Mediante el Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos Ministeriales, se suprimió, entre otros órganos directivos, la Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio del Interior. De conformidad con la Disposición Final Tercera del mencionado Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, la citada supresión orgánica entrará en vigor el 1 de julio de 2010.
Esta restructuración exige revisar el régimen de delegación de competencias entre los órganos superiores y directivos del Departamento, recogido fundamentalmente en la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, y en sus posteriores modificaciones, para adaptarlo a la actual estructura de los órganos encuadrados en la Subsecretaría.
Por otra parte, debido a carencias manifestadas en la gestión administrativa de cierto tipo de expedientes de gasto, se llevan a cabo cambios puntuales en determinadas competencias delegadas en el ámbito de los órganos dependientes de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo,
Apartado único. Modificación de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
La Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, queda modificada como sigue:
Uno. En el apartado Tercero de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, el actual punto 1.29 pasa a ser el punto 1.30, y se añade un nuevo punto 1.29, con la siguiente redacción:
«1.29 La convocatoria de pruebas selectivas en relación con los Cuerpos o Escalas adscritos al Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.»
Dos. En el apartado noveno de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifica el punto 2.2, que pasa a tener la siguiente redacción:
«2.2 Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 1.500.000 euros, el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 2.1.1 y 2.1.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de inicio del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se reservará el órgano delegante.»
Tres. En el apartado Duodécimo de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifica el punto 1.2, que pasa a tener la siguiente redacción:
«1.2 Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 450.000 euros, el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 1.1.1 y 1.1.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de iniciación del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se reservará el órgano delegante.»
Cuatro. En el apartado decimosexto de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifica el punto 2.6, que pasa a tener la siguiente redacción:
«2.6 Los Subdirectores Generales, respecto del personal directamente dependiente, las comisiones de servicio en territorio nacional, sin límite temporal.»
Cinco. En el apartado decimoctavo de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifica el punto 2.3, que pasa a tener la siguiente redacción:
«2.3 Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros, el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 2.2.1 y 2.2.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de inicio del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se delegan en el Titular de la Dirección General de Gestión de Recursos.»
Seis. En el apartado decimonoveno de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifica el punto 1 y se añaden los nuevos puntos 2.5, 2.6, 2.7 y 3, con la siguiente redacción:
«1. Del Ministro titular del Departamento:
1.1 La convocatoria de pruebas selectivas y la provisión de puestos de trabajo vacantes en relación con el personal sujeto a Derecho laboral, con excepción del personal destinado en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
1.2 En relación con los funcionarios destinados en el Departamento y sin perjuicio de lo delegado en otras autoridades, la convocatoria y resolución de concursos para la provisión de puestos de trabajo.»
«2.5 La propuesta o informe sobre autorización o reconocimiento de compatibilidades, así como la autorización o denegación del ejercicio por los miembros de la Guardia Civil de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales de carácter privado.»
«2.6. La atribución temporal de funciones, la adscripción provisional de puestos de trabajo y las comisiones de servicio, en los términos y condiciones previstos en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.»
«2.7 La movilidad por razones de salud o rehabilitación y por razón de violencia de género.»
«3. Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los funcionarios destinados en el Departamento y sin perjuicio de lo delegado en otras autoridades, la convocatoria y resolución de concursos para la provisión de puestos de trabajo.»
Siete. En el apartado Vigésimo de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifican los puntos 1.2, 1.3 y 3, y se incluye un nuevo punto 1.5, con la siguiente redacción:
«1.2 Siempre que la cuantía no exceda de 300.500 euros y salvo lo delegado en otras autoridades, la aprobación, el compromiso de los gastos y el reconocimiento de las obligaciones del Servicio 01, programas 131 M, 131 P, 467G y 000 X, con excepción de los créditos relativos a los subconceptos 226.01, 226.08 y 226.11, dentro de las consignaciones presupuestarias, con la correspondiente facultad de contratación, así como la de interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de pagos correspondiente.»
«1.3 Respecto de los contratos de cuantía superior a 300.500 euros y que no excedan de 1.800.000 euros, el ejercicio de todas las atribuciones a que se refiere el punto 1.2 anterior, con excepción de los acuerdos de iniciación del expediente de contratación, adjudicación, modificación, prórroga y resolución del contrato, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que corresponderán al Subsecretario del Interior hasta el límite de las atribuciones que tiene delegadas.»
«1.5 La remisión al Tribuna de Cuentas de la documentación relativa a los contratos celebrados.»
«3. Del Subsecretario del Interior, las facultades que le otorga el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, incluyendo las referidas a las comisiones de servicio a realizar fuera del territorio nacional, con excepción de la designación de las comisiones de servicio de los Altos Cargos del Departamento y la designación de las comisiones de servicio en los supuestos del artículo 8.2 de dicho Real Decreto.»
Ocho. En el apartado vigésimo primero de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifica el punto 3, que pasa a tener la siguiente redacción:
«3. Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 120.000 euros e inferior a 450.000 euros, el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 2.1 y 2.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de iniciación del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se delegan en el Titular de la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.»
Nueve. En el apartado vigésimo séptimo de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, se modifica el punto 2.2, que pasa a tener la siguiente redacción:
«2.2 Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 600.000 euros e inferior a 1.500.000, el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 2.1.1 y 2.1.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de inicio del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se delegan en el Titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.»
Se deroga el apartado vigésimo sexto de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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