El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 9 de junio actual, en el recurso de inconstitucionalidad número 8912-2010, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión de los artículos 1 a 30, 43 y 45 de la Ley de Cataluña 4/2010, de 17 de marzo, de consultas populares por vía de referéndum, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 46, de 23 de febrero de 2011.
Madrid, 9 de junio de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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