Visto el texto del Acuerdo por el que se deroga el artículo 55 del Convenio Colectivo Estatal del sector de Contact Center –antes Telemarketing– (Código de Convenio número 9912145), publicado en el «BOE» de 20 de febrero de 2008, acuerdo que fue suscrito, con fecha 27 de marzo de 2009, de una parte por la asociación empresarial Asociación de Contact Center Española (ACE), en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales COMFIA-CC.OO. y FES-UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
Citados en tiempo y forma, y
De una parte, en representación de ACE:
Luis López Elena.
Javier Durán.
Cesar García de Vicuña.
Francisco J. Ullate.
En calidad de asesores:
Alicia Moro.
De otra parte, y en representación de:
CC.OO.-COMFIA:
Adela París.
Sofía Castillo García-Parrado.
FES-UGT:
Jesús Sanz González.
Nuria Manzano.
Emma Méndez.
CGT:
Julio Jesús Fuentes González.
Francisco Tomás Rodríguez Guerrero.
Esther Román.
Los sindicatos CIG, ELA y LAB no comparecen.
Reunidos en Madrid, en la sede del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), sita en la Calle de San Bernardo, número 20, las personas anteriormente citadas en representación de las organizaciones sindicales y patronal, respectivamente,
Conforme a la resolución acordada por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia en fecha 16 de marzo de 2009, en el Expediente número S/0076/08, la derogación del artículo 55 del Convenio Colectivo de Contac Center publicado en el «BOE» número 44, de fecha 20 de febrero de 2008, y actualmente en vigor, y, asimismo, acuerdan poner en conocimiento de la Dirección General de Trabajo esta derogación, solicitando su registro y publicación en el «BOE».
Además acuerdan también, y conforme a la resolución antes citada del Consejo de la CNC, remitir a la Dirección de Investigación de la CNC copia de la derogación del artículo 55 del Convenio vigente, así como de la solicitud de registro y publicación en el «BOE».
Este acuerdo se suscribe entre la parte empresarial y los sindicatos CC.OO.-COMFIA y FES-UGT.
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