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Documento BOE-A-2009-8229

Resolución de 29 de abril de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las tablas salariales correspondientes al año 2009 del V Convenio colectivo estatal para centros de enseñanza de peluquería y estética, de enseñanzas musicales y de artes aplicadas y oficios artísticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 16 de mayo de 2009, páginas 41834 a 41836 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-8229
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/04/29/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2009 del V Convenio Colectivo estatal para Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos publicado en el BOE de 2.7.2007 (Código de Convenio n.º 9909675), que fue suscrito con fecha 18 de marzo de 2009 de una parte por las Asociaciones empresariales CECE y ACADE en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales FETE-UGT, CC.OO. y USO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 29 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

Acta de la comisión negociadora de las tablas salariales para el año 2009 del V convenio colectivo estatal para los centros de enseñanza de peluquería y estética, de enseñanzas musicales y de artes aplicadas y oficios artísticos

Asistentes:

 

CECE
D.ª Basilia Cuellar.
D. Tomás Amarillas (ANCEPE).
D. Mariano Torija.

FETE-UGT
D.ª Natividad Ferrer.
D.ª Nieves Cenzual.

ACADE
D.ª Ana González.
D.ª Ana Valero.

CC.OO.
D.ª Pilar Moreno.
D.ª María Espinosa.

 

USO
D. José Carlos Garcés.

Siendo las 12 horas del día 18 de marzo de 2009, se reúnen los indicados arriba en representación de sus organizaciones según la representatividad de la negociación del convenio para proceder a la revisión salarial para el año 2009 del V Convenio Colectivo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava.

Ostentan la Presidencia y la Secretaría CECE y USO, respectivamente.

La organización sindical CIG, convocada en tiempo y forma, no ha asistido a la reunión de hoy. El resto de organizaciones patronales y sindicales acuerdan firmar las tablas salariales del año 2009 en el día de hoy, mandatando a la secretaría para su tramitación con el fin de su posterior publicación en el BOE.

 

CECE ACADE

FETE-UGT

CC.OO.

USO

 

TABLAS SALARIALES 2009

Estas tablas están confeccionadas en 14 pagas.

Sección A: Aplicables a centros de Enseñanzas Especializadas y Regladas de carácter profesional (Peluquería y Estética)

Categoría

Salario 2009

Euros

Trienio 2009

Euros

Grupo I. Personal docente:
Profesor titular

1.172,43

33,54

Jefe de Taller o Laboratorio

1.172,43

33,54

Profesor Adjunto o Auxiliar

1.084,42

31,18

Instructor

 969,99

27,58

Grupo II. Personal administrativo:
Jefe de Administración

1.191,86

31,74

Oficial de Administración

 966,60

26,81

Auxiliar Administrativo

 846,15

26,81

En formación

 624,00

26,81

Grupo III. Personal de Servicios Generales:
Conserje

1.005,51

26,81

Oficial de 1.ª

 959,47

26,81

Portero

 877,15

26,81

Celador

 877,15

26,81

Personal de limpieza

 839,80

26,81

Personal no cualificado

 839,80

26,81

En formación

 624,00

26,81

 

 

 

Sección B: Aplicable a centros de Enseñanzas Regladas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos

Categoría

Salario 2009

Trienio 2009

Grupo I. Personal docente:
Profesor titular

1.099,41

30,21

Jefe de Taller o Laboratorio

1.099,41

30,21

Profesor Adjunto o Auxiliar

 996,61

27,58

Maestros de Taller o Laboratorio

 996,61

27,58

Instructor

 907,73

25,55

Grupo II. Personal administrativo:
Jefe de Administración

1.191,86

31,74

Oficial Administrativo

 966,60

26,81

Auxiliar Administrativo

 846,15

26,81

En formación

 624,00

26,81

Grupo III. Personal de Servicios Generales:
Conserje

1.005,51

26,81

Oficial de 1.ª

 959,47

26,81

Portero

 877,15

26,81

Celador

 877,15

26,81

Personal de limpieza

 839,80

26,81

Personal no cualificado

 839,80

26,81

En formación

 624,00

26,81

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/04/2009
  • Fecha de publicación: 16/05/2009
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 15 de junio de 2007 (Ref. BOE-A-2007-12867).
Materias
  • Centros de enseñanza
  • Convenios colectivos
  • Escuelas de Artes aplicadas y Oficios artísticos
  • Música
  • Peluquerías

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