La Resolución de 24 de marzo de 2010, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, incluye en su anexo II a la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como órgano responsable del Fichero y ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Como quiera que dicho órgano administrativo no se encuentra integrado dentro de la estructura organizativa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, resulta lógico, desde la perspectiva de ofrecer al ciudadano unos servicios más accesibles, que sea la propia Secretaría General de esta Agencia Estatal quien asuma la responsabilidad y cualidad citadas.
En su virtud, dispongo:
Se modifica el anexo II de Resolución de 24 de marzo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, quedando atribuida a la Secretaría General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas la cualidad de órgano administrativo responsable del Fichero y ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de mayo de 2010.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rafael Rodrigo Montero.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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