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Documento BOE-A-2010-12628

Corrección de errores de la Circular 4/2010, de 30 de julio, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre agentes de las entidades de crédito y acuerdos celbrados para la prestación habitual de servicios financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 6 de agosto de 2010, páginas 68636 a 68636 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2010-12628
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/2010/07/30/4/corrigendum/20100806

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Circular 4/2010, de 30 de julio, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre agentes de las entidades de crédito y acuerdos celebrados para la prestación habitual de servicios financieros, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 188, de 4 de agosto de 2010, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 67902, Norma final. Entrada en vigor, donde dice: «La presente Circular, sin perjuicio de lo establecido en su norma transitoria, entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”», debe decir: «La presente Circular entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 06/08/2010
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Circular 4/2010, de 30 de julio (Ref. BOE-A-2010-12488).
Materias
  • Banco de España
  • Entidades de crédito
  • Extranjeros
  • Formularios administrativos
  • Información

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