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Documento BOE-A-2009-5214

Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo sobre las tablas salariales definitivas para el año 2008 del Convenio colectivo para la industria de alimentos compuestos para animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2009, páginas 29818 a 29819 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-5214
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/03/12/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo sobre las tablas salariales definitivas para el año 2008 del Convenio Colectivo para la Industria de Alimentos Compuestos para Animales (Código de Convenio nº 9900275), publicado en el BOE de 18-1-2007, acuerdo que fue suscrito, con fecha 4 de febrero de 2009, de una parte por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales (CESFAC), en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción del citado acuerdo sobre tablas salariales definitivas para 2008 en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 12 de marzo de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACUERDO SOBRE LAS TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS PARA EL AÑO 2008 DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS COMPUESTOS PARA ANIMALES
Acta de firma de tablas salariales

Asistentes:

Representación de los trabajadores:

U.G.T.: D. Antonio Gómez Pérez.

Representación de las empresas:

D. Agustín Correa Morán.

En Madrid, siendo las doce y treinta minutos del día cuatro de febrero de dos mil nueve, se reúne, en Diego de León nº 54, los representantes de los trabajadores de la industria de alimentos compuestos para animales y los de la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales que se reseñan al margen, al objeto de firmar la presente acta.

Esta reunión ha sido convocada por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales como consecuencia de los acuerdos establecidos telefónicamente por y entre todas las partes que han fijado el día hora y lugar de la presente convocatoria.

Por ambas partes y por unanimidad de los respectivos representantes, se manifiesta lo siguiente:

1.º Que en virtud de lo aprobado en el artículo 48º del Convenio Colectivo de ámbito nacional para la Industria de Alimentos Compuestos, los salarios base, la prima de asistencia y resto de conceptos objeto de revisión para el año 2008 son los que resultan de aplicar un incremento del IPC real del año 2008 más un 0,5%.

No obstante, las partes acuerdan dar por definitivas las tablas salariales provisionales para el año 2008 que tuvieron un incremento del 2%. Con base a lo anterior las empresas no procederán a solicitar la devolución del 0,1% de diferencial.

2.º Las partes acuerdan que el incremento salarial para el año 2009 que se pacte en la próxima negociación del Convenio Colectivo se efectuará tomando como base de cálculo las tablas definitivas para 2008 anteriormente aprobadas minoradas en un 0,10% en todos sus conceptos, es decir, sobre tablas con incremento del 1,9%.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las diecisiete horas y treinta minutos y de ella la presente Acta, que leída es aprobada por unanimidad y firmada por los asistentes, en cuadruplicado ejemplar.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/03/2009
  • Fecha de publicación: 28/03/2009
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 1 de diciembre de 2006 (Ref. BOE-A-2007-1098).
Materias
  • Alimentos para animales
  • Convenios colectivos
  • Piensos

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