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Documento BOE-A-2010-11036

Resolución de 29 de junio de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de 26 de marzo de 2010, donde se recoge el acuerdo de prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 del IV Convenio colectivo del Grupo Generali España.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 12 de julio de 2010, páginas 61181 a 61183 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-11036
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2010/06/29/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta, de fecha 26 de marzo de 2010, donde se recoge el acuerdo de prórroga hasta el 31 de diciembre de 2011 del IV Convenio Colectivo para las empresas del Grupo Generali España (Código de Convenio n.º 9014213), publicado en el «BOE» de 10 de abril de 2007, acta de prórroga que fue suscrita, de una parte, por los designados por la Dirección de dicho Grupo de empresas en representación de las mismas, y de otra, por los sindicatos CC.OO. y UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción del citado acta de prórroga en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de junio de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL IV CONVENIO COLECTIVO GRUPO GENERALI ESPAÑA

En Madrid a 26 de mayo de 2010, y siendo las 12,30 horas, se reúnen en los locales de la Empresa de la calle Alcalá, 21,de Madrid, las representaciones que a continuación se indican, con el siguiente orden del día:

Reunión extraordinaria de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo del Grupo Generali España.

Asistentes:

Por la representación empresarial:

Don Alberto Ogando García.

Don Francisco Pinilla Blázquez.

Don Gabriel Costa Juste.

Don Gonzalo Blanco Montero.

Asesor: Don Antonio Gómez de Enterría.

Por CC.OO.:

Don Carlos Andreu Bofill.

Don José Pozas Osorio.

Don Fernando Vázquez Iniesta.

Don José Luis Serrano Blázquez.

Por CGT:

Doña M.ª Josefa Díaz Pascual.

Doña Dolores Nombela Ciudad.

Asesor: Doña Carmen García Ramos. Doña Cristina Sánchez.

Por UGT:

Don Juan Ortiz Martínez.

Comienza la sesión con la intervención de la representación Empresarial, que dan la bienvenida a todos los asistentes, y recuerdan que el objeto de la presente reunión es abordar la situación presente y de un futuro próximo del IV Convenio Colectivo del Grupo Generali España.

Fruto de todo el proceso de integración, se derivan varias cuestiones de relevancia que es importante abordar y dejar resueltas para el buen fin y resultado de la fusión desde el punto de vista de las relaciones laborales y condiciones de trabajo de las plantillas de las Empresas del Grupo Generali incluidas en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo. Y estas son:

A) Momento idóneo para la continuidad del modelo de Empresa y negocio:

La Empresa entiende que estamos en un momento crucial del proceso de integración de las Empresas del Grupo Generali en España, en el que en breve dos de sus Compañías que sustentan en su casi totalidad la actividad y negocio del Grupo, van a fusionarse desde el punto de vista societario y mercantil a los efectos de aglutinar en un solo modelo de negocio todos sus esfuerzos, buscando sinergias de mercado con estrategias de productos y comerciales conjuntas para posicionarse desde el punto de vista de la competencia como una sola empresa puntera de la actividad aseguradora en España, lo que va a implicar la desaparición de la Compañía Banco Vitalicio de España que será absorbida (fusión por absorción) por la Compañía La Estrella, la que posteriormente sufrirá a efectos de estrategia y posicionamiento de mercado, un cambio de denominación a Generali España.

B) Efectos de la subrogación empresarial:

El resultado del proceso de fusión por absorción que se va a llevar a cabo entre las dos Compañías del Grupo implicadas, será la desaparición de la personalidad jurídica de Banco Vitalicio y su integración en su conjunto y en bloque una nueva estructura mercantil Generali España, lo que implicará la aplicación de los efectos jurídicos de la subrogación empresarial entre ambas Compañías.

En el actual momento de incertidumbre económica del país, y ante el anuncio de profundas reformas en el ámbito social y laboral, aconsejan dotar de estabilidad al marco normativo laboral, y en su consecuencia acuerdan:

1. Prorrogar la vigencia del Convenio Colectivo aplicable hasta el 31 de diciembre de 2011.

2. Vincular el tratamiento de la materia económica (revisión salarial), a lo establecido, o que, en su caso, establezca el Convenio Colectivo General del Sector de Seguros.

3. Que con una antelación de al menos tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de finalización de la prórroga acordada, mantener una reunión con el fin de valorar, adecuar, y en su caso, acordar la posible extensión temporal de la citada prórroga.

4. Facultar y encomendar, a doña Nuria Vila Camino, para la realización de las gestiones necesarias para la presentación, registro y restantes requisitos de formalización para la publicación del presente Acuerdo.

El presente Acuerdo lo suscriben: las representaciones de las Empresas, CC.OO. y UGT.

La representación de CGT manifiesta que se reserva su decisión al respecto.

Y en prueba de su conformidad, se levanta el presente Acta que se firma por las personas relacionadas en el encabezamiento.–Por la representación empresarial, por COMFIA-CC.OO.–Por U.G.T.–Por C.G.T.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/06/2010
  • Fecha de publicación: 12/07/2010
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 27 de marzo de 2007 (Ref. BOE-A-2007-7553).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Entidades aseguradoras
  • Seguros

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