Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración de Justicia, por lo que se debe proceder a su aprobación, todo ello a efectos de dar cumplimiento a la previsto en los artículos 521, 522 y 523 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 100 y 101 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
La ordenación del personal y su integración en las distintas unidades que conforman la estructura de las Oficinas Judiciales, tal y como se establece en el artículo 521 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que, en todo caso, serán públicas.
Por ello, se hace preciso adaptar la actual plantilla orgánica de puestos de trabajo a las previsiones contenidas en la referida Ley Orgánica a través de las Relaciones de Puestos de Trabajo con las especificaciones contenidas en el artículo 521 de la referida Ley.
Esta Orden Ministerial ha sido informada por el Consejo General del Poder Judicial y negociada con las organizaciones sindicales más representativas y oído el Consejo del Secretariado.
En su virtud dispongo:
Madrid, 30 de julio de 2010.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre), el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.
Localidad: Éibar
Centro de destino: Servicio Común Procesal General y de Ejecución
Cód. | Denominación del puesto | Dotación | Compl. General puesto | Compl. Específico | Tipo de puesto | Cuerpo | Grupo Secretarios | Forma de provisión | Admón. de procedencia | Requisitos | Méritos a valorar | Obs. |
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2015 | Director (*) | 1 | 13.036,92 | 12.405,24 | S | Secretarios | G2 | Libre designación | Admón. de Justicia |
* Denominación equivalente a Secretario Judicial Director del Servicio Común Procesal Único, de acuerdo al R.D. 2033/2009, de 30 de diciembre.
CENTRO GESTOR: SECRETARÍA GENERAL DE MODERNIZACIÓN Y RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Comunidad Autónoma: País Vasco
Localidad: Éibar
Centro de destino: UPAD Órganos Unipersonales
Cód. | Denominación del puesto | Dotación |
Compl. General puesto |
Compl. Especifico | Tipo de puesto | Cuerpo |
Grupo Secretarios |
Forma de provisión | Admón. de procedencia | Requisitos | Méritos a valorar | Obs. |
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2238 | Secretario/a Judicial UPAD social compatibiliza con SCPGE (*) | 1 | 13.036,92 | 13.226,04 | S | Secretarios | G2 | Conc. específico | Admón. de Justicia | 124 | ||
593 | ||||||||||||
594 | ||||||||||||
595 | ||||||||||||
2421 | Secretario/a Judicial UPAD Prim. Inst. e Instrucción | 1 | 9.427,20 | 9.833,40 | G | Secretarios | G3 | Conc. traslado | Admón. de Justicia | GU | ||
2421 | Secretario/a Judicial UPAD Prim. Inst. e Instrucción | 1 | 9.427,20 | 9.833,40 | G | Secretarios | G3 | Conc. traslado | Admón. de Justicia | GU |
* Denominación equivalente a Secretario Judicial con funciones compartidas con el SCG y SCE, de acuerdo con el R.D. 2033/2009, de 30 de diciembre.
121 Orden Jurisdiccional Civil (Mercantil y Familia).
122 Orden Jurisdiccional Penal (Menores, VP, Violencia).
123 Orden Jurisdiccional Contencioso.
124 Orden Jurisdiccional Social.
592 Experiencia en Dirección de Grupos de trabajo.
593 Amplia experiencia en Gestión de aplicaciones informáticas judiciales.
594 Experiencia en ejecución civil.
595 Experiencia en ejecución penal.
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