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Documento BOE-A-2008-4860

Resolución de 28 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas de 2007 y provisionales 2008, del Convenio colectivo para la industria de alimentos compuestos para animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 13 de marzo de 2008, páginas 15242 a 15243 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-4860
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/02/28/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas para el año 2007 y las provisionales para el año 2008 del Convenio Colectivo para la Industria de Alimentos Compuestos para Animales (publicado en el B.O.E. de 18-01-2007), (Código de Convenio n.º 9900275), que fue suscrito con fecha 12 de febrero de 2008, de una parte por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales en representación de las empresas del sector, y de otra por las Centrales Sindicales UGT y CC.OO. en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero: Ordenar la inscripción de las citadas Tablas Salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de febrero de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Convenio colectivo laboral fabricación de alimentos compuestos para animales

Anexo n.º 2

Tablas salariales definitivas año 2007

Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

Euros

Salario base

Salario base + pagas extras año

Euros/Día

Euros/Mes

a) Personal técnico:

1. Titulado Superior

957,44

15.319,04

2. Titulado Grado Medio

926,14

14.818,24

3. No Titulado

866,01

13.856,16

b) Personal auxiliar de laboratorio:

1. Auxiliar de Laboratorio

780,62

12.489,92

2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio

615,16

9.842,56

c) Personal de informática:

1. Jefe de Equipo de Informática

926,14

14.818,24

2. Analista

866,01

13.856,16

3. Jefe de Explotación

850,69

13.611,04

4. Programador de Ordenador

830,44

13.287,04

5. Operador de Ordenador

798,77

12.780,32

d) Personal administrativo:

1. Jefe Administrativo

926,14

14.818,24

2. Oficial Administrativo de 1.ª

866,01

13.856,16

3. Oficial Administrativo de 2.ª

830,44

13,287,04

4. Auxiliar Administrativo

780,62

12.489,92

5. Aspirante Administrativo

615,16

9.842,56

e) Personal comercial:

1. Jefe de Ventas y/o Compras

926,14

14.818,24

2. Jefe de Zona

866,01

13.856,16

3. Promotor de Ventas

830,44

13.287,04

f) Personal de producción:

1. Jefe de fábrica

926,14

14.818,24

2. Encargado

27,82

13.492,70

3. Oficial de 1.ª

26,93

13.061,05

4. Oficial de 2.ª

26,44

12.823,40

5. Especialista

26,02

12.619,70

6. Peón

25,56

12.396,60

g) Personal de mantenimiento y transporte:

1. Encargado

27,82

13.492,70

2. Oficial de 1.ª (Chofer)

27,26

13.221,10

3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades)

26,93

13.061,05

4. Oficial de 2.ª

26,44

12.823,40

5. Ayudante

26,02

12.619,70

6. Aprendiz

20,20

9.797,00

h) Personal subalterno:

1. Ordenanza

780,62

2. Vigilante

775,27

3. Botones

615,16

4. Personal de Limpieza

25,56

12.396,60

5. Personal de Limpieza (1/2 jornada)

12,78

6.198,30

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda

2007 Definitiva

Artículo 22. Prima de asistencia

6,48

Artículo 41. Gastos de desplazamiento:

Comida

10,95

Cena

10,95

Alojamiento

19,84

Desayuno

3,12

Artículo 42. Quebrando de moneda

20,40

Tablas salariales provisionales año 2008 Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

Euros

Salario base

Salario base + pagas extras Año

Euros/Día

Euros/Mes

a) Personal técnico:

1. Titulado Superior

976,59

15.625,44

2. Titulado Grado Medio

944,66

15.114,56

3. No Titulado

883,33

14.133,28

b) Personal auxiliar de laboratorio:

1. Auxiliar de Laboratorio

796,23

12.739,68

2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio:

627,46

10.039,36

c) Personal de informática:

1. Jefe de Equipo de Informática

944,66

15.114,56

2. Analista

883,33

14.133,28

3. Jefe de Explotación

867,70

13.883,20

4. Programador de Ordenador

847,05

13.552,80

5. Operador de Ordenador

814,75

13.036,00

d) Personal administrativo:

1. Jefe Administrativo

944,66

15.114,56

2. Oficial Administrativo de 1.ª

883,33

14.133,28

3. Oficial Administrativo de 2.ª

847,05

13,552,80

4. Auxiliar Administrativo

796,23

12.739,68

5. Aspirante Administrativo

627,46

10.039,36

e) Personal comercial:

1. Jefe de Ventas y/o Compras

944,66

15.114,56

2. Jefe de Zona

883,33

14.133,28

3. Promotor de Ventas

847,05

13.552,80

f) Personal de producción:

1. Jefe de fábrica

944,66

15.114,56

2. Encargado

28,38

13.792,68

3. Oficial de 1.ª

27,47

13.350,42

4. Oficial de 2.ª

26,97

13.107,42

5. Especialista

26,54

12.898,44

6. Peón

26,07

12.670.02

g) Personal de mantenimiento y transporte:

1. Encargado

28,38

13.792,68

2. Oficial de 1.ª (Chofer)

27,81

13.515,66

3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades).

27,47

13.350,42

4. Oficial de 2.ª

26,97

13.107,42

5. Ayudante

26,54

12.898,44

6. Aprendiz

20,60

10.011,60

h) Personal subalterno:

1. Ordenanza

796,23

2. Vigilante

790,78

3. Botones

627,46

4. Personal de Limpieza

26,07

12.670,02

5 Personal de Limpieza (1/2 jornada)

13,04

6.337,44

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda

2008 Provisional

Artículo 22. Prima de asistencia

6,61

Artículo 41. Gastos de desplazamiento:

Comida

11,17

Cena

11,17

Alojamiento

20,24

Desayuno

3,18

Artículo 42. Quebrando de moneda

20,81

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/02/2008
  • Fecha de publicación: 13/03/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 1 de diciembre de 2006 (Ref. BOE-A-2007-1098).
Materias
  • Alimentos para animales
  • Convenios colectivos
  • Piensos

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