Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2009 del V Convenio Colectivo estatal para Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos publicado en el BOE de 2.7.2007 (Código de Convenio n.º 9909675), que fue suscrito con fecha 18 de marzo de 2009 de una parte por las Asociaciones empresariales CECE y ACADE en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales FETE-UGT, CC.OO. y USO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
Asistentes:
CECE |
FETE-UGT |
ACADE |
CC.OO. |
|
USO |
Siendo las 12 horas del día 18 de marzo de 2009, se reúnen los indicados arriba en representación de sus organizaciones según la representatividad de la negociación del convenio para proceder a la revisión salarial para el año 2009 del V Convenio Colectivo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava.
Ostentan la Presidencia y la Secretaría CECE y USO, respectivamente.
La organización sindical CIG, convocada en tiempo y forma, no ha asistido a la reunión de hoy. El resto de organizaciones patronales y sindicales acuerdan firmar las tablas salariales del año 2009 en el día de hoy, mandatando a la secretaría para su tramitación con el fin de su posterior publicación en el BOE.
CECE ACADE |
||
FETE-UGT |
CC.OO. |
USO |
Estas tablas están confeccionadas en 14 pagas.
Categoría |
Salario 2009 |
Trienio 2009 |
---|---|---|
Grupo I. Personal docente: |
1.172,43 |
33,54 |
Jefe de Taller o Laboratorio |
1.172,43 |
33,54 |
Profesor Adjunto o Auxiliar |
1.084,42 |
31,18 |
Instructor |
969,99 |
27,58 |
Grupo II. Personal administrativo: |
1.191,86 |
31,74 |
Oficial de Administración |
966,60 |
26,81 |
Auxiliar Administrativo |
846,15 |
26,81 |
En formación |
624,00 |
26,81 |
Grupo III. Personal de Servicios Generales: |
1.005,51 |
26,81 |
Oficial de 1.ª |
959,47 |
26,81 |
Portero |
877,15 |
26,81 |
Celador |
877,15 |
26,81 |
Personal de limpieza |
839,80 |
26,81 |
Personal no cualificado |
839,80 |
26,81 |
En formación |
624,00 |
26,81 |
Categoría |
Salario 2009 |
Trienio 2009 |
---|---|---|
Grupo I. Personal docente: |
1.099,41 |
30,21 |
Jefe de Taller o Laboratorio |
1.099,41 |
30,21 |
Profesor Adjunto o Auxiliar |
996,61 |
27,58 |
Maestros de Taller o Laboratorio |
996,61 |
27,58 |
Instructor |
907,73 |
25,55 |
Grupo II. Personal administrativo: |
1.191,86 |
31,74 |
Oficial Administrativo |
966,60 |
26,81 |
Auxiliar Administrativo |
846,15 |
26,81 |
En formación |
624,00 |
26,81 |
Grupo III. Personal de Servicios Generales: |
1.005,51 |
26,81 |
Oficial de 1.ª |
959,47 |
26,81 |
Portero |
877,15 |
26,81 |
Celador |
877,15 |
26,81 |
Personal de limpieza |
839,80 |
26,81 |
Personal no cualificado |
839,80 |
26,81 |
En formación |
624,00 |
26,81 |
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