El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6725-2009 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso número 8/5243/2006, en relación con el inciso inicial del artículo 24.4 de la Ley de las Cortes de Aragón 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica de Aragón, por posible vulneración de los artículos 9.3, 14, 36 y 38 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el recurso número 8/5243/2006 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 6 de octubre de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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