Los ficheros de datos de carácter personal del Ministerio de Economía y Hacienda se encuentran en la actualidad regulados en la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo.
Esta orden ha sido objeto de modificación mediante la Orden EHA/1291/2011, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo, con el objeto de crear varios ficheros nuevos, incorporándolos al anexo I de la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, introducir modificaciones en varios de los existentes y suprimir un fichero.
De acuerdo con lo anterior, la presente orden tiene por objeto modificar nuevamente la citada Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, con la finalidad de crear varios nuevos ficheros como consecuencia de nuevas necesidades surgidas en el desarrollo de las funciones propias del departamento, modificar aspectos concretos de algunos de los ficheros existentes, y suprimir, por diversas razones, algunos de ellos.
En cuanto a los ficheros de nueva creación, se crean ficheros de la responsabilidad de la Dirección General del Catastro, de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), del Instituto Nacional de Estadística (INE), de la Secretaría General Técnica y del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
Por lo que se refiere a los ficheros que se modifican, en el fichero «SOROLLA/DocuConta DGCPyPP», de la responsabilidad de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, el nivel de seguridad pasa de «medio» a «básico», con el objeto de adecuarlo a lo previsto en el artículo 81 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y en el fichero «Ariel», también de la responsabilidad del citado centro directivo, se modifican determinados datos del apartado «Estructura básica».
También se modifica el «Fichero de videovigilancia IGAE» ampliando su finalidad y usos a todos los locales de la Intervención General de la Administración del Estado.
En cuanto a la supresión de ficheros, se procede en primer lugar a la supresión del fichero «Habilitados» de la responsabilidad de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, pues se trata de un fichero secundario cuyos datos son parte del fichero «ISLA», también de la responsabilidad de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
Por otra parte, el pasado 16 de marzo de 2011 se procedió a la constitución de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A.U., de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuadragésima de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011, lo que ha supuesto la extinción de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado.
La extinción de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado hace necesario suprimir los ficheros que figuran en el anexo I de la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, como ficheros de la responsabilidad de esta entidad pública empresarial.
La presente orden ha sido sometida al previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos y se dicta al amparo del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En su virtud, dispongo:
1. Se crean los siguientes ficheros de datos de carácter personal, que se incorporan al anexo I de la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo, de acuerdo con la descripción incluida en el anexo A de la presente orden:
a) Fichero de Usuarios del Servicio de Descarga Masiva de Información Catastral. Responsabilidad: Dirección General del Catastro.
b) SOROLLA2. Responsabilidad: Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).
c) RAYOnet IGAE. Responsabilidad: Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).
d) Control horario IGAE. Responsabilidad: Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).
e) FIVIGE. Responsable: Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
f) Informes de Clases Pasivas. Responsable: Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
g) Fichero de videovigilancia Delegación Provincial del INE en Segovia. Responsable: Instituto Nacional de Estadística (INE).
h) Fichero de videovigilancia Delegación Provincial del INE en Álava. Responsable: Instituto Nacional de Estadística (INE).
i) Fichero de Usuarios Registrados en el sitio web «The Spanish Economy». Responsabilidad: Secretaría General Técnica.
j) Fichero automatizado de control horario (EVALOS). Responsabilidad: Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
k) Fichero de consultas contables. Responsabilidad: Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
2. Se modifican los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el anexo I de la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, que figuran en el anexo B de la presente orden, en los términos que se recogen en este último.
3. Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el anexo I de la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, que se relacionan en el anexo C de la presente orden. El destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.3 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, serán los que se establecen para cada uno de ellos en el anexo C.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de octubre de 2011.–La Vicepresidenta del Gobierno de Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado Méndez.
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