Orden FOM/_/2010, de 5 de marzo, por la que se actualiza la relación de ficheros de datos de carácter personal del Ministerio de Fomento (Autoridad Portuaria de Alicante).
El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
Este mismo requisito venía ya impuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, que fue derogada por la citada Ley Orgánica 15/1999. De acuerdo con lo preceptuado en el mencionado artículo 18 se aprobó la Orden del Ministerio de Fomento de 4 de octubre de 1999, al objeto de actualizar la relación de ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Fomento.
Con posterioridad a la orden que se acaba de mencionar, se aprobaron varias órdenes en las que se introdujeron modificaciones en la relación de ficheros del Departamento, entre ellas la Orden FOM/753/2008, de 28 de febrero, por la que se actualizó la relación de ficheros de carácter personal de la Autoridad Portuaria de Alicante. Mediante la orden que ahora se aprueba, se actualiza de nuevo la relación de ficheros del Ministerio de Fomento, al objeto de modificar diez ficheros, de los que es responsable la Autoridad Portuaria de Alicante.
Es de señalar que esta orden ha sido informada, durante su tramitación, por la Agencia Española de Protección de Datos.
En su virtud, dispongo:
Primero. Modificación de ficheros.–En el Anexo de esta Orden, se relacionan los ficheros de modificación que, correspondientes a la Autoridad Portuaria de Alicante, se han de incorporar al conjunto de ficheros de datos de carácter personal del Ministerio de Fomento.
Constan, respecto de cada fichero, el órgano responsable y servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; el nombre del fichero; la finalidad de usos; las personas o colectivos de los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos; el procedimiento de recogida de los datos; la estructura básica del fichero; las cesiones previstas de dichos datos, en su caso; y las medidas de seguridad de los ficheros.
Las medidas de seguridad que aparecen en el apartado correspondiente son las que resultan de aplicación conforme a lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Segundo. Entrada en vigor.–Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de marzo de 2010.–El Ministro de Fomento, José Blanco López.
Órgano responsable: Autoridad Portuaria de Alicante
Servicio para el Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación y Cancelación: Secretaría General de la Autoridad Portuaria
Muelle del poniente n.º 11, 03001 - Alicante
NR | NOMBRE | FINALIDAD / USOS | PERSONAL / COLECTIVOS AFECTADOS | PROCEDIMIENTO RECOGIDA | ESTRUCTURA BÁSICA | CESIONES DE DATOS PERSONALES PREVISTAS | MEDIDAS DE SEGURIDAD |
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1 | REGISTRO DE ENTRADA / SALIDA | CONTROL DE LA ENTRADA Y SALIDA DE DOCUMENTOS A Y DESDE LA AUTORIDAD PORTUARIA (REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA DE DOCUMENTOS). | INTERESADOS QUE ENTREGAN / RECIBEN DOCUMENTOS A/DE LA AUTORIDAD PORTUARIA. | RECEPCIÓN EN EL REGISTRO DE ENTRADA DIRECTAMENTE DEL INTERESADO O SU REPRESENTANTE (formulario o cupones, entrega de documentación acreditativa de identidad, entrevistas) CAUSAS LEGITIMADORAS DEL TRATAMIENTO (art. 38 de Ley 30/1992) SOPORTE PAPEL. SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO. | DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono, datos sobre el asunto/solicitud, fecha de entrada, fecha y hora de su presentación; DATOS ESPECIALMENTE PROTEGIDOS (en función del asunto sobre el que versan eventualmente pudieran recogerse, por tanto, algún dato de esta naturaleza sin que a priori pueda precisarse) DATOS DE DETALLE DE EMPLEO (puestos de trabajo; cargo y categoría profesional) SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO | ORGANISMO PÚBLICO PERTINENTE, en su caso (Art. 38 Ley 30/92) | NIVEL ALTO |
2 | PREVENCIÓN, SEGURIDAD E HIGIENE |
CONTROL DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Y EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES (PREVENCIÓN DE RIEESGOS LABORALES, GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO, HISTORIAL CLÍNICO). |
PERSONAL DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE ALICANTE. |
CAUSAS LEGITIMADORAS DEL TRATAMIENTO (Ley 31/199 de Prevención de Riesgos Laborales) FORMULARIOS O CUPONES. TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA / INTERNET. PRUEBAS MÉDICAS. SOPORTE PAPEL. SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO. |
DATOS ESPECIALMENTE PROTEGIDOS (Dato de aptitud o no para el puesto de trabajo y dato de evaluación de seguridad; los datos de salud derivados de los reconocimientos médicos solo serán conocidos por el Servicio de Vigilancia de la salud de la AP), DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nombre, apellidos, dirección, teléfono, nº SS/Mutualidad; fechas de alta y baja de los trabajadores), DE CARACTERÍSTICAS PERSONALES (datos de estado civil, datos de familia incluyendo los nombres y apellidos de los padres y descendientes, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, caraterísticas físicas o antropométricas) Y DE DETALLE DE EMPLEO (puestos de trabajo) SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO |
COMITÉ DE EMPRESA (Art. 64 Estatuto de Trabajadores), COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD (Art. 16.3 Convenio Marco y 39.2 Ley de Prevención de riesgos laborales) MUTUALIDAD ENCARGADA DEL CONTROL DE VIGILANCIA DE LA SALUD (Artículo 22.6 Ley de Prevención de riesgos laborales) |
NIVEL ALTO |
3 | PERSONAL |
MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL, ELABORACIÓN DE NÓMINAS, PAGOS DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL (GESTIÓN DE PERSONAL, GESTIÓN DE NÓMINA, CONTROL HORARIO, CONTROL DE INCOMPATIBILIADES, CONTROL DE PATRIMIONIO DE ALTOS CARGOS, GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTABLE, PROMOCIÓN Y GESTIÓN DE EMPLEO, RELACIONES LABORALES Y CONDICIONES DE TRABAJO, PLAN DE PENSIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS). |
PERSONAL LABORAL DEL SECTOR PUBLICO QUE TRABAJA EN LA AUTORIDAD PORTUARIA DE ALICANTE. | CAUSAS LEGITIMADORAS DEL TRATAMIENTO (Dato afiliación sindical: Consentimiento expreso y escrito- Datos reltivos a salud: Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y Ley 35/2006 del IRPF) EXCEPCIÓN LEGAL DEL CONSENTIMIENTO -ART 6.2 LOPD (Demás datos: relativo a las partes de una relación laboral) FORMULARIOS O CUPONES. SOPORTE PAPEL (contratos laborales y entrevistas) SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO |
DATOS ESPECIALMENTE PROTEGIDOS (salud -grado de minusvalia y alta/baja- y afiliación sindical), RELATIVOS A LA COMISIÓN DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS (infracciones administrativas, hechos, lugar, fecha, precepto legal infirngido, infracción y sanción), DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nº SS/Mutualidad, nombre, apellidos, dirección y teléfono, firma/huella), DE CARACTERÍSTICAS PERSONALES (datos de estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad), ACADÉMICOS Y PROFESIONALES (formación, titulaciones, experiencia profesional), DE DETALLE DE EMPLEO (cuerpo/escala, categoría/grado, puestos de trabajo; datos de entrada/salida de las instalaciones) Y ECONÓMICO-FINANCIEROS Y DE SEGUROS (datos bancarios, datos económicos de nómina, planes de pensiones, subsidios, otras prestaciones económicas). SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO |
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AEAT (Art. 93.1 Ley 58/2003), INSS y TGSS (Art. 13.2 y 36.5 RDLeg 1/1994, de 20 de junio Ley General de la SS), INEM (Ley 56/2003 y Estatuto de Trabajadores), MINISTERIO DE FOMENTO y PUERTOS DEL ESTADO (art. 53 de Ley 48/2003), IGAE y TRIBUNAL DE CUENTAS (Art. 44.2 de Ley 48/2003), MUTUA ENCARGADA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (Ley 31/1995), ÓRGANOS DE REPRESENTACION Y/O ORGANIZACIONES SINDICALES (art.11.LO 15/1999), ENTIDADES FINANCIERAS (para la gestión de pago Art. 11.2 LOPD), META 4 EXCLUIDOS DE CESIÓN LOS DATOS ESPECIALMENTE PROTEGIDOS |
NIVEL ALTO |
4 | CARGOS | GESTIÓN DEL CONSEJO DE NAVEGACIÓN Y PUERTO, CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA AUTORIDADES RELACIONADAS Y SUS CARGOS (REGISTROS ADMINISTRATIVOS) | AUTORIDADES Y CARGOS DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE ALICANTE. |
RECOGIDA DIRECTAMENTE DEL INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL. EXCEPCIÓN LEGAL DEL CONSENTIMIENTO (ART. 6.2 LOPD-existencia de una relación jurídica) FORMULARIOS O CUPONES. ENTREVISTAS. SOPORTE PAPEL. SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO. |
DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (nombre, apellidos, dirección, teléfono) Y DE DETALLE DE EMPLEO (cuerpo/escala, categoría/grado, puesto de trabajo) DATOS ECONÓMICO-FINANCIEROS Y DE SEGUROS (datos bancarios, dietas) SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO | ENTE PÚBLICO PUERTOS DEL ESTADO (Art. 36 y D.A. 15ª Ley 48/2003), IGAE (Art. 44 Ley 48/2003), TRIBUNAL DE CUENTAS (Art. 44 Ley 48/2003), ENTIDADES FINANCIERAS (art. 11.2.c) LO 15/1999) | NIVEL BÁSICO |
5 | USUARIOS Y PROVEEDORES | GESTIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO Y GESTIÓN DE USUARIOS (CONSIGNATARIOS, TRANSITARIOS, AGENTES DE ADUANAS, ESTIBADORES Y TRANSPORTISTAS) Y PROVEEDORES QUE MANTIENEN RELACIONES COMERCIALES CON LA AUTORIDAD PORTUARIA (GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTABLE, GESTIÓN DE FACTURACIÓN, GESTIÓN FISCAL, RELACIONES COMERCIALES CON EL EXTERIOR, GESTIÓN DE ESTADÍSTICAS INTERNAS). AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS Y TARIFAS. | USUARIOS (CONSIGNATARIOS, TRANSITARIOS, AGENTES DE ADUANAS, ESTIBADORES Y TRANSPORTISTAS) Y PROVEEDORES QUE MANTIENEN RELACIONES COMERCIALES CON LA AUTORIDAD PORTUARIA. | DIRECTAMENTE DE LOS INTERESADOS (mediante presupuestos, albaranes, contratos y facturas) EXCEPCIÓN LEGAL DEL CONSENTIMIENTO- ART. 6.2 LOPD (partes de una relación negocial) FORMULARIOS (INTERNET) O CUPONES. SOPORTE PAPEL. SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO. | DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nombre, apellidos, dirección, teléfono), DE CIRCUNSTANCIAS SOCIALES (licencias, permisos y autorizaciones), DE DETALLE DE EMPLEO (puestos de trabajo), DE INFORMACIÓN COMERCIAL (actividades y negocios), ECONÓMICO-FINANCIEROS Y DE SEGUROS (datos bancarios, datos deducciones impositivas/impuestos), DE TRANSACCIONES (bienes y servicios suministrados/recibidos por el afectado, transacciones financieras). SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO | ADMINISTRACIONES PÚBLICAS [AEAT (Art. 93.1 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), IGAE y TRIBUNAL DE CUENTAS(Art. 44 de la Ley 48/2003) y ENTE PÚBLICO PUERTOS DEL ESTADO ( Ley 62/1997)] y ENTIDADES FINANCIERAS (art. 11.2.c) LO 15/1999) | NIVEL BÁSICO |
6 | PASES Y ACREDITACIONES | CONTROL DE LOS ACCESOS AL RECINTO PORTUARIO (SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESOS A LA ZONA EXTERIOR) | PERSONAS QUE ACCEDAN AL RECINTO PORTUARIO. |
RECOGIDA DEL INTERESADO (cumplimentación de formularios de autorización temporal o directamente en los controles de entrada y salida del recinto portuario; en el caso de las imágenes: utilización de camaras) CUMPLIMIENTO DEBER INFORMACIÓN (distintivo informativo y puesta a disposición de impresos con clausula informativa en los términos art.5 LOPD) CAUSAS LEGITIMADORAS DEL TRATAMIENTO (Relación generada entre la AP y el afectado que accede al recinto portuario) [Aplicación de las Instrucciones 1/1996 y 1/2006 de la AEPD] |
DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nombre, apellidos, dirección, imagen) Y DE DETALLE DE EMPLEO (puesto de trabajo; empresa a la que pretenece), DATOS DE CIRCUNSTANCIAS SOCIALES propiedades/posesiones (vehículo y su matrícula). SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO |
FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD Art. 22 LOPD 15/1999 y Art. 1 y 4 LO 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad), JUZGADOS Y TRIBUNALES (Art. 11.2.d de la LOPD), y, en su caso, ABOGACÍA DEL ESTADO (Art. 24 y 35 Ley 27/1992 y RD 685/1993, sobre asistencia jurídica a los entes públicos, Puertos del Estado y Autoridades Portuarias) |
NIVEL BÁSICO |
7 | MULTAS | APLICACIÓN DEL RÉGIMEN SANCIONADOR Y A ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO (GESTIÓN SANCIONADORA). | PERSONAS FÍSICAS INCLUIDAS EN LOS EXPEDIENTES SANCIONADORES EN MATERIA DE RÉGIMEN DE CONCESIONES Y AUTORIZACIONES DE LA AUTORIDAD PORTUARIA (usuario incumplidores y terceros no afectados directametente pero incluidos en expedientes) | RECOGIDA DEL AFECTADO (datos facilitados en la solicitud de concesión o autorización) CAUSAS LEGITIMADORAS DEL TRATAMIENTO (los datos se recogen para el ejercicio de las funciones propias de la Autoridad Portuaria en esta materia por la Ley 48/2003) FORMULARIOS O CUPONES. TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS / INTERNET. SOPORTE PAPEL. SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO. VÍA TELEMÁTICA. | DATOS RELATIVOS A LA COMISIÓN DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS (infracciones administrativas, hechos, lugar, fecha, precepto legal infringido, infracción cometida), DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nombre, apellidos, dirección, teléfono), DE CIRCUNSTANCIAS SOCIALES (licencias. permisos y autorizaciones), DE DETALLES DE EMPLEO (puesto de trabajo), DE INFORMACIÓN COMERCIAL (actividades y negocios, licencias comerciales), DATOS ECONÓMICO-FINANCIEROS Y DE SEGUROS (datos bancarios). SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO | ADMINISTRACIONES PÚBLICAS [ENTE PÚBLICO PUERTOS DEL ESTADO (Ley 62/1997), ÓRGANOS JURISDICCIONALES (Art. 17 LO 6/1985), CONSEJO DE ESTADO (Art. 22 de Ley 3/1980 de Consejo de Estado), ABOGACÍA DEL ESTADO (RD 685/1993, sobre asistencia jurídica a los entes públicos, Puertos del Estado y Autoridades Portuarias), IGAE y TRIBUNAL DE CUENTAS (Art. 44.2 de Ley 48/2003), AEAT-DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS (Dirección general de cobro en vía ejecutiva)] | NIVEL MEDIO |
8 | MARKETING Y RELACIONES INSTITUCIONALES | FICHERO DESTINADO AL MANTENIMIENTO DE RELACIONES PÚBLICAS Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACÓN. | PERSONAS CON RELACIÓN CON LA AUTORIDAD PORTUARIA Y ALTOS CARGOS. | CONSENTIMIENTO EXPRESO DEL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL. (posible uso de los datos con fines publicitarios) SOPORTE PAPEL (tarjetas de visita) SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO. | DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nombre, apellidos, dirección, teléfono), DATOS DE DETALLE DE EMPLEO (puesto de trabajo), DATOS DE INFORMACIÓN COMERCIAL (actividades y negocios). SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO | MEDIOS DE COMUNICACIÓN (consentimientos del interesado) | NIVEL BÁSICO |
9 | AGENDAS PROFESIONALES |
MANTENIMIENTO DE RELACIONES PROFESIONALES DEL PRESIDENTE Y CARGOS DE LA AUTORIDAD PORTUARIA. |
PERSONAS CON RELACIÓN CON LA AUTORIDAD PORTUARIA Y ALTOS CARGOS. |
RECOGIDA DEL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL. EXCEPCIÓN LEGAL DEL CONSENTIMIENTO art.6.2 LOPD (relativo a las partes con vinculación jurídica previa negocial o administrativa) FORMULARIOS O CUPONES. SOPORTE PAPEL. SOPORTE INFORMÁTICO / MAGNÉTICO. |
DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (nombre, apellidos, dirección, teléfono), DATOS DE DETALLE DE EMPLEO (puesto de trabajo, grupo y categoría profesional, empresa a la que pertenece). SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO |
NO SE PREVÉN CESIONES A TERCEROS | NIVEL BÁSICO |
10 | CONTROL DE ACCESOS | CONTROL DEL ACCESO A LAS INSTALACIONES DE LA AUTORIDAD PORTUARIA (SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO AL EDIFICIO DE LA AUTORIDAD PORTUARIA) | PERSONAS FÍSICAS QUE ACCEDEN AL EDIFICIO DE LA AUTORIDAD PORTUARIA. |
RECOGIDA DEL INTERESADO (cumplimentación de formularios de autorización temporal o directamente en los controles de entrada y salida del recinto portuario; en el caso de las imágenes: utilización de camaras) CUMPLIMIENTO DEBER INFORMACIÓN (distintivo informativo y puesta a disposición de impresos con clausula informativa en los términos art.5 LOPD) CAUSAS LEGITIMADORAS DEL TRATAMIENTO (Relación generada entre la AP y el afectado que acede al edificio de la Autoridad Portuaria) [Aplicación de las Instrucciones 1/1996 y 1/2006 de la AEPD] |
DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO (DNI/NIF, nombre, apellidos, dirección, imagen) Y DE DETALLE DE EMPLEO (puesto de trabajo; empresa a la que pretenece), DATOS DE CIRCUNSTANCIAS SOCIALES propiedades/posesiones (vehículo y su matrícula). SISTEMA DE TRATAMIENTO: MIXTO |
FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD Art. 22 LOPD 15/1999 y Art. 1 y 4 LO 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad), JUZGADOS Y TRIBUNALES (Art. 11.2.d de la LOPD), y, en su caso, ABOGACÍA DEL ESTADO (Art. 24 y 35 Ley 27/1992 y RD 685/1993, sobre asistencia jurídica a los entes públicos, Puertos del Estado y Autoridades Portuarias) |
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