Advertido error en el texto publicado de la Orden ARM/787/2009, de 17 de marzo, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 31 de marzo de 2009, se procede a subsanarlo mediante la oportuna rectificación:
En la página 30824 donde dice:
El gasto máximo auxiliable será de 14 euros por alumno y hora lectiva. En ningún caso, los gastos por concepto y componentes de éstos podrán superar los expresados a continuación:
Concepto y componente |
Importe máximo |
---|---|
1. Enseñanza (por alumno/hora)» |
|
Debe decir:
El gasto máximo auxiliable será de 14 euros por alumno y hora lectiva. En ningún caso, los gastos por concepto y componentes de éstos podrán superar los expresados a continuación:
Concepto y componente |
Importe máximo |
---|---|
1. Enseñanza (por alumno/hora)» |
9 euros» |
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