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Documento BOE-A-2009-5793

Resolución de 18 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del II Convenio colectivo de Total España, S.A.U.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2009, páginas 32907 a 32908 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-5793
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/03/18/(10)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del II Convenio Colectivo de la empresa Total España, S.A.U. publicado en el BOE de 2 de agosto de 2008 (Código de Convenio nº 9014623), que fue suscrito con fecha 6 de febrero de 2009 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en su representación y de otra por el Comité de empresa y Delegados de personal en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de marzo de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA REUNIÓN MANTENIDA POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA REVISIÓN SALARIAL DEL PERSONAL AFECTO AL CONVENIO COLECTIVO DE TOTAL ESPAÑA, S.A.U. DEL DÍA 6-2-2009

Asistentes:

Por parte de la Dirección de la Empresa: J.L. Ramos.

Por parte de la Representación de los Trabajadores: M. Castro, D. Requena, E. Goñi, S. Llonch, A. Puente, A. Rubira.

Secretario: M. Caballero.

Acuerdo de la comisión negociadora sobre la revisión salarial 2009

En virtud de las funciones que le confiere el artículo 56 (Comisión Mixta) y artículo 29 (Revisión Salarial) del Convenio Colectivo de «Total España, S.A.U.», la Comisión Negociadora ha llegado al siguiente acuerdo en relación a la Revisión Salarial 2009:

1. Incremento de Salarios Base Personales.–Incrementar los Salarios Base Personales del año 2008 de la siguiente forma:

El 1,1% para los Grupos profesionales 7,8 y 9.

El 1,4% para los Grupos profesionales 5 y 6 cuyos Salarios Base+Complemento Salarial, excedan de 40.000 euros anuales.

El 1,5% para los Grupos profesionales 5 y 6 cuyos Salario Base+Complemento Salarial, no superen los 40.000 euros anuales.

El 1,65% para los Grupos profesionales 1, 2, 3 y 4 cuyos Salario Base+Complemento Salarial, excedan de 30.000 euros anuales.

El 1,75% para los Grupos profesionales 1, 2, 3 y 4 cuyos Salario Base+Complemento Salarial, no superen los 30.000 euros anuales.

2. Tarjeta Restaurante:

Pasa de. 8.13 a 8.24 . por día trabajado en jornada partida.

Pudiendo cobrarse por Nómina, con los descuentos de Seguridad Social e IRPF correspondientes, a solicitud del interesado y siempre por períodos anuales.

3. Plus transporte.–Se aplica el incremento del IPC 2008 del 1.4.% pasando a un importe de 1.173,87 brutos anuales.

4. Entrada en vigor: 1 de enero de 2009.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/03/2009
  • Fecha de publicación: 07/04/2009
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 17 de julio de 2008 (Ref. BOE-A-2008-13303).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía
  • Productos petrolíferos

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