, corresponde al Presidente del Gobierno la creación, modificación y supresión, por real decreto, de los departamentos ministeriales, así como de las secretarías de Estado. Al objeto de reforzar la política del Gobierno en el ámbito de transportes, se procede a modificar la estructura del Ministerio de Fomento. En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno,
El apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales, queda modificado como sigue:
«El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores: a) La Secretaría de Estado de Planificación y Relaciones Institucionales.
b) La Secretaría de Estado de Infraestructuras. c) La Secretaría de Estado de Transportes.»
El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 17 de octubre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
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