Advertidos errores en el texto de Convenio colectivo de Iberia, Líneas Aéreas de España, S.A., y sus tripulantes pilotos, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 22 de abril de 2009, en el «Boletín Oficial del Estado» número 113, de 9 de mayo de 2009, se procede a efectuar la rectificación.
En la página 40052, artículo 2.º Ámbito personal, tercer párrafo, donde dice: «Cuando se utilice el término Sepa…»; debe decir: «Cuando se utilice el término Sepla…».
En la página 40115, a continuación de la disposición transitoria cuarta hay que añadir el título: Disposiciones finales.
En las páginas 40117, 40118, 40119 y 40120 hay que poner el siguiente encabezado en cada una de ellas: Anexo 1-A.
En la página 40134, en el anexo 4.IV Dietas por desplazamiento en vigor. Donde dice: Dieta nacional, suprimir € en el encabezado y añadir a cada uno de los importes la moneda: €. Donde dice: Dieta extranjera, suprimir € en el encabezado y añadir a cada uno de los importes de la segunda columna la moneda: €.
En la página 40134, en el anexo 4.V Indemnización por renuncia a la recogida. Donde dice: Importe, suprimir € en el encabezado y añadir a cada uno de los importes la moneda: €.
En la página 40134, en el anexo 5. Indemnización de prendas de uniformidad inicial de los tripulantes pilotos. 3.ª línea, donde dice: «4 Caminas manga corta»; debe decir: «4 Camisas manga corta».
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