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Documento BOE-A-2008-5348

Resolución de 5 de marzo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales de 2007, del V Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 19 de marzo de 2008, páginas 16627 a 16628 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-5348
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/03/05/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de fecha 8 de febrero de 2008 donde se recogen los acuerdos sobre tablas salariales definitivas para el año 2007 del V Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias, (Código de Convenio n.º 9903945), acuerdos alcanzados de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales CC.OO y UGT en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Marzo.

Madrid, 5 de marzo de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL V CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LAS INDUSTRIAS DE PASTAS ALIMENTICIAS

Asistentes:

Representación de los trabajadores: Dña Maria Teresa Vidal Creus (Asesora CC.OO).

D. Cristóbal Coronado Rincón (CC.OO). D. Juan José García Martín (Asesor UGT) D. José Carlos García Rivas (UGT) D. Pedro Fortes Villodres (UGT)

Representación empresarial:

Doña María José Abella Mestanza (Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias).

En Barcelona, siendo las 12 horas del día 8 de febrero de 2008, se reúnen las personas indicadas en el encabezamiento de esta Acta, miembros de la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias, a fin de revisar las tablas salariales del Convenio.

El objeto de la misma es dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 25 del vigente Convenio Colectivo, en concreto en el siguiente punto:

«Revisión tablas definitivas año 2007: «IPC real 4,2%+0,25% = 4,45%».

Toda vez que el I.P.C. real a 31 de Diciembre de 2.007 ha sido de un 4,2%, procede revisar las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2006 con el 4,2% más un incremento de 0,25% puntos, dando lugar a las tablas salariales definitivas del año 2007 que se incorporan a la presente acta como Anexo n.º I (lo que implica un incremento sobre el año 2006 del 4,45%). Las tablas resultantes figuran como anexo n.º I. Igualmente se modifican, con el mismo criterio, todos los conceptos económicos del convenio. Y en los precedentes términos, se deja acordada la regularización salarial del año 2007 del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias.

En prueba de conformidad, las partes comparecientes firman la presente Acta en la ciudad y fecha indicados en el encabezamiento.

NACIONAL

Convenio Colectivo de Pastas Alimenticias

Tablas salariales vigentes a partir del 1.º de enero de 2007 (regularización IPC Real año 2007 4,2% + 0,25% = 4,45% incremento)

Categoría profesional

Mensual

Salario base

Plus Convenio

Total

I) De producción:

Oficial de 1.ª

773,12

447,76

1.220,88

Oficial de 2.ª

773,12

305,75

1.078,87

Ayudante

756,91

265,08

1.021,99

Aprendiz 1.er año

489,96

224,39

714,35

Aprendiz 2.º año

489,96

305,75

795,71

II) Acabado, envasado y empaquetado:

Oficial de 1.ª

773,12

447,76

1.220,88

Oficial de 2.ª

773,12

305,75

1.078,87

Ayudante

756,91

265,08

1.021,99

Aprendiz 1.er año

489,96

224,39

714,35

Aprendiz 2.º año

489,96

305,75

795,71

III) De oficios auxiliares:

Macánicos

773,12

447,76

1.220,88

Chófer de 1.ª

773,12

447,76

1.220,88

Chófer de 2.ª

773,12

305,75

1.078,87

Carpintero

773,12

447,76

1.220,88

Repartidor

707,25

305,75

1.013,00

Electricista

773,12

447,76

1.220,88

IV) Peonaje:

Peón

679,45

305,75

985,20

Personal de limpieza

679,45

224,39

903,84

V) Subalternos:

Almacenero

773,12

447,76

1.220,88

Conserje

707,25

305,75

1.013,00

Cobrador

707,25

305,75

1.013,00

Basculero

707,25

305,75

1.013,00

Sereno

707,25

305,75

1.013,00

Portero

679,45

305,75

985,20

Mozo Almacén

679,45

305,75

985,20

Resto conceptos económicos del Convenio: Plus sábados-domingos: 33,69 euros por día.

(*) Ayuda matrícula: 92,63 euros. Ayuda discapacitados: 155,25 euros mes. Premio nupcionalidad: 116,63 euros.

(*) Ayuda matrícula: El importe provisional (hasta que no se apruebe el nuevo Convenio año 2008) para hacerse efectivo en septiembre o en octubre será = 94,58 euros. El anterior importe de 94,58 euros resulta de aplicar lo siguiente: 88,68 euros año 2006 + 4,45% IPC real año 2007 = 92,63% + atrasos diferencia 1,95 euros pagados de menos año 2007 (90,68 euros - 92,63 euros regularización año 2007 = 1,95 euros).

NACIONAL

Convenio Colectivo de Pastas Alimenticias

Tablas salariales vigentes a partir del 1.º de enero de 2007 (regularización IPC Real año 2007 4,2% + 0,25% = 4,45% incremento)

Categoría profesional

Mensual

Salario base

Plus Convenio

Total

Técnicos titulados:

Técnico Jefe

1.241,39

760,34

2.001,73

Técnico

1.046,35

516,53

1.562,88

Ayudante Técnico Sanitario

774,96

381,06

1.156,02

Técnicos no titulados:

Encargado General

1.046,35

760,34

1.806,69

Maestro de Fabricación

926,07

516,53

1.442,60

Encargado de Sección

826,97

516,53

1.343,50

Auxiliar Laboratorio

718,05

248,33

966,38

Administrativos:

Jefe Administrativo 1ª.

926,07

651,94

1.578,01

Jefe Administrativo 2ª.

926,07

516,53

1.442,60

Oficial Administrativo 1ª.

774,96

516,53

1.291,49

Oficial Administrativo 2ª.

774,96

345,81

1.120,77

Auxiliar Administrativo

718,05

248,33

966,38

Aspirante 1er. año

471,19

215,78

686,97

Aspirante 2º. año

471,19

294,01

765,20

Telefonista

718,05

248,33

966,38

Mercantiles:

Jefe de Ventas

926,07

651,94

1.578,01

Inspector de Ventas

826,97

516,53

1.343,50

Promotor

826,97

381,06

1.208,03

Vendedor con autoventa

774,96

345,81

1.120,77

Viajante

774,96

345,81

1.120,77

Corredor Plaza

774,96

248,33

1.023,29

Resto conceptos económicos del Convenio: Plus sábados-domingos: 33,69 euros por día.

(*) Ayuda matrícula: 92,63 euros. Ayuda discapacitados: 155,25 euros mes. Premio nupcionalidad: 116,63 euros.

(*) Ayuda matrícula: El importe provisional (hasta que no se apruebe el nuevo Convenio año 2008) para hacerse efectivo en septiembre o en octubre será = 94,58 euros. El anterior importe de 94,58 euros resulta de aplicar lo siguiente: 88,68 euros año 2006 + 4,45% IPC real año 2007 = 92,63% + atrasos diferencia 1,95 euros pagados de menos año 2007 (90,68 euros - 92,63 euros regularización año 2007 = 1,95 euros).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/03/2008
  • Fecha de publicación: 19/03/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 3 de mayo de 2006 (Ref. BOE-A-2006-8989).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Pastas alimenticias

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