La Sala Primera del Tribunal Constitucional, por Auto de 18 de mayo actual, ha acordado declarar la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5927-2005, por desaparición sobrevenida de su objeto, planteada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander, en relación con el artículo 31.c), segundo párrafo, de la Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio, que fue admitida a tramite por providencia de 31 de enero de 2006.
Madrid,18 de mayo de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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