El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2977-2010, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 1, 2 y 3, apartado 2, de la disposición derogatoria, y el párrafo segundo de la disposición final segunda de la Ley 2/2010, de 31 de marzo, de la Generalitat, de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –9 de abril de 2010– para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 14 de abril de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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