Mediante la Orden CIN/2502/2010 de 17 de septiembre se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», se establecen sus bases y se realiza la convocatoria correspondiente al año 2010. La finalidad de la creación de la citada distinción es la de hacer posible el reconocimiento de los ayuntamientos que han apostado de una manera decidida por inversiones en infraestructuras apoyando la sostenibilidad económica y mejora de nuestro patrón de crecimiento basado en el conocimiento y la innovación.
La singularidad de este tipo de premios, que es la primera vez que se convocan, ha puesto de manifiesto que para ese tipo de acciones, los solicitantes precisan de un plazo mayor para poder aportar la documentación requerida en la Convocatoria y en consecuencia para cumplimentar las solicitudes adecuadamente.
Por ello y teniendo en cuenta el interés que esta distinción ha suscitado entre los posibles destinatarios de la misma, se estima procedente ampliar el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, se modifican los artículos 6 y 10 de la orden y se añade una nueva disposición adicional con el objeto de aclarar el régimen de convocatoria de la concesión de la distinción.
En su virtud, dispongo:
Se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Convocatoria para el año 2010 de la concesión de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», hasta el día 15 de noviembre del año 2010.
La Orden CIN/2502/2010 de 17 de septiembre por la que se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» se establecen sus bases y se realiza la convocatoria correspondiente al año 2010 se modifica en los siguientes términos:
Uno. El artículo 6 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 6. Órganos competentes en el procedimiento de concesión de la distinción “Ciudad de la Ciencia y la Innovación”.
1. La Secretaría General de Innovación será el órgano competente para efectuar la Convocatoria de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación».
2. La Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial será el órgano competente para la gestión de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación».
3. La Dirección General será el órgano encargado del estudio y revisión de la documentación recibida, y emitirá un informe al jurado por cada candidatura, ajustándose a los criterios de evaluación que figuren en cada convocatoria.
4. Existirá un jurado único para todas las categorías de la distinción, formado por cinco miembros, entre personas de reconocido prestigio, pertenecientes a los ámbitos municipal, de la innovación y de la ciencia, designados por el Secretario General de Innovación, a propuesta de la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial.
5. El jurado elevará al Secretario General de Innovación su propuesta de concesión de las distinciones por cada categoría y en el número que se considere oportuno.
6. El Secretario General de Innovación será el órgano competente para resolver la concesión de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación.»
Dos. El artículo 10 queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 10. Convocatoria de la concesión de la distinción “Ciudad de la Ciencia y la Innovación” para el año 2010.
Se convoca el procedimiento de concesión de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación 2010», que se realizará conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia competitiva, igualdad y no discriminación.»
Tres. Se añade una nueva disposición adicional, con el siguiente contenido:
«Disposición adicional única. Convocatoria del procedimiento de concesión de la distinción “Ciudad de la Ciencia y la Innovación” para el año 2010.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6.1, la convocatoria del procedimiento de concesión de la distinción “Ciudad de la Ciencia y la Innovación” para el año 2010, se realiza por la Ministra de Ciencia e Innovación mediante la aprobación de la presente orden.»
Madrid, 29 de octubre de 2010.–La Ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal.
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